Hay incertidumbre en Baggio tras 118 suspensiones en la planta de Concordia


La semana pasada, fuentes gremiales habían confirmado que la empresa RPB S.A., más conocida como Baggio, ha propuesto aplicar el artículo 223bis de la Ley de Trabajo, que faculta a las empresas, en este contexto de pandemia, a que pueda suspender a los trabajadores, informó El Día.

Finalmente, el 29 de junio ingresó por mesa de entrada el convenio que suscribieron el secretario general del Sindicato de Trabajadores de Industrias de la Alimentación, Jorge Martínez, y el apoderado de RPB S.A. Alejandro Toledo en el cual se acordó la suspensión de 118 trabajadores de la planta de Concordia.

 “Atento a que es materialmente imposible llevar adelante tareas normalmente y a fin de preservar el empleo, transitoriamente las partes pactan una suspensión por falta de trabajo que abarca a todos los empleados de la planta, que consiste en un total de 118 personas, por el plazo de 15 días cada uno, y en tres grupos, a aplicarse en el período desde el miércoles 1 de julio de 2020 hasta el 31 de agosto de 2020”, informa el acuerdo en el artículo 3ero. Según revelaron desde el gremio, esto impidió que Baggio despidiera al 90% de su plantel.

Y en el artículo 4to se detallan los derechos que conservarán los trabajadores: “Percibirán por las horas efectivamente trabajadas su salario normal (que devengará sus respectivos aportes y contribuciones), y por las horas que estuviera suspendida la prestación laboral se le reconoce a favor del empleado un importe en carácter de prestación no remunerativa equivalente al 80% de su retribución neta que hubiera percibido prestando servicios de manera normal y habitual”.

Esta posibilidad empresarial de suspender a los trabajadores es el resultado de un acuerdo entre la Unión Industrial Argentina (UIA), las CGT y el Ministerio del Trabajo de la Nación, quienes acordaron que no sea menos del 75% lo que se les pague a los trabajadores. Cabe remarcar que anteriormente ese artículo preveía que se los podía suspender, por fuerza mayor o como en este caso por la pandemia, sin goce de sueldo. Por lo que esa es una ventaja para el trabajador.

Los motivos por los cuales RPB S.A. argumentó tener que tomar esta decisión extrema, es que el jugo, dentro de las producciones esenciales, es el menos consumido: “Esta disminución marcada con mayor incidencia en estos últimos meses, y al haberse agotado todas las licencias por vacaciones pendientes para el personal, en el marco del diálogo social, con la finalidad de mantener los puestos de trabajo, como así también de adoptar medidas para mitigar el impacto que la crisis sanitaria pueda tener en la actividad y resguardar las fuentes de trabajo procurando su subsistencia, se hace necesario adoptar esta medida”.


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