Chajarí amplía horarios de funcionamiento de clubes, gimnasios, natatorios, bares y restaurantes
Las medidas están contenidas dentro del Decreto N°649/2020
del Departamento Ejecutivo, emitido ad-referéndum del Concejo Deliberante.
Dicho Decreto, con fecha 1 de septiembre de 2020, en su
Artículo 1° dice: disponese ampliar el horario de cierre de clubes, gimnasios y
natatorios, de acuerdo a lo establecido en los Decretos N° 469/2020 D.E.;
496/2020 D.E. y 549/2020 D.E. Ad-Referéndum del HCD; los que estarán
habilitados en el horario de 8 a 22, todos los días de la semana, a partir del
1 de septiembre de 2020.
Por otra parte, el Artículo 2° indica modificar los días y
horarios de aperturas de bares y restaurantes conforme a lo establecido en el
Decreto N° 383/2020 D.E. Ad-Referéndum del HCD, quedando de la siguiente
manera: miércoles, jueves, domingos, feriados y día previo al feriado en el
horario de 10 a 14 y de 20 a 00. Los viernes y sábados, por su parte, el
horario será de 10 a 14 y de 20 a 1 del día siguiente.
Dentro de los considerandos del Decreto N°649/2020, entre
otras cuestiones, se menciona que la realidad de la implementación del
“distanciamiento social, preventivo y obligatorio” ha demostrado la necesidad
de incorporar paulatinamente otras actividades y servicios con carácter de
esenciales con el fin de mitigar los efectos colaterales ocasionados por las medidas
adoptadas. En este sentido, hace hincapié en que es importante disponer de la
ampliación del horario de cierre de clubes, gimnasios, natatorios y la
ampliación de los días y horarios en lo que funcionarán bares y restaurantes.
Protocolos de bioseguridad
En cuanto a los clubes, gimnasios y natatorios, hay que
decir que los responsables de cada espacio deben promover el distanciamiento
social establecido y recomendado por el Ministerio de Salud evitando la
concentración de personas. El ingreso de clientes debe ser reducido y dispuesto
según el espacio disponible teniendo en cuenta el máximo permitido de 10
participantes por cada turno.
}De la misma manera, se recomienda reducir la ocupación de
salas, respetando la distancia mínima de dos metros de separación entre
personas al ingreso/egreso y flujo de circulación interno. Quienes consideren
apropiado pueden implementar un sistema de señalización demarcando espacios de
atención que mantengan la distancia de 2 metros entre personas.
En cuanto al desarrollo de clases grupales, se obliga a cada
responsable del gimnasio a implementar las clases con densidad de ocupación de
espacio de una persona cada 5 metros cuadrados. Cada local, además, deberá
exhibir cartelería con información sobre el Covid-19.
En cuanto a la desinfección, deben contar con esquemas
intensificados de limpieza y desinfección permanente de todas las superficies
de contacto habitual de los/as trabajadores/as y los clientes. Y, además, se
debe colocar en espacios visibles un rociador con solución alcohólica
sanitizante (alcohol 70%) para que tras el uso de elementos o maquinas, el
cliente pueda rociar las superficies y proceder con la desinfección de los
materiales usados. En materia de higiene, además, habrá que poner a disposición
de los clientes alcohol en gel en todos los espacios comunes (se recomienda sea
cada 50mts2) y garantizar la provisión de todos los elementos para un adecuado
lavado de manos en sanitarios (jabón y toallas de papel).
Siguiendo la misma línea, los responsables de bares y
restaurantes deben garantizar la distancia social dentro de su establecimiento,
evitando aglomeraciones, y asegurar una distancia mínima de 2 metros entre
personas y entre mesas. También, se debe ventilar permanentemente el espacio y
fomentar la realización de los pagos con tarjeta de débito o crédito, evitando
el uso de efectivo. La higiene de superficies y del establecimiento, en
general, debe realizarse con mayor frecuencia de la habitual, con lavandina
diluida en agua. La higiene debe intensificarse en aquellos lugares de uso
común, como los baños y sanitarios.
Por otra parte, se recomienda el uso de tapabocas, mentón y
nariz para la atención, por parte de propietarios y del personal, y como
condición del ingreso de las personas a cada establecimiento. Los clientes
deben hacer uso del mismo en todo momento, excepto cuando se sirva su pedido.
También, se puede usar mascaras de protección personal, guantes descartables
y/o anteojos, en forma combinada con el tapabocas, mentón y nariz. Los
cocineros y ayudantes de cocina deben utilizar obligatoriamente tapaboca,
delantal, guantes descartables y cofia. El establecimiento, además, debe
trabajar con cartas de menú descartables (fotocopias), pizarras legibles o menú
disponible en versión digital accesible desde el smartphone de cada cliente.
También, el protocolo de bioseguridad menciona, entre otras
cosas, que, en lo posible, se debe disponer de un sistema de turnos rotativos
del personal de trabajo, de modo de reducir la congestión y circulación de
personas. Del mismo modo, se debe evitar compartir elementos personales y
cambiar y lavar diariamente la ropa de trabajo. Suspender el fichaje con huella
dactilar, si hubiere, sustituyéndolo por cualquier otro sistema.
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