ANSES abonará la diferencia entre la jubilación mínima y el 82% del SMVM
Se trata de un suplemento de hasta $900 para más de
1.100.000 personas que permitirá elevar el haber mínimo, que hoy es de
$12.937,22, a $13.837,50 durante dichos meses.
En el marco de la Ley 27.426 de Reforma Previsional, ANSES
abonará durante octubre y noviembre el suplemento establecido en el artículo
125 bis de la Ley 24.241 para alcanzar un haber equivalente al 82% del SMVM. En
el caso de los beneficiarios que perciben el haber mínimo vigente, que hoy es
de $12.937,22, el suplemento dinerario resultará de $900,28. Por tanto, el
haber mínimo para más de 1.100.000 personas durante dichos meses será de
$13.837,50.
Esta medida incluye a quienes se hayan jubilado bajo la Ley
Nº 24.241 que acrediten 30 años o más de servicios con aportes, incluidos los
beneficios de Retiro Transitorio por Invalidez con aportes regulares; a
aquellos que estén comprendidos en regímenes nacionales generales anteriores a
dicha ley; a los beneficios correspondientes a las ex cajas o institutos
provinciales o municipales de previsión que fueron transferidos al Estado
Nacional; a regímenes diferenciales o insalubres; a las pensiones directas o
derivadas de los beneficios mencionados precedentemente; a las jubilaciones
otorgadas por el Régimen Previsional Especial para ex Soldados Combatientes de
la Guerra de Malvinas Ley N° 27.329 y a las Pensiones Honoríficas de Veteranos
de la Guerra del Atlántico Sur creadas por la Ley N° 23.848.
Quedan excluidos de esta medida los beneficiarios que
hubiesen accedido al beneficio a través de las moratorias previsionales.
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