La defensa de Nahir Galarza presentó otro recurso para revisar pena de perpetua


Los abogados defensores de la joven condenada por asesinar a su novio, presentaron en una instancia de "impugnación extraordinaria" para que la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos revise la condena a perpetua

Hace 17 días, el Tribunal de la Cámara de Casación de Concordia, integrado por Darío Perroud, Silvina Gallo y Aníbal Lafourcade, rechazó por unanimidad la apelación al fallo que condenó a prisión perpetua a Nahir Galarza, por lo que debe continuar cumpliendo la pena perpetua en la Unidad Penal de Paraná.

Sin embargo, en las últimas horas se conoció que la defensa de la joven presentó una nueva apelación y de concederse, cambiará la sala que revisará la condena a Nahir Galarza por el crimen de su novio Fernando Pastorizzo.

Sería la segunda instancia de revisión de la sentencia a "Prisión Perpetua", es decir 35 años, contra Nahir Mariana Galarza, única condenada por el crimen de Fernando Pastorizzo ocurrido en la madrugada del 29 de diciembre de 2017 en la ciudad de Gualeguaychú.

Se trata de un recurso de "Impugnación Extraordinaria" encuadrado dentro del Código Procesal Penal de la Provincia de Entre Ríos.

Cabe recordar que Darío Perroud, uno de los integrantes de la Sala 2 de la Cámara de Casación de Concordia, que rechazó el mes pasado la apelación de la defensa de Galarza, explicó que esa resolución de la Cámara de Casación, podía ser "recurrida por la defensa en una instancia de impugnación extraordinaria; y en caso de concederse, se tramita ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Entre Ríos", afirmó.

La Sala I de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Entre Ríos, está integrada por Daniel Carubia, Miguel Angel Giorgio y Claudia Mizawak, y serían quienes revisarían el fallo aplicado a la joven de 20 años.

Perroud y agregó que "eventualmente, también puede interponerse un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de la Nación", concluyó, según publicó R2820.

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