Galimberti pide por la reapertura de cines con protocolos de bioseguridad
La solicitud fue elevada al Comité de Emergencia Sanitaria
Provincial e incluyó una propuesta de protocolo elaborada por la empresa Cinema
Concept SRL, titular del Cine Gran Libertad.
Dicho protocolo, entre otras cuestiones, menciona que se
limitará la cantidad de espectadores al 30% de la capacidad de la sala o bien
al porcentaje necesario para mantener el distanciamiento obligatorio (2 metros
según medidas sanitarias); y se indicará, además, el uso obligatorio del tapa
boca para trabajadores y espectadores/clientes. En el caso de los trabajadores
se les proveerá de una máscara sanitaria y guantes descartables.
Asimismo, indica que se le tomará la temperatura a cada
persona (sea cliente o trabajador) que ingrese al establecimiento. Para esto se
adquirieron termómetros infrarrojos de medición de temperatura corporal,
homologados por ANMAT, ente que regula los dispositivos de salud, el mismo será
utilizado por personal del cine capacitado para dicha función. De la misma
manera, se dispondrá de alcohol en gel en los distintos sectores del cine,
baños, boletería, candy e ingreso a la sala y se realizará pulverización de la
sala entre función y función con producto sanitizante: butacas, apoyabrazos,
barandas y piso en general.
Los empleados, por su parte, deberán dar cumplimiento, a fin
de evitar el contagio para sí y para terceros, de las siguientes medidas:
higienizarse las manos antes, durante y después de los desplazamientos que vaya
a realizar; llevar siempre consigo mismo un pequeño envase que contenga un
desinfectante para utilizar en la vía pública; y, si está dentro de sus
posibilidades, utilice siempre su vehículo particular; entre otras cuestiones.
Por otra parte, se hace hincapié, también, que, en el caso
de que los puestos de trabajo no posean barreras físicas (vidrio, acrílico,
etc), se deberá organizar los mismos de tal manera que cada uno mantenga una
distancia mínima de 2 metros entre sí. Si esto no es posible, los empleados
deberán utilizar de manera obligatoria mascarilla, barbijo o tapa boca a fin de
disminuir al máximo las posibilidades de contagio entre los mismos.
En caso de ser posible, se mantendrá el ambiente laboral
bien ventilado y en condiciones de higiene y desinfección. También, se deberán
reforzar las medidas de higiene en el cine, pisos, picaportes y toda otra
superficie con la que el trabajador o público pueda entrar en contacto, y habrá
que contar con reposición de Elementos de Protección Personal (EPP) y kit de
desinfección e higienización.
El personal de limpieza deberá contar con todos los
elementos de seguridad necesarios para controlar y minimizar la exposición y,
antes de un relevo en la operación de algún elemento de trabajo de uso
comunitario (computadora / teléfonos fijos / etc), habrá que limpiar y
desinfectar adecuadamente el puesto de trabajo (controles, teclado, mouse,
pantallas, herramientas, pisos, pasamanos, picaportes, etc.).
Finalmente, en cuanto a las medidas a tomar para la venta de
candy bar y boletería, se menciona lo siguiente: en el caso de entrega de
mercadería (alimentos) al público que asiste al lugar deberán tomar medidas
tales como, implementar cartelería en el ingreso de lugares sobre las
cuestiones preventivas y distancia entre personas; y entregar la mercadería
mediante un sistema donde no haya contacto directo entre trabajador y quien lo
recibe , asignar un lugar físico de modo que se focalice todo el posible riesgo
en un lugar/ sector, que se deberá higienizar constantemente.
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