Grupo minoritario quiere la amnistía por la sedición de 2013


Se trata de un grupo que pretende constituirse como un gremio y que tuvo presencia mediática en las jornadas sediciosas de 2013. Un proyecto de sindicalización y lo que dice la Corte.

La Asociación Profesional de Policías de Entre Ríos (Apropoler) aprovechó la situación en la provincia de Buenos Aires para sacar a relucir un petitorio en que fueron mechando reclamos justos, otros que pueden llegar a serlo y la amnistía de los agentes condenados en todas las instancias por los hechos de sedición ocurridos en Concordia el 2013. El reclamo lo hicieron en su red social de Facebook, donde suelen expresarse.

El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia; integrado por Jorge Barbagelata, Silvina Gallo y Darío Perroud; condenó a 17 agentes a cumplir penas de entre 3 y 4 años de prisión al hallarlos culpables del delito de sedición agravada (por la función pública que desempeñaban). Luego, la Cámara de Casación Penal también los condenó por ser coautores de los delitos de sedición agravada y privación ilegítima de la libertad en concurso ideal. Ese fallo lo firmaron Marcela Davite, Hugo Perotti y Alejandro Grippo. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) dio marcha atrás con las penas de los agentes de la fuerza por cuestiones formales en el procedimiento.

La agrupación se expresa, básicamente, en las redes sociales. En rigor la más activa es Apropoler Sur, de Gualeguaychú. La de Paraná quedó desmembrada desde los hechos de sedición de diciembre del 2013.

Se trata de una organización minoritaria integrada por retirados y agentes en actividad con baja incidencia en la fuerza según reconstruyó Página Judicial de periodistas especializados.

Desde ese perfil, en el que dejan un teléfono, comentan novedades y se publican reclamos permanentemente. Esa organización supo tener al mando a Ricardo Raffo como una especie de secretario general. Hoy no aparecen nombres propios en la plataforma por la que se manifiestan.

Este miércoles, cuando algunos medios difundieron información de que en Entre Ríos no había inconvenientes, y mucho menos de la naturaleza que como el de la Policía Bonaerense, desde el sitio calificaron las publicaciones de “oficialistas”.

La organización no es un sindicato, porque la gramialización de la Policía no es legal. En torno a este punto hubo un debate que cada tanto surge, obviamente, en el peor de los contextos: con los policías, armados, en la calle.

El nombre pudo haber estado inspirado en una organización santafecina, Apropol, que este jueves tiene en su portada a representantes de esa entidad presentando un petitorio al Subjefe de Policía Ariel Zancochia.

Gremialización

Con la experiencia de Santa Fe es que el diputado provincial Jorge Monge presentó un proyecto de ley para permitir la sindicalización de la Policía. El radical proponía en 2015 reemplazar el Inciso L) del artículo 14 de la ley 5654 de Reglamento General de la Policía de Entre Ríos e incorporar la “obediencia debida” al reglamento policial para “proteger a la parte más débil de la cadena jerárquica”. En ese artículo, a través de una serie de ítems, se detallaban los derechos esenciales de los agentes en actividad.

Monge lo que buscaba era habilitar la posibilidad de desplegar actos y conductas tendientes a la sindicalización, supliendo el inciso L) actual por el siguiente texto: “El ascenso en la carrera policial por estricto orden de mérito, recibir capacitación permanente y equipamiento adecuados, asociarse libremente para la defensa de sus intereses y la convivencia familiar”.

Entendía que la asociación policial no debería alterar el normal funcionamiento del servicio de seguridad ya que consideraba que “en tanto no se aparten del orden jerárquico y la cadena de mandos vigentes, no incurrirá en faltas que conlleven sanciones”.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene un fallo en este sentido. En 2017, con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz, y la disidencia de Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, el máximo órgano de justicia del país sostuvo que el personal de las fuerzas policiales no tiene un derecho colectivo a sindicalizarse.

La Corte, luego de examinar el debate constituyente y legislativo sostuvo que el artículo 14 bis de la Constitución no concede el derecho a sindicalizarse al personal policial.
Fuente: Página Política

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