Hay dudas sobre la decisión del Superior Tribunal de sortear nuevos conjueces
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) informó esta mañana que realizará un sorteo para ampliar la lista de conjueces luego de que se agotara la que aprobó el Senado a instancias del Poder Ejecutivo · Esta decisión, sin embargo, genera polémica · El docente de Derecho Constitucional de la UCA, Matías Plugoboy, afirmó en declaraciones a APFDigital que existe jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que cuestiona este tipo de mecanismo y exige que los jueces de reemplazo cumplan las mismas condiciones que los titulares
El sorteo se llevará a cabo el próximo miércoles 21 debido
al agotamiento o insuficiencia del listado que remitió el Poder Ejecutivo con
acuerdo del Senado de la provincia, el cual contenía la nómina de abogados de
la matrícula que fueron designados para actuar en calidad de conjueces de
Vocales del Superior Tribunal de Justicia, informó el organismo judicial.
Al respecto, Plugoboy mencionó que esa circunstancia “está
prevista por la ley orgánica de Tribunales. Ante la imposibilidad de constituir
el Superior Tribunal con los conjueces, se puede hacer un sorteo entre los
abogados con quienes salen sorteados. La duda que se genera es sobre la
constitucionalidad de ese proceso de selección, habida cuenta de que la Corte
Suprema de Justicia de la Nación ha dictado fallos al respecto donde ha
establecido criterios que, entiendo, deben respetarse”.
El catedrático agregó que la Corte precisó que al conjuez
“debe tratárselo como a un juez. Es un abogado de la matrícula que ejercerá la
función jurisdiccional y, por ende, necesita estar dotado institucionalmente de
todas las protecciones y garantías para su independencia e imparcialidad.
Dentro de esos aspectos, la Corte ha señalado que aún cuando sea un proceso de
selección de abogados de la matrícula deben respetarse los canales
constitucionales previstos ordinariamente para la selección de funcionarios
judiciales. Esto quiere decir que no podría saltearse las etapas que la
Constitución establece para la elección del juez”, reseñó.
“Nombrar a un subrogante del Superior Tribunal sería
necesario que surja de una decisión del Poder Ejecutivo con el acuerdo del
Senado”, consignó. En línea con esto, agregó: “La Corte ha dicho que no se
puede elegir al voleo a cualquiera como conjuez”.
“Entiendo que la forma (para integrar más conjueces) es que
el Ejecutivo presente una nueva lista y que sea aprobada por el Senado”,
sostuvo. A la luz de los fallos de la Corte “queda una duda razonable sobre si
cómo lo están planteando (un sorteo llevado adelante por el propio STJ) está
bien hecho ”, añadió.
Esa duda razonable habilitaría a que cualquiera cuyo caso
sea tratado por uno o varios conjueces elegidos mediante sorteo cuestionara el
mecanismo y la constitucionalidad de la designación, reconoció Plugoboy,
profesor de Teoría y Derecho Constitucional en la carrera de Relaciones
Internacionales de la Facultad Teresa de Ávila (UCA – Paraná).
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