Comienza a regir la denuncia impositiva de venta de automotores
Desde mañana quienes aún sean titulares de tributos por
automotores que fueron vendidos pero cuya transferencia no fue completada, quedarán
liberados de la obligación al pago del tributo tras realizar l trámite ante la
ATER.
En el marco de la Ley 10.677 sancionada en junio pasado, la
ATER reglamentó la norma que pone fin a un problema recurrente para
contribuyentes que habiendo vendido un automotor continúan figurando como
contribuyentes ante el organismo debido a que el comprador no completa los
trámites de transferencia.
El titular Adjunto de ATER, Jorge Otegui, señaló que con
esta reglamentación «se protege al contribuyente que vendió un vehículo e
injustamente siguió tributando, trasladándose ahora la obligación al
comprador».
Los requisitos para realizar el trámite:
Desde ATER repasaron los requisitos previstos en la
Resolución N° 397/19 para realizar el trámite. Los contribuyentes en situación
de realizarlo deberán presentarse personalmente a las oficinas de atención con
la siguiente documentación:
Formulario Denuncia de Venta Impositiva (formulario de ATER
C72) disponible en la web de ATER
Copia de la denuncia de venta registral presentada ante el
RNPA por el vendedor.
Boleto de compraventa o formulario 08 con firma certificada
por ambas partes y el sellado correspondiente. Cuando se entrega a comerciante
habitualista, podrá adjuntarse la factura de compra de compraventa donde
consigne fehacientemente el vehículo entregado.
Libre deuda del automotor. Al momento de presentar la
denuncia impositiva de venta el vehículo no debe poseer deuda. Del mismo modo
debe estar al día con los vencimientos en curso (si lo hubiera).
Constancia de intimación (carta documento) al comprador
donde conste el pedido previo de formalización de la transferencia ante el
registro.
Por otro lado, recordaron que este trámite se puede realizar
siempre que se haya producido la venta del 100 por ciento del vehículo.
Para mayor información, sugieren consultar en la web del
organismo www.ater.gob.ar o comunicarse al Servicio de Atención al Contribuyente
llamando al 0810-888-28
(Prensa ATER)
No hay comentarios.