Advertencia para los constructores: los inmuebles construidos antes de 1940, son intocables
La Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de
Concordia recuerda a los profesionales, constructores, empresas constructoras,
instaladoras, gestores y propietarios, que previo a efectuarse modificaciones,
refacciones y cambios en los inmuebles cuya construcción es anterior al año
1940 y/o que han sido declarados de Interés Municipal y protegidos, ya se trate
de obras particulares u oficiales, estas deberán ajustarse a los requerimientos
de la Ordenanza N° 17.303/1970 (Código de edificación).
Para esto se deberá presentar la documentación
correspondiente de los trabajos a realizarse, según lo dispuesto en la
Ordenanzan N° 36536 (COUT) Título 9, en lo referente a inmuebles de Interés
Patrimonial, y demás normas vigentes.
Los trabajos a realizarse en inmuebles de Interés
Patrimonial requieren el debido permiso, esto alcanza a demoliciones,
ampliación, refacción o transformación de lo ya construido; construir nuevos
panteones o monumentos, ampliar o refaccionar los existentes; cambiar o
refaccionar estructuras de techo; cerrar, abrir o modifcar vanos ubicados en
las fachadas; efectuar instalaciones mecánicas, eléctricas, térmicas o
inflamables; efectuar instalaciones de ascensores y montacargas; instalar
anuncios luminosos y aparatos proyectores, vitrinas, toldos, carteleras o
anuncios que requieran estructuras; desmontar, excavar o rellenar terrenos;
cercar al frente o en las medianeras, elevar muros; construir cielo rasos;
ejecutar solados; ejecutar o renovar revoques de fachadas; pintura; entre otros
trabajos.
Se recomienda a los propietarios que deseen confirmar si su
propiedad está bajo la normativa de las ordenanzas antes mencionadas, que se
acerquen a la dirección de Obras Privadas de la Municipalidad de Concordia en
calle Mitre 76, 2º piso, donde se brinda información detallada al respecto.
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