La justicia falló a favor de los empleados del Iafas por los descuentos


Dos de los amparos presentados por los empleados del Iafas en Paraná tuvieron fallo favorable en primera instancia. Ordenan al organismo el pago de los adicionales descontados en el mes de mayo. El excandidato a Director Obrero de Iafas por ATE, Cristian Luján, celebró la resolución e insistió en que el Instituto actuó en “forma arbitraria y manifiestamente ilegítima”

Ambas sentencias hacen lugar al planteo respecto a los haberes del mes de mayo (no así abril por considerarlos extemporáneos) y ordenan al Iafas el pago de lo descontado “en el plazo de 5 días” de notificados.

Uno de los amparos corresponde al nivel central y el reclamo es por los adicionales de refrigerio y productividad. El otro pertenece a Casinos, donde el régimen es distinto, y alcanza al código de refrigerio y el adicional por “doble turno” o “prolongación de jornada”.  

Luján recordó a esta Agencia que los trabajadores habían decidido presentar los amparos de manera individual. De los tres  que se presentaron en Paraná dos ya tienen fallo favorable en primera instancia y el tercero todavía no fue resuelto.

“El argumento más interesante es que la justicia remarca que el Instituto tomó la medida de no pagar los códigos sin emitir resolución alguna. Una arbitrariedad manifiesta, que nosotros ya habíamos planteado por nota, a través de la Comisión Directiva de ATE”, precisó el dirigente.

Dijo además que el Iafas nunca respondió a ese requerimiento por vía administrativa, con el argumento de que había elevado el planteo a Fiscalía de Estado y ésta no había dado contestación.

“El fallo, independientemente de que el Iafas ya apeló, obliga a que se pague igual”, sostuvo Luján. Por lo tanto, por estas horas, se encuentran a la espera de lo que resuelva el organismo sobre las liquidaciones.

También explicó que los trabajadores evaluarán, a partir de este precedente, si continuar por la vía judicial, o en cambio “hacer planteos administrativos al Iafas, que cada persona firme en forma particular”.
APF

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