“Depende de los entrerrianos si seguimos en distanciamiento o volvemos a aislamiento”, advirtió el Fiscal de Estado
Julio Rodríguez Signes reiteró que, de acuerdo al DNU 677,
hasta el 30 de agosto la provincia se mantiene en distanciamiento social
preventivo y obligatorio · Pero advirtió que “depende de la conducta de cada
uno de los entrerrianos, mantenernos en distanciamiento o perder esa posibilidad
y volver a aislamiento”
El distanciamiento social preventivo y obligatorio significa
que “se mantiene la libertad circulatoria”. Remarcó que “las personas pueden
circular, aunque no en cualquier condición y situación” sino que “estamos
sometidos a límites geográficos y de conducta”.
Detalló que “los límites geográficos son que podemos
circular dentro de los límites del departamento geográfico en el que vivimos”,
mientras que los límites de conducta son “la necesidad de guardar distancia
mínima de dos metros y usar tapabocas en los lugares compartidos, además de las
demás medidas de higiene”.
También aclaró que “hay actividades que están permitidas con
restricciones, por ejemplo, las industrias, los servicios, las actividades
gastronómicas, que son posibles de realizar de acuerdo a los protocolos
sanitarios”.
Apuntó que, en cambio, “hay actividades terminantemente
prohibidas, como los deportes que requieren más de 10 personas para su práctica
y, sobre todo, el turismo y las reuniones sociales y familiares”.
Estas actividades están prohibidas tanto para las zonas que
se encuentran tanto en aislamiento como en distanciamiento. “Y es muy
importante su cumplimiento, primero por una razón sanitaria, y segundo porque
la violación de esa prohibición hace pasibles a quienes participen de una reunión,
no sólo al dueño del domicilio, a una denuncia penal por la violación del art
205 de código penal argentino”, sostuvo el Fiscal de Estado durante el informe
epidemiológico que brindó este lunes el Gobierno provincial.
Rodriguez Signes aclaró además que estas prohibiciones “por
supuesto que sí” restringen derechos constitucionales. En ese sentido remarcó:
“Toda la legislación de la emergencia restringe derechos constitucionales, pero
es una normativa convalidada por toda la jurisprudencia argentina, porque se
prioriza un derecho, que es la salud y la vida, por sobre otros derechos que
ven restringido su desarrollo, su plenitud”.
Por otro lado, se refirió a la “aparente contradicción entre
permitir reuniones en bares y locales gastronómicos, y prohibirlas en casas de
familia”. Apuntó que “lo que ocurre es que en los lugares habilitados hay
protocolos y también está el Municipio que controla su cumplimiento, en cambio
en las casas de familia esos controles son imposibles de realizar”.
En el mismo orden aseveró que “se ha verificado que las
reuniones sociales son focos de contagio muy frecuentes. Ese es el motivo, no
es una recisión arbitraria sino razonada”, subrayó.
Por último señaló que “es el Poder Ejecutivo Nacional el que
establece la categoría de aislamiento o distanciamiento” para las diferentes
zonas del país.
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