Confirmaron las prisiones preventivas para Juan Pablo Aguilera, Alejandro Almada y Sergio Cardoso
La titular del Tribunal de Juicios y Apelaciones, Carolina
Castagno, rechazó el recurso presentado por los abogados defensores y de ese
modo confirmó las prisiones preventivas para Juan Pablo Aguilera, Alejandro
Almada y Sergio Cardoso. "Entiendo que, en coincidencia con la jueza de
Garantías, el impedimento es el peligro de obstaculización de la investigación
y que la magistrada, al contrario de lo que entiende la defensa, lo ha argumentado
de manera correcta y consideró que el único medio es la privación de la
libertad. En el caso de Cardoso, si se considero la prisión domiciliaria
tomando en cuenta los propios datos de la realidad", aseguró Castagno en
sus argumentos de rechazo a la apelación presentada por Marcos Rodríguez
Allende, Miguel Cullen y Guillermo Vartoreli.
La magistrada agregó: "Luego de haber cotejado los
agravios cotejados realizados por los recurrentes, entiendo que no le asiste
razón a los apelantes porque no se visualiza los argumentos. No veo
contradicción, no advierto que sea infundada, no advierto que responda a un
voluntarismo, que se haya equivocado o que haya sido permeable a la opinión
pública". Destacó que la norma prevé que haya "posibilidad de
entorpecimiento de la investigación" y no una prueba de que se haya
entorpecido.
La Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones, Carolina
Castagno, decidió no hacer lugar al recurso de apelación presentado por las
defensas y confirmó la prisión preventiva para Juan Pablo Aguilera, Alejandro
Almada y Sergio Cardoso -este último bajo arresto domiciliario- por el plazo de
90 días. Cabe recordar que Almada está bajo prisión domiciliaria por el plazo
de diez días, luego de que en las últimas horas haya sido padre y se le permita
estar cerca de su familia durante los primeros días de vida. Después de
cumplirse este plazo, Almada deberá ir a la Unidad Penal Nº 1 donde está su
cuñado Juan Pablo Alguilera, a la vez cuñado del ex gobernador y actual
presidente de la Cámara de Diputados Sergio Urribarri.
La jueza comenzó relatando los argumentos vertidos por la
defensa: "Básicamente la critica que se realiza a la sentencia de (Marina)
Barbagelata es que la misma no ha sido consecuente con el principio de libertad
durante el proceso que invoca al comienzo del relato de sus fundamentos. Puesto
que en definitiva en el resultado final no se condice con lo expresado. Dicen
que la sentencia es infundada, que responde a un mero voluntarismo de la
magistrada. Diciendo que se equivocó con la presunción de culpabilidad que se
ha instalado en la sociedad. Que era una decisión infundada, dijeron. Que la
jueza no ha acreditado la verosimilitud en el hecho que se le imputa a sus
defendidos y que por eso se basa en meras conjeturas".
"En esa senda, a la hora de analizar si la magistrada
ha sido arbitraria con una resolución infundada, validada en meras conjeturas,
en una decisión que implica la libertad de tres personas, entiendo que no se
desconoce que la regla durante el proceso es la libertad y que la prisión
preventiva constituye su excepción. Es algo básico que está incluido en la
Constitución Nacional y los tratados internacionales. También debe destacarse
que más allá de este principio innegable, también pasa que siempre se invoca en
principio de inocencia como único fundamento por el cual no se puede aplicar la
prisión preventiva, algo que también está reconocido por la Constitución y los
tratados internacionales que así lo admiten. En este contexto es que comienzan
a cobrar relevancia los datos que podemos revelar para ver si se justifica la
prisión preventiva", explicó Castagno.
La Vocal citó una guía realizada por una comisión
especializada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya que el
abogado defensor Miguel Cullen la había invocado en sus alegatos de apelación:
"Hay dos aspectos de la guía de comisión: Tiene que ser justificada la
medida de prisión preventiva, teniendo como justificativos la presunción de
culpabilidad, el peligro de fuga, el riesgo de comisión de nuevos delitos,
necesidad de investigar, los riesgos de presión a testigos y la preservación de
orden público; y un segundo ítem del informe hace referencia a que si existe
esta justificación primera, hay que justificar que la investigación se esté
realizando de manera diligente. Siguiendo esta línea y los parámetros que
establece la comisión, es que me aboque a analizar en detalle la resolución que
adoptó la jueza de Garantías, escuchando previamente las intervenciones de las
partes. Para analizar si se ajusta, si la resolución se justificó en algunos de
esos requisitos y si fue una investigación diligente".
"Adelanto que entiendo que la valoración que realizó la
magistrada ha sido inobjetable. No fue infundado, antojadizo o mero
voluntarismo como lo insinúa la defensa, como una especie de falta de
parcialidad influenciable por la sociedad o un poder. A poco que uno analiza la
resolución, lejos esta de hablar de un mero voluntarismo, de conjetura o que no
haya hecho un análisis a conciencia de las pruebas que aporto la fiscalía para
hacer un pedido de esta naturaleza. No hay que soslayar cual es la gravedad de
este hecho, dijo Barbagelata. Es una asociación ilícita y peculado en la cual
intervienen personas que pertenencen a la estructura misma del poder. Donde se
investiga el hecho de sustraer de una manera sistemática una trama delictiva
que lleva diez años y que esta organización esta destinada a la sustracción de
dinero perteneciente a las arcas públicas y de las cuales existen evidencias
que llegan a vincular a los imputados con esta organización", fustigó.
Castagno aseguró que Barbagelata fue "meticulosa,
imputado por imputado" al considerar su "vinculación con la organización".
Incluso, destacó que la jueza de Garantías consideró "exitosa" la
tarea de la fiscalía.
"Respecto de Cardoso fue perfilando el rol. La doctora
destacó que en su rol de director del servicio contable de la Cámara de
Diputados, pero llevando a cabo actividades que, evidentemente como dijo la
doctora, no era una conducta estereotipada propias del rol. Ella relevó, a
través de las evidencias que la llevan a la conclusión de que Cardoso tenía
pleno conocimiento que esos cheques que libraba eran para el pago de contratos
que eran fraudulentos. De personas que no hacían nada para el Estado. Con ese conocimiento
es que el gestionaba las tarjetas de cobro. Que los cheques los recibían
terceras personas, que sabía que no pertenecían a los que firmaban los
contratos. No era propio del rol del director controlar si los destinatarios de
las tarjetas iban a retirar personalmente las tarjetas al banco, que eso no era
su competencia del rol funcional de Cardoso sino de cada uno de los
contratistas".
Pidió que se analicen "en conjunto todas las evidencias
aportadas por la fiscalía" y no de manera particular.
En cuanto a Alejandro Almada, Castagno aseguró:
"Respecto de Almada destaca esta vinculación que tenía con Cardoso. Tomo
en cuenta el intercambio de mensajes con Soledad Ruso, secretaria de un
legislador que hacía mención para saber que se hacía con ciertos contratistas.
Tomo en cuenta los mensajes de Faure, destacando que no era empleado de la
Cámara de Diputados y que le enviaba una lista de quienes eran los jugadores
del reemplazo, con la necesidad de sostener la cantidad de contratistas que
mantenga los niveles del producido por la organización. La jueza destacó que
las evidencias la llevaban al convencimiento de que se invertían los roles
dentro de la organización criminal, Almada pasaba a ser superior a Cardoso. Que
hay cheques que eran librados y cobrados por Almada y que esos cheques
correspondían a diputados y senadores". Además, tomó en cuenta la
evidencia resaltada por Barbagelata y los fiscales respecto a que Almada
"era el que más recibía dinero" en un cálculo que lleva a pensar en
"el 50 por ciento" de la recaudación según los registros de los
cuadernos secuestrados en la casa de Flavia Beckman en coincidencia con las
planillas de la computadora de Bilbao (que intentaron ser borradas).
"Perfilando el rol de Almada, se lo ha posicionado en
este lugar importante en la organización delictiva. Como broche de oro o como
elemento de mayor contundencia es la circunstancia que se dio en el
procedimiento de la ruta Nº 12 en el cual se le secuestra una suma importante
de dinero que está investigado por la Justicia Federal y que en los cálculos
que hace la fiscalía pueden coincidir con datos de esta causa", agregó
Castagno.
En cuanto a Juan Pablo Aguilera, la magistrada aseguró:
"Destacó el lugar preponderante dentro de la organización delictiva,
dentro de los escalones más altos que no significa que sea el mas importante y
que era el que recibía más dinero, incluso más que Almada". Además,
puntualizó en una comunicación entre el exlegislador (Hugo) Berthet y Cardoso:
"Un legislador llama a Cardoso porque no podía molestarlo a Aguilera, que
era empleado de la Cámara, atento a que 'Juampi' tiene varios frentes, que si
le podía preguntar si hace el contrato de su pibe, de su hijo". Y que eso
mostraba "cual era la importancia de Aguilera, más allá de ser un empleado,
como podía tener incidencia en las decisiones de quien contratar".
"Relevó las planillas Excel de la PC de Bilbao donde se
lo identifica con iniciales (J.P.A.) como entrega de dinero. Tomo en
consideración el secuestro, en el marco de otra investigación, de factureros en
el domicilio de Aguilera, se relacionan con personas que no trabajan para el
Senado y que despejan las dudas de las iniciales de la planilla de Bilbao.
Además, está la nota que se le dirige al presidente de la Cámara de Diputados solicitando
la reserva de información de los contratados", explicó.
En cuanto a los riesgos procesales "destacó las
actitudes de los imputados para obstaculizar la investigación". "Toma
en cuenta la entrevista de Natalia Godoy que se expidió con falsedad negando
conocer a Almada cuando en su Facebook lo tenia de contacto, que no sabía leer
y escribir. Luego reconoció que la cuñada le había hecho el Facebook y que la
cuñada si conocía a Almada. Acá lo que no puede soslayarse que no se convocó a
la testigo para ver si miente sobre si conoce o no a Almada, sino que se la
convocó para poder determinar que ese numero de teléfono que aparecía en la
planilla como 'Ale', era de Almada ya que ella estaba como titular de dicha
línea", agregó Castagno.
"Lo que es mas grave, que valora la jueza como
entorpecimiento, es que luego de ser entrevistada en la fiscalía y de manera
previa también, se reporta con Almada. Siendo Almada quien llama para preguntar
y ella le pasa la foto con la citación y después de salir ella lo llama.
También relevó la circunstancia del llamado de la mujer de Aguilera a la mamá
dándole instrucciones de que hacer cuando se estaba desarrollando el
allanamiento, para que esconda el celular, que de los equipos viejos",
expresó.
Según Castagno, Barbagelata "fue contestando todos los
puntos de la defensa": "Destacó que ante el reclamo que esta hablando
de hechos previos en cuanto aun no estaba formulada la imputación, que esto no
necesariamente debe ser así, que deben relevarse todos estos datos para determinar
si realmente pueden existir riesgos de obstaculización". "Destacó el
testimonio de Luna con un tal Germán donde se trataba de recuperar todos los
datos de los contratados para que se pongan en contacto con ella y derivarlos a
algún abogado".
"Son innegables la posibilidad de riesgo respecto de
Almada y Aguilera. Respecto de Cardoso advierto que la magistrada tomó en
cuenta, al destacar que debe tomarse en cuenta lo que ha sido el rol dentro de
la organización. Dijo que si bien el rol funcional de Cardoso es distinto al de
Pérez, debe tomarse en consideración cual era el rol desempeñado dentro de esta
trama, considera que puede conjurar con una prisión domiciliaria. Y aquí cobra
relevancia la argumentación de la fiscalía, cuando destaca que este contexto
ilícito, esta estructura y que ello invoca la vinculación de los distintos
actores con esta organización. Esta utilización del colectivo no sólo por el
ilícito si no con un fin obstructivo que se trata de conjurar con estas medidas
cautelares que la jueza consideró oportuna. Tomando en cuenta las
características de esta organización enquistada en un poder del Estado, lo
dificultoso que es investigar estos hechos por la impunidad de todos los
actores para que no se determine la verdad de los hechos. Esto estirado en el
tiempo a lo largo de los años y que esto evidencia lo difícil que es y lo poco
visible que es, a la hora de investigar los hechos", aseguró.
La audiencia de este viernes por la mañana
Este viernes por la mañanna se desarrolló la audiencia
correspondiente a la apelación presentada por los abogados defensores que
solicitaron sea revocada la prisión preventiva por 90 días para Juan Pablo
Aguilera, Alejandro Almada y Sergio Cardoso, dispuesta por la jueza de
Garantías Marina Barbagelata. Los abogados defensores esgrimieron sus
argumentos ante Carolina Castagno y los fiscales ratificaron lo actuado por la
jueza de Garantías y solicitaron que se sostenga la prisión preventiva.
"Entendemos que esta disposición de haber ordenado la
prisión preventiva es innecesaria y dolorosa. Quiero destacar algo que ya
dijimos en la audiencia anterior pero que no fue tenido en cuenta por
Barbagelata que tiene que ver con el tiempo de duración de la IPP. Se inició
hace varios meses y pasado un tiempo prudencial se producen las preventivas de
Aguilera, Almada y Cardoso. Es una IPP que está terminando, según las propias
palabras de la fiscal Yedro quien aseguró que para finales de marzo o
principios de abril se puede elevar a juicio la causa. A esta altura, resulta
imposible y no hay argumentos objetivos mínimos de que Aguilera pueda
entorpecer el curso de la investigación", dijo Rodríguez Allende.
Cabe recordar que el Código Procesal Penal instaura dos
causales de prisión preventiva: riesgo de fuga o posible obstrucción de la
investigación.
En cuanto al paso del tiempo puntualizado por Rodríguez
Allende, Yedro respondió: "La única diferencia entre estos tres imputados
y el resto fue que los otros fueron apresados en flagrancia y recién ahora
pudimos comprobar la participación de Aguilera, Almada y Cardoso". Cabe
recordar que, por ejemplo, la fiscalía pudo determinar que uno de los celulares
que figuraban en las anotaciones de Flavia Beckman (imputada y bajo arresto
preventivo) era de Almada luego de una entrevista con quien figuraba como
titular de la línea, que reconoció que ese teléfono había sido adquirido para
el uso de Almada: "Resulta sumamente sospechoso que con el poder
adquisitivo que tenía Almada deba adquirir un celular de otra persona", analizó
Aramberri. El tiempo que transcurrió entre que los fiscales pudieron determinar
que esas anotaciones de un celular bajo el nombre de "Ale"
correspondían a Almada, es el tiempo que demoraron en probar la participación
del cuñado de Aguilera durante la IPP.
Para uno de los abogados defensores de Aguilera, el
"fuerte arraigo" del cuñado de Sergio Urribarri en Paraná es "un
punto que juega a favor" del imputado y que otro argumento es que desde el
principio de la investigación Aguilera presentó abogado defensor y siguió la
causa de cerca: "La presentación de abogado defensor hace tiempo no es un
simple acto formal, sino que es un acto procesal que tiene efectos
jurídicos", expresó Rodríguez Allende.
Calificó como "una afirmación alocada" la idea de
los fiscales de que "Aguilera sea la cabeza de esta organización
criminal". "De la investigación no surge que todos los implicados
respondan a Aguilera. Yo pregunto: ¿qué pasó con Juan Domingo Orabona que tiene
el mismo desempeño que Aguilera -según la imputación- y que no se lo llamó para
que sea imputado? Nos llama la atención de porque algunos si y otros no",
expresó el codefensor del cuñado de Urribarri.
Miguel Cullen es abogado codefensor de los tres imputados.
Tomó la palabra posterior a Rodríguez Allende -que tuvo que abandonar la
audiencia para cubrir un acto defensivo en la Justicia Federal- y aseguró:
"Estamos acostumbrados a que los fiscales y los jueces empiezan enunciando
que la prisión preventiva es una medida extrema y eso se contradice con los hechos
que argumentan el pedido de dicha medida".
Aseguró que la figura de Aguilera "para la fiscalía es
un personaje fungible en la cabeza de la organización criminal". Esto fue
respondido a posteriori por Aramberri quien negó esa afirmación: "Para la
fiscalía la figura de Aguilera no es fungible dentro de la organización".
Otra de las pruebas controvertidas para determinar las
prisiones preventivas tiene que ver con un llamado de Luciana Almada -hermana
de Alejandro y pareja de Juan Pablo Aguilera- a su madre en pleno allanamiento
a su casa, en el cual la mujer le dice a su mamá que esconda el celular para
que no sea secuestrado. Su madre hace caso y lo esconde en sus partes íntimas,
aunque esto fue detectado por los funcionarios policiales que estaban a cargo
del allanamiento.
En ese sentido, Cullen argumentó: "La madre de Almada
escondió el teléfono porque no te lo devuelven más. No fue para ocultar la
prueba. La familia Aguilera fue allanada y le secuestraron hasta las tablets de
sus hijos, la familia Aguilera no tiene siquiera sus fotos familiares. Es por
eso que lo intentó ocultar. Por suerte el celular se secuestró y al analizarlo
se supo que no tenía ningún tipo de información. Lo que falta es que se traiga
a la suegra de Aguilera acá y eso hablaría de una persecusión a la familia de
Aguilera". Yedro expresó que de ningún modo la fiscalía opera bajo una
persecución o encono personal.
En otro tramo, el abogado de los tres imputados aseguró:
"Pasaron 130 testigos y ninguno dijo que Aguilera haya intentado torcer
las testimoniales. De hecho, un dato que puede creer o no la fiscalía, pero
Aguilera conoció a (Roberto) Faure en la Unidad Penal Nº1 de Paraná porque no
se conocían". Yedro también tuvo respuesta para esto: "Toda la
organización trabajaba para Aguilera, que se llevaba el dinero recaudado a
partir de 2011. Es lógico, incluso, que no conozca a todos los integrantes de
la organización porque así estaba dispuesto. Lo que si está confirmado, es que
todos los integrantes sabían para quien recaudaban".
"Estamos ante una sentencia infundada y sólo se
responde al mero voluntarismo de a jueza", agregó Cullen.
Respecto a Almada, Cullen aseguró: "Almada no sólo no
implicó un riesgo para la investigación, sino que mostró colaboración".
Esto fue desestimado de plano por los fiscales cuando les tocó rebatir los
argumentos defensivos.
En cuanto a lo que tiene que ver con el dinero secuestrado
en la ruta por parte de personal de la Policía Federal durante un procedimiento
contra Almada, Cullen dijo que el cuñado de Aguilera "justificó con los
recibos de sueldo y su capacidad tributaria el dinero que le fue
secuestrado". La fiscal Yedro aseguró que esto no fue así y que de hecho
esa causa sigue en trámite en la Justicia Federal.
Cullen citó la Biblia y dijo: "Esta fiscalía hubiese
pedido la prisión preventiva de Cristo cuando Pedro negó tres veces haberlo
conocido". Además, aseguró que "se ha construido una idea de mega
mounstro para con Aguilera" y criticó a la prensa nuevamente citando una
disposición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. "En este
proceso la prisión preventiva es la regla y no la excepción", fustigó el
abogado.
Luego llegó el turno de Vartorelli quien argumentó la
apelación respecto a la prisión preventiva de Sergio Cardoso: "Pese a que
la jueza Barbagelata reconoció que se demostró que Cardoso no realizó ninguna
maniobra que obstaculice el proceso, hoy está privado de su libertad. Cardoso
colaboró en todos los allanamientos que le realizaron, estuvo a derecho desde
el primer momento de la causa y se apartó voluntariamente de su cargo en la
legislatura. No tuvo ningún contacto con las personas de su ámbito laboral, no
fue nunca más a su lugar de trabajo. Se mantuvo voluntariamente al margen. La
propia jueza aseguró que Cardoso no entorpeció ni que haya riesgo de fuga y
pese a ello, está detenido bajo prisión preventiva".
Para completar, los fiscales expusieron algunos de sus
argumentos en defensa a lo actuado por Barbagelata y el sostenimiento de la
prisión preventiva por el plazo de 90 días:
- "Almada contactó a una testigo dos horas antes de la
entrevista que mantuvo con la fiscalía (la titular del celular que manejaba el
cuñado de Aguilera). Luego de esa entrevista, fue ella la que lo contactó a
Almada. En esa entrevista, ella confirmó que el teléfono que teníamos
consignados en los cuadernos de Beckman era utilizado por Almada".
- "La organización estaba estructurada para mantener en
reserva lo que sucedía. Por eso duró 10 años. Ejemplo de esto es la nota
secuestrada en un allanamiento donde dos contratados piden a la legislatura que
se protejan los datos que hay en los contratos asegurando que se oponían a que
se brinde información".
- "Estamos buscando el destino del dinero y sospechamos
que hubo lavado de activos. Esto es un claro acto de ocultamiento".
- "La jueza lo dejó bien en claro, la organización
delictual estaba por encima de la ley y se invertían los roles. Almada que
dependía legalmente de Cardoso, en la organización era superior a quien debía
ser su jefe".
Por JCB de ANALISIS
DIGITAL
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