ATER ofrece alternativas de pago para contribuyentes del Impuesto Inmobiliario


Serán para los contribuyentes del impuesto imobiliario de Paraná, cuyas partidas fueron readecuadas tras el cruce de datos con el municipio o que declararon sus mejoras voluntariamente en 2018. El plazo fijado para suscribir el beneficio será hasta el vencimiento de la cuota corriente.

En el marco del programa M2 de detección e incorporación de mejoras constructivas no declaradas, y tras los cruces de datos catastrales realizados con el municipio de Paraná que culminó con la liquidación de 3600 partidas readecuadas, desde la Administradora Tributaria informaron el otorgamiento de alternativas de pago para el tercer anticipo del impuesto inmobiliario que incluye las mejoras edilicias ya declaradas voluntariamente ante el municipio.

El Director de Interior, Fabiàn Galeano, detalló que "entendiendo que la liquidacion corriente afecta la economía de los contribuyentes alcanzados, abrimos un esquema alternativo de cumplimiento sin que ello implique disminuir o condonar las sanciones de rigor", dijo.

Asimismo, expresó que "a pesar de la readecuación practicada, hemos recibido buena voluntad de allanarse al pago ya que se trata de contribuyente que no tenian declaradas sus construcciones" concluyó

La medida, otorgará la alternativa de pago a los contribuyentes del impuesto inmobiliario urbano, alcanzados por los cruces de datos con el municipio de Paraná, tanto como a los contribuyentes que durante 2018 declararon voluntariamente sus mejoras según Ley 10591 y recibieron las readecuaciones anuales (correspondientes a los periodos 1 y 2 de 2018) y/o anteriores en el tercer anticipo con vencimiento en el mes en curso.

Esquemas de facilidades
Según lo expresado desde la administradora, la Resol 258/18 de ATER prevé alternativas de cancelación en cuotas de acuerdo con los esquemas de calificación y conducta tributaria vigentes para el otorgamiento de facilidades regulares.

Para suscribir, los contribuyentes podrán acercarse a las oficinas de atención de ATER hasta la fecha de vencimiento del anticipo o previendo un turno de atención vía web atento al calendario de vencimientos corriente de cada contribuyente.

Para mayor información invitan a comunicarse con la línea a línea de atención 0810-888-2837 (ATER) en horario de 8:00 a 13:00

No hay comentarios.

Con tecnología de Blogger.