Se aplicará un protocolo para escuchas a niños y adolescentes en procesos de Familia
A partir de marzo, y en todo el territorio provincial, los
testimonios de niños, niñas y adolescentes en procesos de Familia serán
recibidos conforme un Protocolo de Buenas Prácticas para la Escucha. Así lo
dispuso el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) el 12 de febrero
pasado, cuando celebró el primer Acuerdo General de 2019.
La recepción de testimonios se regirá por una serie de
reglas y principios. Se considerará a niños, niñas y adolescentes como sujetos
de derecho y no como objeto de prueba, resguardando su privacidad y
brindándoles un trato digno y comprensivo, evitando indagar sobre aspectos
reservados a su intimidad.
A través del Protocolo se reconoce que “todo niño, niña o
adolescente tiene capacidad para formar su opinión y tiene derecho a expresarla
libremente”, debiendo ser tenidos en cuenta su edad, género, etnia y condición
personal. También que se perturbe su cotidianidad lo menos posible, para lo
cual se efectuarán los ajustes que se estimen necesarios.
Al ser citados a declarar se les consignará a los niños,
niñas y adolescentes que se trata de un derecho, pero que no están obligados a
dar su testimonio. La citación será redactada en forma clara y sencilla,
debiendo ser presentada en el domicilio en el que se encuentre residiendo.
La escucha a niños, niñas y adolescentes será ante un
representante del Ministerio Público, su abogado/a o una persona de su
confianza. Y en caso de que la Magistratura lo considere oportuno, también
podrá incorporarse un integrante de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios
(ETI).
La audiencia tendrá un registro audiovisual y el sistema
comenzará a grabar cuando niños, niñas y adolescentes brinden su
consentimiento. Será después de que la Magistratura informe, en un lenguaje coloquial y sencillo,
sobre el motivo de la convocatoria al Juzgado.
La audiencia podrá suspenderse cuando la Magistratura lo
considere pertinente. Y previo a la finalización preguntará a niños, niñas y
adolescentes sobre lo que quisieran “que pase en relación a los temas tratados,
dando lugar a que expresen sus deseos en relación a los mismos y evacuando sus
consultas al respecto”.
Según lo dispuesto los niños, niñas y adolescentes deberán
permanecer el menor tiempo posible en los Tribunales, “concurriendo al sólo
propósito de participar de la audiencia”. A tal fin el Protocolo estipuló un
lapso máximo de 40 minutos.
Además se estableció la confidencialidad del material, que
no podrá ser copiado ni remitido a otros organismos judiciales, con excepción
de la Fiscalía con competencia penal “si del contenido surge la posible
comisión de un delito perseguible de oficio”.
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