Coronavirus: En este duro momento, Federación retrocede de fase por 10 días


Frente a un cuadro complicado a raíz de la aceleración de los contagios en los últimos días, el municipio local avanzo con fuertes medidas para evitar un colapso en la estructura sanitaria. Lo hizo a través del decreto Nº 958/20, promulgado en la noche del este martes.

En tal sentido, 7Paginas pudo conocer los puntos más sobresalientes de dicho Decreto que tendrá vigencia hasta el 29 de octubre a la media noche del corriente año.

Quedan suspendidas:

Los practicas en los credos religiosos. Actividades deportivas autorizadas con anterioridad: deportes individuales, (Tenis, pádel, pelota a paleta, bádminton, golf, footgolf, equitación, tiro deportivo, tiro con arco, canotaje, remo, vela, natación en aguas abiertas y pesca deportivas de costas, ciclismo, trote) y por tanto las actividades en los Clubes. Actividades náuticas.

Actividades culturales al aire libre, actividades a desarrollarse en estudios de grabación y salas de ensayo musicales, actividades formativas, talleres y ensayos de disciplinas artísticas, los museos, archivos y galerías de exposición y/o venta de artes y bibliotecas, show en vivo, Ferias productivas y de emprendedores.

Se dispone SUSPENDER desde las 00 horas del 19 de octubre de 2020 y hasta el día 29 de octubre de 2020 inclusive la realización de las actividades gastronómicas con atención al público. Se habilita exclusivamente la actividad gastronómica por el sistema de delivery, en el horario de 7 a 24 horas. - 

Durante el término de la presente suspensión las actividades de los supermercados, despensas, drugstore, comercios minoristas y mayoristas independientemente de su rubro, prestaciones de servicios en general, sea en el horario de 7 a 20 horas de lunes a lunes.  Queda exceptuadas del horario las farmacias de turno, los servicios vinculados a la salud y el expendio de combustible respecto de los cuales no habrá limite horario. -

Asimismo, se recuerda que por DNU 754/20 se encuentran prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente.

Y que por Decreto Provincial nº 1006 se encuentra suspendido la actividad de los Gimnasios en todas las localidades de la provincia en los que existen casos ACTIVOS. -

Queda suspendida cualquier actividad y congleramiento de personas en la vía pública.

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