"Pagar viviendas sociales en cuotas fijas rompe el criterio de solidaridad y no permite que muchas familias accedan a su casa propia", dijo Galimberti
El presidente municipal de Chajarí, Pedro Galimberti, se
pronunció de esta manera luego de firmar el Decreto Nº760/2019 por intermedio
del cual se vetó la Ordenanza aprobada por Concejales justicialistas en la
sesión del jueves 12 de septiembre. "No es de buen vecino poner una piedra
en el camino para que otros vecinos tengan su vivienda", expresó el
Intendente, que también señaló que en algunos conjuntos de viviendas sociales
la tasa de morosidad es muy alta.
El veto era previsible, ya que de la misma manera se
procedió en 2018 cuando, por intermedio del Decreto N°200/18 del Departamento
Ejecutivo se vetó la Ordenanza N°1850 HCD que permitía pagar las cuotas de
viviendas sociales en cuotas fijas en un plazo de hasta 50 años.
En esta oportunidad el veto de la Ordenanza N°2081 HCD se
llevó a cabo mediante el Decreto N°760/2019 en el marco de las atribuciones
otorgadas por Inciso c) del artículo N°107 de Ley 10027.
"Ya lo dijimos antes y lo volvemos a sostener ahora: es
ilógico pretender pagar una vivienda social en cuotas fijas porque esto rompe
con el criterio de solidaridad que debe guiar la política de construcción de
viviendas sociales y se convierte en un escollo para que más familias
chajarienses accedan a la casa propia", dijo el Intendente Galimberti. El
presidente municipal señaló, además, que el Estado realiza un esfuerzo para
llevar soluciones habitacionales a quienes más necesitan y que el criterio que
debe aplicarse en este caso es el principio de solidaridad, por intermedio del
cual un beneficiario, luego de recibir su casa, debe abonar la misma a precios
razonables y actualizados para que el mismo Estado pueda seguir construyendo
soluciones para otros vecinos y si esto no ocurre se pone en jaque al sistema
solidario. "Tengamos en cuenta que estamos hablando de un valor de cuota
promedio que no llega a los 3000 pesos mensuales. Son valores que están muy por
debajo de cualquier alquiler en el mercado inmobiliario local", expresó
Galimberti, quien también reveló que entre los adjudicatarios existe un alto
índice de morosidad. "Muchos de ellos [los beneficiarios] nunca abonaron
una cuota de su vivienda pese a ser adjudicatarios y otros ni siquiera contaban
con el convenio de entrega pertinente, ni convenios de pago. Demuestra estos
comportamientos que no existía por parte de los beneficiarios/adjudicatarios
voluntad alguna de asumir el compromiso solidario que debe primar en todos
estos casos", señala uno de los considerandos del Decreto Nº760/2019.
El Decreto del veto
El Decreto Nº760/2019, dentro de sus considerandos, menciona
que la Ordenanza Nº2081 del HCD, en su artículo 1°, dispone adecuar las cuotas
de las viviendas adjudicadas a las previsiones establecidas en los convenios
marcos respectivos y agrega que se debe consolidar el precio de cada inmueble
referido con el monto notificado a cada beneficiario oportunamente.
Sin embargo para el Ejecutivo no es lógico "pretender
aplicar una fórmula de cuota fija, sin ajuste ni intereses, mientras se
modifican los valores de construcción y salarios es ilógico", se expresa
en los considerandos. Ante esto desde el Estado municipal se reconoce la
necesidad de encontrar una metodología de "justo equilibrio", ya que
cualquier “sistema solidario”, impulsado por el Estado, debe propender a su
retroalimentación, donde los beneficiarios mejoren su calidad de vida, pero con
su aporte sostengan al mismo, alcanzando a otros que, también, lo necesitan.
Por esta razón se considera que el pago de las cuotas debe realizarse con
actualización "de manera tal que el paso del tiempo y la variación del
valor del dinero no deteriore el objetivo primario y básico de devolver al
menos el costo de una vivienda".
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