Grupo minoritario quiere la amnistía por la sedición de 2013
Se trata de un grupo que pretende constituirse como un
gremio y que tuvo presencia mediática en las jornadas sediciosas de 2013. Un
proyecto de sindicalización y lo que dice la Corte.
La Asociación Profesional de Policías de Entre Ríos
(Apropoler) aprovechó la situación en la provincia de Buenos Aires para sacar a
relucir un petitorio en que fueron mechando reclamos justos, otros que pueden
llegar a serlo y la amnistía de los agentes condenados en todas las instancias
por los hechos de sedición ocurridos en Concordia el 2013. El reclamo lo
hicieron en su red social de Facebook, donde suelen expresarse.
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia; integrado
por Jorge Barbagelata, Silvina Gallo y Darío Perroud; condenó a 17 agentes a
cumplir penas de entre 3 y 4 años de prisión al hallarlos culpables del delito
de sedición agravada (por la función pública que desempeñaban). Luego, la
Cámara de Casación Penal también los condenó por ser coautores de los delitos
de sedición agravada y privación ilegítima de la libertad en concurso ideal.
Ese fallo lo firmaron Marcela Davite, Hugo Perotti y Alejandro Grippo. El
Superior Tribunal de Justicia (STJ) dio marcha atrás con las penas de los agentes
de la fuerza por cuestiones formales en el procedimiento.
La agrupación se expresa, básicamente, en las redes
sociales. En rigor la más activa es Apropoler Sur, de Gualeguaychú. La de
Paraná quedó desmembrada desde los hechos de sedición de diciembre del 2013.
Se trata de una organización minoritaria integrada por
retirados y agentes en actividad con baja incidencia en la fuerza según
reconstruyó Página Judicial de periodistas especializados.
Desde ese perfil, en el que dejan un teléfono, comentan novedades
y se publican reclamos permanentemente. Esa organización supo tener al mando a
Ricardo Raffo como una especie de secretario general. Hoy no aparecen nombres
propios en la plataforma por la que se manifiestan.
Este miércoles, cuando algunos medios difundieron
información de que en Entre Ríos no había inconvenientes, y mucho menos de la
naturaleza que como el de la Policía Bonaerense, desde el sitio calificaron las
publicaciones de “oficialistas”.
La organización no es un sindicato, porque la gramialización
de la Policía no es legal. En torno a este punto hubo un debate que cada tanto
surge, obviamente, en el peor de los contextos: con los policías, armados, en
la calle.
El nombre pudo haber estado inspirado en una organización
santafecina, Apropol, que este jueves tiene en su portada a representantes de
esa entidad presentando un petitorio al Subjefe de Policía Ariel Zancochia.
Gremialización
Con la experiencia de Santa Fe es que el diputado provincial
Jorge Monge presentó un proyecto de ley para permitir la sindicalización de la
Policía. El radical proponía en 2015 reemplazar el Inciso L) del artículo 14 de
la ley 5654 de Reglamento General de la Policía de Entre Ríos e incorporar la
“obediencia debida” al reglamento policial para “proteger a la parte más débil
de la cadena jerárquica”. En ese artículo, a través de una serie de ítems, se
detallaban los derechos esenciales de los agentes en actividad.
Monge lo que buscaba era habilitar la posibilidad de
desplegar actos y conductas tendientes a la sindicalización, supliendo el
inciso L) actual por el siguiente texto: “El ascenso en la carrera policial por
estricto orden de mérito, recibir capacitación permanente y equipamiento
adecuados, asociarse libremente para la defensa de sus intereses y la convivencia
familiar”.
Entendía que la asociación policial no debería alterar el
normal funcionamiento del servicio de seguridad ya que consideraba que “en
tanto no se aparten del orden jerárquico y la cadena de mandos vigentes, no
incurrirá en faltas que conlleven sanciones”.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene un fallo en
este sentido. En 2017, con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena
Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz, y la disidencia de Carlos Maqueda y
Horacio Rosatti, el máximo órgano de justicia del país sostuvo que el personal
de las fuerzas policiales no tiene un derecho colectivo a sindicalizarse.
La Corte, luego de examinar el debate constituyente y
legislativo sostuvo que el artículo 14 bis de la Constitución no concede el
derecho a sindicalizarse al personal policial.
Fuente: Página Política
No hay comentarios.