La disputa entre el Superior Tribunal y los abogados por los honorarios escala a un nuevo estadio
Desde que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dispuso por acordada regular los honorarios profesionales de quienes ejercen el derecho, el Colegio de Abogados ha llevado adelante diversas formas de protesta para cambiar esta decisión. En un fallo reciente del alto cuerpo integrado por conjueces, los letrados se apartaron del texto del acuerdo y fijaron la retribución de los profesionales que actuaron con otro criterio.
El fallo “Pabón Ezpeleta” no solo ratificó el criterio de
constitucionalidad de la ley de emergencia provincial, sino que mostró un nuevo
round en la pelea entre el Superior Tribunal de Justicia y los abogados por la
valuación de los honorarios profesionales.
La disputa comenzó cuando el STJ en acuerdo general resolvió
establecer como parámetro mínimo regulatorio de honorarios profesionales en el
proceso de amparos -genéricos y especiales- 35 juristas al vencedor en primera
instancia, y 70 % de ese monto al vencido, al momento de la regulación. Y por
la labor en la alzada -de corresponder- el 40 % de la suma que fijada en la
primera instancia. El valor del jurista es, en este momento, de $ 780 por
unidad
Ese criterio deberían haber seguido los conjueces (abogados
convocados especialmente para resolver un caso donde está comprometida la
imparcialidad de los magistrados) en el marco de la causa “Pabón Ezpeleta”
contra los descuentos de la ley de emergencia. Sin embargo no fue así. Sólo
Martín Acevedo Miño convalidó el criterio de la acordada, estableciendo las
siguientes retribuciones:
- A Julio César Rodríguez Signes y Lautaro Dato y a los
letrados de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos
Sergio G. Colja, Guillermina Jozami y Natalia María del Huerto Barsanti $ 5.460
para cada uno por su labor en primera instancia más $ 2.184 por su tarea en la
apelación.
- Al letrado de los amparistas, Dr. Carlos Horacio Beherán,
$ 19.110 y $ 7.644, respectivamente.
Pero el parámetro de la acordada fue dejado de lado por sus
pares Gabriela Ceballos; Alejandro Canavesio (actual presidente del Colegio de
Abogados); Enrique Marciano Martínez y Gastón Justet quienes esgrimieron que lo
resuelto por el STJ sobre los honorarios “no es ajustado a derecho” y resulta
“violatorio de normas constitucionales” en casi todos los casos.
La regulación que establecieron, y que terminó siendo la
definitiva, fue superior:
- A Julio César Rodríguez Signes y Lautaro Dato y a los
letrados de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos
Sergio G. Colja, Guillermina Jozami y Natalia María del Huerto Barsanti $ 7.800
para cada uno por su labor en primera instancia más $ 3.120 por su tarea en la
apelación.
- Al letrado de los amparistas, Dr. Carlos Horacio Béherán,
$ 23.300 y $ 9.320, respectivamente.
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