AGMER presentó ante el CGE las demandas sobre salud laboral rechazando el regreso arbitrario a la presencialidad
En el día de la fecha AGMER se hizo presente de forma virtual a la reunión de tales características que convocó el Consejo General de Educación; encuentro que nuestro sindicato venía solicitando.
Es de destacar que desde el inicio de la pandemia por el coronavirus
esta Comisión no había sido convocada para continuar con su funcionamiento
institucional.
En la reunión estuvieron presentes el Secretario General de
AGMER CDC, Marcelo Pagani; el Secretario Gremial AGMER CDC, Guillermo Zampedri;
Sergio Blanc, Secretario de Jubilados AGMER CDC, la vocal del CGE Representante
Docente por AGMER, Perla Florentín; Mauro Medina y Leandro Pozzi como
representantes de AGMER en la Comisión; representantes de AMET, UDA y SADOP. En
tanto que por el CGE fueron parte el Secretario General del organismo, Pablo
Vittor y el Vocal Político, Humberto José.
En el inicio Marcelo Pagani expresó las definiciones de
nuestro Plenario de Secretarios Generales y Congreso de AGMER que rechazan el
regreso inconsulto y arbitrario a la presencialidad en un Plan Jurisdiccional
para cuya aplicación no se cumplimenta con el consenso con los sindicatos
docentes ni con las medidas previas necesarias para el cuidado de la salud;
siendo sumamente necesario un diálogo real entre las partes. Esta falta de
diálogo fue ratificada como postura por los representantes de AMET, SADOP y
UDA.
Desde AGMER presentamos una nota formal con un conjunto de
demandas y propuestas que detallamos a continuación:
1)- Información detallada sobre las acciones, criterios,
condiciones y mecanismos de salud analizadas por el gobierno para determinar el
regreso a la presencialidad en instituciones educativas de la provincia de
Entre Ríos
2)- Información detallada sobre la aplicación del Plan
Jurisdiccional de regreso a clases presenciales y el Protocolo Provincial,
conteniendo el cronograma oficial de aperturas, transparentando dicha
información en tiempo y forma; junto con las acciones previas.
3)- Desde AGMER como integrantes de esta Comisión proponemos
el tratamiento de la siguiente agenda de trabajo:
a) Aplicación de los mecanismos de consenso con las
organizaciones sindicales docentes previstos por dicho Protocolo Provincial,
dado que el mismo no se ha cumplido, siendo de enorme relevancia para ello:
– Módulos de capacitación presencial de docentes y
comunidad, especialmente en lo atinente al cuidado de la salud, incluyendo la
contención emocional
– Elementos de protección para docentes y alumnos provistos
por el Estado
– Fortalecer las redes de comunicación con los centros de
salud, municipios, comunas y/o juntas de gobierno para la búsqueda de
soluciones a las problemáticas que se presenten.
-Articulación con las acciones de infraestructura que
garanticen espacios aptos para el distanciamiento social, la provisión de agua
potable, higiene y limpieza, baños en condiciones y ventilación.
-Los procedimientos necesarios y detallados ante casos
probables o sospechosos de COVID detectados en la institución
b)- Resolución 2490. Marco de aplicación y proyecto de AGMER
sobre su precisión modificando la Resolución 674/20 en relación a Art 12 de
nuestro régimen de licencias (Licencias de atención a la salud) para los
docentes con covid 19
c)- Teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución N°
207/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación,
donde se considera como población de riesgo a: mayores de 60 años; embarazadas;
personas con enfermedades respiratorias crónicas, enfermedades cardíacas,
inmunodeficiencias, diabetes o insuficiencia renal.
AGMER relevó desde su Instituto de Investigaciones y
Estadísticas al respecto que un 19% de casos encuestados forma parte de alguno
de estos grupos de riesgo, en tanto que dentro de este subconjunto la opción
más recurrente es la de enfermedades respiratorias crónicas con un 47% (lo que
equivale a un 9% del total), seguida de las enfermedades cardíacas con un 20%,
diabetes con un 18%, inmunodeficiencias con un 15%, embarazadas con un 7%,
mayores de 60 años con un 5% e insuficiencias renales con un 4% (todas ellas oscilando
entre el 4% y el 1% sobre el total de los casos).
Se requiere por tanto una sistematización ágil que
rápidamente de cuenta de estas situaciones
d)- Fortalecer la comunicación desde Direcciones
Departamentales hacia las Supervisiones y Equipos Directivos en el sentido del
artículo 3º de la Resolución 674/20 del CGE sobre la información a Recursos
Humanos del Consejo del personal que asiste a las escuelas con detalles de día,
horario y labor que debe desempeñar, a los efectos de dar marco de aplicación
al reconocimiento del Covid 19 como enfermedad profesional.
e)- Habilitar licencias y los mecanismos de cobertura de
suplencias para todos aquellos casos de fatiga visual, contractura cervical,
dolores oseoarticulomusculares, dolores de cabeza, stress. Visar las licencias
sin intervenciones de las auditorías médicas que han generado dificultades
innecesarias en contexto de pandemia.
f)- Cumplimentar lo atinente a los puntos 4 y 5 del Acuerdo
Paritario de Condiciones Laborales homologado en el orden federal ante el
Ministerio de Trabajo en Junio del presente año, y que preservan ante la
dinámica de la sobrecarga laboral que repercute en la salud de los docentes en
contexto de pandemia a saber:
Punto 5 del Acuerdo Paritario: JORNADA DE TRABAJO. Los y las
docentes llevarán a cabo sus actividades bajo el criterio organizador de
respetar un tiempo laboral equivalente a la carga horaria que determina el
cargo y/u hora cátedra por el que han sido designados/as, sin tener que
sobrecargarla en virtud de la excepcionalidad del formato de trabajo pedagógico
que imponen las circunstancias actuales. Asimismo, se deberá observar el
derecho a la preservación de su intimidad familiar y al descanso, en términos
de acotaciones horarias. Con el mismo criterio de ordenamiento, las autoridades
jurisdiccionales arbitrarán los medios necesarios para organizar regularmente
los procesos de comunicación entre supervisión, equipos directivos, equipos
docentes, familias y estudiantes. Esta cláusula se tomará como base el derecho
a la desconexión digital en los horarios que el/la docente no pone a
disposición su trabajo en el marco de la relación laboral.
Punto 6 del Acuerdo Paritario: RIESGOS DE TRABAJO. En todos
los casos deberá asegurarse la cobertura de riesgos de trabajo, comprensiva de
accidentes y enfermedades profesionales, para el trabajo docente en contexto
virtual o no presencial conforme con la normativa y marco jurídico de aplicación
que en cada jurisdicción corresponda.
g)- Rol del Instituto del Seguro como ART de los docentes
del sector público ante la pandemia y en relación al punto precedente.
Requerimos información transparente del mismo y demandamos inspecciones con recomendaciones
acerca de la apertura de escuelas en los marcos del Plan de Mejoramiento de
Condiciones de Higiene y Seguridad de acuerdo al artículo 4º de la Ley 24.557
de Riesgos de Trabajo.
h)- Reconocimiento formal del IAPSER del domicilio de los
docentes actual como su lugar de trabajo y AGMER ha solicitado mediante
expediente 2437549. Información clara y precisa por parte de este organismo
respecto a la cobertura de ART en pandemia
i)- Información clara y precisa por parte de la ART sobre
los pasos requeridos para denunciar al COVID 19 como enfermedad profesional
docente
j)- Trabajar desde ahora en la solicitud del Ministro de
Educación de la Nación de incluir a los docentes como prioritarios en la futura
vacuna contra el COVID 19.
Desde los representantes del gobierno expresaron voluntad de
tomar estos puntos y volver a convocar a la Comisión en un plazo de 15 días o
un mes, dando por finalizada la reunión.
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