Advertencia para los constructores: los inmuebles construidos antes de 1940, son intocables


La Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Concordia recuerda a los profesionales, constructores, empresas constructoras, instaladoras, gestores y propietarios, que previo a efectuarse modificaciones, refacciones y cambios en los inmuebles cuya construcción es anterior al año 1940 y/o que han sido declarados de Interés Municipal y protegidos, ya se trate de obras particulares u oficiales, estas deberán ajustarse a los requerimientos de la Ordenanza N° 17.303/1970 (Código de edificación).

Para esto se deberá presentar la documentación correspondiente de los trabajos a realizarse, según lo dispuesto en la Ordenanzan N° 36536 (COUT) Título 9, en lo referente a inmuebles de Interés Patrimonial, y demás normas vigentes.

Los trabajos a realizarse en inmuebles de Interés Patrimonial requieren el debido permiso, esto alcanza a demoliciones, ampliación, refacción o transformación de lo ya construido; construir nuevos panteones o monumentos, ampliar o refaccionar los existentes; cambiar o refaccionar estructuras de techo; cerrar, abrir o modifcar vanos ubicados en las fachadas; efectuar instalaciones mecánicas, eléctricas, térmicas o inflamables; efectuar instalaciones de ascensores y montacargas; instalar anuncios luminosos y aparatos proyectores, vitrinas, toldos, carteleras o anuncios que requieran estructuras; desmontar, excavar o rellenar terrenos; cercar al frente o en las medianeras, elevar muros; construir cielo rasos; ejecutar solados; ejecutar o renovar revoques de fachadas; pintura; entre otros trabajos.

Se recomienda a los propietarios que deseen confirmar si su propiedad está bajo la normativa de las ordenanzas antes mencionadas, que se acerquen a la dirección de Obras Privadas de la Municipalidad de Concordia en calle Mitre 76, 2º piso, donde se brinda información detallada al respecto.

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