La Justicia no podrá agravar penas a los policías condenados por sedición


El defensor oficial Alejando Giorgio resaltó que tras el fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal, la Justicia no podrá agravar las condenas que recibieron los 17 policías involucrados en la causa por sedición · Giorgio mencionó que estaba “muy confiado” en que la resolución del máximo órganos judicial tendría esas características

Tras el fallo del STJ que anuló el agravamiento de condenas a los policías sediciosos, Giorgio mencionó: “Ahora la Sala Penal ordenó el reenvío de las actuaciones a Casación Penal, para que este tribunal, con una nueva conformación (distinta de la original, integrada por los jueces Hugo Perotti; Marcela Davite y Alejandro Grippo) ) vuelva a tratar el recurso que los abogados defensores de los policías interpusieron ante la sentencia de primera instancia”, donde se condenó a los policías por sedición agravada por su condición de funcionarios públicos.

En esta nueva instancia, Casación Penal sólo podrá tratar los recursos presentados por las defensas “no los que había interpuesto la Fiscalía”, sentenció. Esto implica que en la segunda instancia se podrá ratificar el fallo condenatorio, anularlo o sobreseer a los imputados, pero “nunca agravar su situación, porque la Fiscalía quedó sin ningún tipo de recurso”, detalló.

“Estábamos muy confiados de que esto iba a salir así”, aseveró.

“El fallo, con los votos de Daniel Carubia y Miguel Giorgio, no hace sino ratificar la jurisprudencia que ellos mismos tenían. Incluso habían anulado sentencias anteriores de la misma sala de Casación Penal, en los fallos “Favre” y “Coronel”. Esto fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que avaló lo actuado en este sentido por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia”.

El fallo de la Sala Penal consideró que fue “mal admitida” por Casación Penal  la apelación presentada por la Fiscalía contra las condenas, en orden a que las penas impuestas en primera instancia superaban la mitad de lo requerido por la acusación.
APF

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