Oficializaron la nueva reglamentación para facilitar el acceso al cannabis medicinal
La ley "facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos". La norma establece que las obras sociales, el Estado y las prepagas "garanticen" ese acceso.
Una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de
cannabis que "facilita e impulsa la investigación científica orientada a
los posibles usos terapéuticos", busca asegurar "el acceso a las
terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias",
incluso a través del "autocultivo o el cultivo solidario", quedó
oficializada, con la publicación del Decreto 883/2020 en el Boletín Oficial.
La norma establece además que las obras sociales, el Estado
y las prepagas "garanticen" ese acceso.
También, se le otorga al médico "un rol fundamental en
el acompañamiento de los pacientes" y se contempla la provisión "en
forma gratuita por parte del Estado" de derivados de la planta a quienes
tengan "indicación médica".
Fuentes oficiales indicaron que este decreto reglamentario,
firmado por el presidente Alberto Fernández, deroga y reemplaza la
reglamentación dispuesta en 2017.
Además, se crea el "Programa Nacional para el Estudio y
la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y
Tratamientos No Convencionales" en el marco del Ministerio de Salud.
"El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser
garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el
Estado para quienes no posean cobertura de salud", señala la
reglamentación oficial
El nuevo decreto reglamentario "facilita e impulsa la
investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos y avanza en
garantizar el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los
usuarios y usuarias, otorgándole al médico un rol fundamental en el
acompañamiento de los pacientes", indicaron los portavoces.
Entre los objetivos figuran "la promoción dirigida a
equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementación de
acciones de concientización sobre el uso del cannabis y sus derivados".
También, apunta al "desarrollo de guías de asistencia,
tratamiento y accesibilidad; la provisión en forma gratuita por parte del
Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicación
médica y con cobertura pública exclusiva, y el impulso de investigaciones
relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis
y sus derivados".
Asimismo, "se autoriza, previa inscripción en el nuevo
Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a
través del autocultivo, el cultivo solidario o bien a través de la utilización
de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicación médica".
"El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser
garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el
Estado para quienes no posean cobertura de salud", señala la
reglamentación oficial.
El Estado brindará colaboración técnica para impulsar la
producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual
industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación
También el Estado "brindará colaboración técnica para
impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su
eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de
investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos
nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos".
El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) podrán
cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el encargado
de regular "las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento
de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de
los productos vegetales", establece la medida.
Los portavoces destacaron que "la nueva reglamentación
surge de un proceso de diálogo entre el Ministerio de Salud con organizaciones
no gubernamentales, sociedades científicas y organismos públicos
involucrados".
Además, tiene el aval del "Consejo Consultivo Honorario
sobre la Investigación Médica y Científica del Uso de la Planta de Cannabis y
sus derivados", creado por la ley 27.350, integrado por organizaciones de
madres y usuarios de aceite de cannabis para fines terapéuticos, organismos
estatales con competencias en la materia como la ANMAT, el INTA, el Instituto
Nacional de Semillas, el CONICET, la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos
y la Comisión Nacional de evaluación de Tecnologías en Salud".
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