La justicia falló a favor del gobierno en un planteo contra la ley de emergencia solidaria
El juez Gustavo Maldonado rechazó una acción de amparo
promovida en contra de la ley de emergencia. Se trata de una docente jubilada
incluida en el grupo del 13% de los pasivos que deben realizar un aporte
solidario temporal en el marco de la norma del gobierno provincial
“Los fundamentos del juez para dictar sentencia establecen
que en este caso, por vía de un amparo, se está discutiendo la
constitucionalidad de una ley. Y la constitucionalidad de una ley es una de los
remedios extremos que utiliza el Poder Judicial y siempre lo hace con carácter
excepcional”, explicó el fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes. .
“En este caso no se verifica que la ley sea inconstitucional
o por lo menos no aparece visos de inconstitucionalidad en el examen que se
hace de acuerdo al planteo de la denunciante, así que esa es su valoración y se
rechaza la acción de amparo contra la ley de emergencia de la provincia”,
precisó el funcionario.
En el caso de este amparo, se trata de una docente jubilada
que impugna la ley y acciona judicialmente contra el artículo 6 de la ley
10.806 que establece el aporte solidario extraordinario.
La norma establece por un año una contribución extra sobre
entidades financieras, grandes campos y la venta mayorista de medicamentos, y
aumenta aportes en forma progresiva al sistema previsional - que registra un
déficit histórico – a activos y pasivos de los tres poderes con sueldos de más
de 75.000 pesos.
Con los fondos recaudados, que son coparticipables a los
municipios, se apunta a paliar la caída de ingresos por la pandemia para
cumplir con las obligaciones del Estado en materia social y sanitaria.
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