Limitan a US$50 las compras de divisas por vía de tarjetas en el exterior


Las extracciones vía tarjetas de crédito quedan limitadas a US$ 50 por operación desde este viernes

El Banco Central (BCRA) avanzó en la profundización del cepo cambiario al disponer un límite de 50 dólares por operación a la posibilidad de adquirir dólares apelando a los adelantos en efectivo que permiten las tarjetas de crédito de alcance internacional a los argentinos en el exterior.

"Es una medida que busca evitar que se eludan por esta vía las restricciones locales", explicaron desde la entidad al aclarar sus objetivos de la circular 6823 conocida esta tarde.

El tope se fija sólo por cada operación, lo que en teoría deja el número de extracciones por esta vía condicionado sólo al límite que cada cliente tenga acordado con su banco, fijado en pesos y establecido por lo general como un porcentaje (por lo general va del 20 al 25%) del tope de compras autorizado por la entidad.

Esto es porque las extracciones con tarjeta de crédito se computan como parte del límite máximo de compra que cada tarjeta tiene aprobado, por lo que los adelantos restan de este cupo de compras.

Sin embargo, debe tenerse en cuenta que se trata de operaciones onerosas que elevan el precio final pagado por la divisa. Los bancos cobran de US$ 3 a 10 en carácter de comisión por este tipo de transacción a lo que agregan la tasa de interés por la financiación en la moneda con la que se realiza la extracción. A eso se suma la comisión que agregan las redes del exterior, un costo que informan por pantalla al momento de realizar la operación.

También quedó vedada la carga mediante el uso de tarjeta de saldos en billeteras electrónicas: el llamado dólar PayPal.

Las medidas buscan asegurar la eficacia del cepo, endurecido desde el lunes cuando comenzó a regir la reducción del tope de US$10.000 a US$ 200 o 100 por mes para la compra del público, y evitar vulneraciones para frenar el drenaje de reservas que sufrió el BCRA y las redujo en algo más del 40% desde comienzos de abril a la fecha.

La resolución 6823 también dispone que "las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales deberán contar con la conformidad previa del Banco Central para acceder al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país, cuando tales pagos se originen, en forma directa o indirecta a través del uso de redes de pagos internacionales para la participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo; la transferencia de fondos a cuentas en Proveedores de Servicios de Pago; la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior; la realización de operaciones cambiarias en el exterior o,la adquisición de criptoactivos" en sus distintas modalidades.

"Es una restricción esperable que alcanza a los mecanismos de dolarización alternativos vía tarjetas de crédito como cargas en billeteras virtuales, casinos y adelantos en moneda extranjera que probablemente crecieron fuerte desde el lunes. Pero no afecta los gastos transaccionales en turismo o vía web", explicó el economista Martín Vauthier, del Estudio Eco/GO.

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