Artusi valoró la promulgación de la ley de construcción natural
El diputado provincial José Antonio Artusi (UCR en
Cambiemos), valoró la reciente
promulgación de la ley nº 10.736, por la que se crea el Programa de Promoción
de la Construcción Natural.
La norma surge de un proyecto presentado por el legislador
uruguayense el 2 de noviembre de 2018, que fue tratado en la cámara de
diputados el 19 de junio de 2019 y por la cámara de senadores el 1º de octubre
de este año. El día 22 de ese mismo mes, la ley fue promulgada con el numero
10.736.
Al respecto, Artusi expresó: "Ahora corresponde que el
Poder Ejecutivo proceda a reglamentar y aplicar efectivamente la norma".
Por medio de esta ley se crea el Programa de Promoción de la
Construcción Natural, con la finalidad de contribuir a una mejor calidad de
vida de la población y a la disminución del déficit habitacional, en especial
de los sectores más vulnerables, procurando minimizar el impacto ambiental, a
través del fomento y la promoción de la construcción de edificaciones
realizadas con métodos de construcción con tierra cruda.
El Programa tendrá los siguientes objetivos:
a) La promoción de programas y proyectos de construcción de
viviendas y edificios basados en técnicas de construcción natural o bio - construcción,
que colaboren en el logro de patrones sostenibles de desarrollo y que
contribuyan a satisfacer el derecho a una vivienda digna y a un hábitat
adecuado para el desarrollo humano.-
b) La investigación, desarrollo e innovación científico –
tecnológica vinculada a la sistematización y mejora de técnicas y métodos de
construcción natural.-
c) La promoción de la generación de emprendimientos, sobre
todo cooperativas y micro y pequeñas empresas, destinadas al diseño y
construcción de edificios con técnicas de construcción natural.-
d) La formación y capacitación permanente de recursos
humanos en todas las áreas vinculadas con la construcción natural.-
e) La promoción de la capacitación y la organización
comunitaria de la población residente en barrios populares tendiente a la
autoconstrucción de las viviendas y el hábitat utilizando técnicas y materiales
propios de la construcción natural.-
f) La disminución del impacto ambiental negativo de la
construcción y utilización de edificios a través del aprovechamiento adecuado
de las propiedades y ventajas de los sistemas de construcción natural, y de su
articulación flexible con otros sistemas tradicionales o industrializados
basados en la utilización de materiales y tecnologías adecuadas.-
g) La promoción de la inclusión de la formación académica,
la investigación, y la extensión, centradas en la construcción natural, en las
carreras terciarias y universitarias vinculadas al diseño y materialización del
hábitat en sentido amplio.-
h) La cooperación con municipios, comunas, y juntas de
gobierno, tendiente a generar programas locales de construcción natural.-
i) La promoción del establecimiento de normas técnicas que
permitan incorporar adecuadamente la construcción natural en los códigos de
edificación de las jurisdicciones locales, así como su cobertura de riesgos por
medio de seguros.-
j) La inclusión de la construcción natural en los proyectos
de conjuntos de viviendas de interés social y en el otorgamiento de créditos
hipotecarios destinados a la construcción de viviendas.-
La ley dispone que La autoridad de aplicación, en
coordinación con la Administradora Tributaria de Entre Ríos, deberá elaborar y
remitir al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo propuestas de reforma de las
normas tributarias vigentes, a los efectos de introducir alicientes fiscales
que promuevan la adopción de sistemas de construcción natural.-
En los fundamentos del proyecto el legislador radical había
considerado que "es de peculiar relevancia el aporte que un programa de
estas características puede hacer al proceso de regularización, urbanización e
integración de los barrios populares relevados en el marco del RENABAP e
incluídos en la ley nacional respectiva aprobada recientemente. Muchas de las
ventajas desde el punto de vista económico, social y ambiental de la
construcción natural podrían en este sentido utilizarse en pos de brindar
soluciones adecuadas para dar respuestas eficaces a las numerosas demandas de
construcción y mejoramiento de viviendas que debería desprenderse de la
implementación de dicha norma.
Pensamos entonces en el bajo costo de materiales, en la
posibilidad de generar instancias de capacitación que incluyan la mano de obra
de mujeres y jóvenes sin formación previa, en la generación de proyectos de
autoconstrucción de las viviendas y el hábitat, en la posibilidad de apuntalar
formas de la economía popular y solidaria que permitan a su vez generar puestos
de trabajo genuino, etc".
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