Prorrogan por 60 días las medidas dispuestas en los procesos de Violencia Familiar y de Género
El Programa Municipal de Lucha Contra la Violencia de
Género, de la Municipalidad de Concordia, informa que el Superior Tribunal de
Justicia de Entre Ríos dispuso que los juzgados con competencia en violencia
familiar y violencia de género adopten las medidas solicitadas por la
Defensoría General de la Provincia.
Las medidas serán en relación a la renovación automática de
todas las disposiciones dictadas en los Procesos de Violencia Familiar (Ley Nº
9198) y de Género (Ley Nº 26.485) en trámite, por el plazo de 60 días a partir
de la fecha.
De esta manera se resolvió:
1) Disponer la prórroga automática requerida de todas las
medidas dispuestas en los Procesos de Violencia Familiar (Ley Nº 9198) y de
Género (Ley Nº 26.485) en trámite ante los Juzgados de Familia Nº 1, Nº 2, Nº 3
de esta ciudad de Concordia, por el plazo de SESENTA DIAS (60) a partir de la
fecha, tanto sean de: a) Prohibición de realización de actos molestos y
perturbadores, en forma personal, vía telefónica y/o redes sociales hacia la
víctima y grupo conviviente, b) Prohibiciones de Acercamiento por parte del
victimario hacia a la víctima, tanto sea a su domicilio como a lugares de
trabajo, vía pública o cualquier otro lugar en que se encuentre; c)
Mantenimiento de las exclusiones decretadas y de las prohibiciones de ingresos
a los domicilios de los victimarios en resguardo a las víctimas y al grupo
familiar conviviente; d) Mantenimiento del Botón Antipánico y Pulsera Dual en
todos aquellos casos en que han sido ordenados; e) El mantenimiento de la
suspensión del régimen de comunicación con el agresor denunciado salvo
modificaciones comunicadas en forma fehaciente por el organismo de seguimiento
que amerite la revisión de dicha medida; y d) El mantenimiento de los alimentos
provisorios otorgados dentro del marco de los procesos de violencia familiar o
de género.
Concluída la situación excepcional o vencido el plazo de
sesenta (60) días dispuesto, todas estas medidas se condiderarán prorrogadas
por diez (10) días más, plazo durante el cual todas las personas que consideren
que su integridad y/o la de su grupo familiar se encuentra en riesgo, pueda
presentarse ante la Secretaría del Juzgado correspondiente a fin de poner en
conocimiento dicha situación.-
2) Disponer La comunicación de la presente a todos los
organismos que intervienen con responsabilidad orgánica y funcional en la
ejecución de las medidas dispuestas en materia de Violencia Familiar y de
Género en la Provincia de Entre Ríos o que garantizan dicha ejecución y
efectiva implementación a los fines de su difusión masiva: Consejo Provincial
del Niño, Adolescente y la Familia (COPNAF), Subsecretaría de la Mujer
(Ministerio de Desarollo Social - Gobierno de Entre Ríos), Centro de
Fortalecimiento Social, Programa de Violencia de la Municipalidad de Concordia,
Casa de la Mujer, Jefatura Departamental, Comisarías de la Ciudad, División
Minoridad, División 911, Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos,
Ministerio Público de la Defensa y Fiscal y otros organismos que puedan
intervenir ya sea directa o indirectamente en la problemática (Secretaría de
Salud - Departamental de Escuelas).-
3) Ordenar la publicación de la presente en un diario de
circulación local y en páginas web del Poder Judicial - Sistema de Información
y Comunicación dependiente del S.T.J. (S.I.C.), todos por el término de tres
días.
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