Desde mañana y hasta el lunes habrá receso judicial extraordinario por razones sanitarias en Gualeguaychú
En Acuerdo Especial, el Superior Tribunal de Justicia de
Entre Ríos (STJ) resolvió hoy aprobar un plan de actividades, similar al
tratamiento de un receso judicial extraordinario por razones sanitarias en
Gualeguaychú. El mismo regirá a partir de mañana lunes a las 0 hs. y hasta el
30 de agosto próximo a las 24 hs. El personal judicial deberá permanecer en la
ciudad y se suspenden los plazos procesales, administrativos y de perención y
caducidad con prestación mínima de servicio, quedando en salvaguarda toda
actuación judicial que, de no practicarse, pueda causar perjuicios
irreparables. Se garantiza el servicio de justicia.
La medida fue adoptada vista la situación epidemiológica de
esa ciudad, y considerando que el intendente de la misma, Esteban Martín
Piaggio, acompañado por el director del Hospital Gualeguaychú, Dr. Martín
Roberto Piaggio, en conjunto con la Vicegobernadora Laura Stratta y la Ministra
de Salud de la Provincia Sonia Velázquez, confirmaron la recategorización
sanitaria de la ciudad; de acuerdo a las pautas sanitarias brindadas por el
Comité de Emergencia Sanitaria de la Provincia de Entre Ríos (COES) y motivada
por la pandemia del coronavirus (COVID-19.
El plan de contingencias establecido, tendrá el tratamiento
de un receso judicial extraordinario por razones sanitarias, el que se
establecen sin perjuicio de la sujeción de todo el personal disponible a las
necesidades del servicio y a la eventualidad de su convocatoria, por lo que no
deben ausentarse de sus lugares de residencia, cuya asistencia no será
compensable.
Se entiende como necesidades del servicio todos aquellos
servicios esenciales dispuestos por el Superior Tribunal de Justicia y los
Ministerios Públicos para el sistema judicial.
El STJ, resolvió
establecer la suspensión de plazos procesales, administrativos y de
perención y caducidad con prestación mínima de servicio, quedando en
salvaguarda toda actuación judicial que, de no practicarse, pueda causar
perjuicios irreparables, previa habilitación del receso extraordinario;
homologación y cobros de convenios laborales; libramiento de órdenes de pago;
medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables como las medidas de
protección de personas; los servicios de guardia; las actuaciones con detenidos
o presos, órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de
violencia sobre la mujer, y niños, niñas y adolescentes.
Los únicos organismos
abiertos al público serán los siguientes: un juzgado con competencia civil y
comercial, laboral, de familia y de Paz, con un secretario y dos empleados. Un
Juez de Garantía, Oficina de Gestión de Audiencia, el funcionario a cargo de la
Oficina y un empleado por turno. Juzgado de Ejecución de Penas: juez,
secretario, un delegado penitenciario y un empleado.
Asimismo se dispuso
designar a las y los siguientes magistradas y magistrados para que presten
servicio durante la prórroga del Receso Judicial Extraordinario: Juez en
materia Civil, Comercial, Laboral, Familia y de Paz de Gualeguaychú, a Norberto
Stetler; Juez en materia Penal de Gualeguaychú a Ignacio Telenta; Juez de
Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú a Carlos A. Rossi y la Cámara de Apelaciones
en lo Civil y Comercial y Laboral, y Tribunal de Juicios y Apelaciones de
Gualeguaychú: deberán prestar servicios de forma remota (teletrabajo).
Sin perjuicio de la designación de las magistradas y
magistrados para que actúen ante casos urgentes, donde la intervención presencial
sea indispensable, todos los organismos quedan obligados –a través de sus
funcionarias/os y magistradas/os - a
revisar, periódicamente, sus respectivas bandejas de entradas de los correos
electrónicos, a fin de relevar los escritos que sean recibidos; y quedan habilitados para resolver tales
escritos, en caso de que su intervención sea posible por vía telemática o
coordinar con la magistrada o magistrado de turno. En caso contrario, deberá
actuar la magistrada o magistrado y/o
funcionaria o funcionario designado a tal fin.
El STJ, invitó a los Ministerios Públicos a adoptar las
medidas conducentes en sus ámbitos de competencia, y dispuso prorrogar de
oficio las medidas en los Procesos de Violencia Familiar y contra la mujer que
se encuentran actualmente vigentes, hasta el 21 de octubre próximo, inclusive.
También dispuso el aplazamiento de las diligencias
procesales no urgentes, cuando pudieran implicar un riesgo a la salud.
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