Abogados penalistas defendieron el juicio por jurados y cuestionaron a Fiscalía


La Asociación de Pensamiento Penal (APP), capítulo Entre Ríos, emitió un documento en el plantearon una fuerte defensa del juicio por jurados como un instituto que el pueblo pueda incidir en las decisiones de la Justicia · Fue a raíz de la Instrucción General que ordenó a las Fiscalías a dejar de lado este mecanismo en causas de género o de abuso de menores donde se dicen “mentiras”, sostuvo la entidad · Exigieron “respeto por la democracia”

 

La Instrucción General 02 dictada por la plana mayor del Ministerio Público Fiscal (el procurador general Jorge Amilcar Luciano García y el Consejo de Fiscales) mediante la cual se ordena a todas las fiscalías de la provincia que traten de impedir que los juicios por violencia de género y abuso de menores se tramite mediante el sistema de juicio por jurados generó una fuerte reacción en la Asociación de Pensamiento Penal (APP), que agrupa a los abogados penalistas de la provincia.

 

“Hace un año, la legislatura entrerriana en un hecho inédito y por unanimidad, luego de un proceso deliberativo que contó con el aporte de ONGs, personas de la Academia, funcionarios y funcionarias del poder judicial, del Colegio de Abogados, de asociaciones de víctimas del delito, y de ciudadanos y ciudadanas que se interesaban por el tema, decidió sancionar la Ley de Juicios por Jurados”, expresó la entidad a través de un documento publicado en sus redes sociales.

 

Esto implicó “nada menos que el pueblo tenga por primera vez posibilidad de decidir en las decisiones del Poder Judicial”, dado que “ el Poder Judicial, era el único de los tres poderes del Estado en el que el pueblo no poseía ningún tipo de injerencia, ni elegía a sus miembros, ni participaba en sus decisiones”  destacó la APP.

 

“No sabemos, no lo sabremos hasta que el sistema ruede en la práctica, si el resultado será todo lo promisorio que creemos o todo lo catastrófico que vaticinan quienes descreen de él. Lo cierto es que el resultado positivo o negativo del mismo, tendrá la legitimidad de haber salido del mismo pueblo”, precisó la entidad, a la vez que subrayó: “La importancia está dada en que las propias personas que nos van a juzgar son también las que sufren hoy por hoy, las consecuencias de las decisiones (acertadas o erradas) de la propia justicia”.

 

· Decisiones

 

En un segundo tramo del escrito, la APP marcó: “Este mismo pueblo debe saber que en Entre Ríos quien decide qué casos o juicios son los que se siguen, se acuerdan, terminan en soluciones alternativas o directamente se archivan, es una potestad que recaía en forma exclusiva en el Ministerio Público Fiscal, como titular de la acción pública. Este Ministerio Público Fiscal es el que actualmente está en manos de un funcionario que se llama Procurador General de la Provincia (por García) y que es quien decide, en definitiva, quién va a ser investigado/a o cuál proceso o persona llegará a juicio o se resolverá de otro modo y de qué modo”.

 

Debido a esta armado donde todo está en manos de una persona, la Asociación reclamó: “Como todas las decisiones del Estado, estas decisiones necesitan también ser controladas, porque de lo contrario podríamos caer en una persecución o discrecionalidad intolerable para quienes militamos un Estado Constitucional y Democrático de Derecho. Dicho control debe estar en manos de las propias leyes que marcan su actuación, por un lado y por los jueces que deben velar porque se mantenga en sus carriles”.

 

“Para que se entienda, las leyes le marcan los límites de la actuación y los jueces les exigen dicho cumplimiento” al Procurador y a las fiscalías a su cargo. Pero “lo cierto es que como en este caso (por el juicio por jurado), las leyes no les gustan porque los limitan critican el sistema legislativo, y los jueces que se animaron a poner algún límite han sido denostados incluso con críticas públicas totalmente indecorosas e irrespetuosas”, recordó la institución.

 

“En los últimos días del año que se fue se conocieron dos situaciones que ameritan llamar a la reflexión sobre la actuación de la Procuración. Una de ellas está vinculada al traslado de un Fiscal de la provincia a otra localidad, luego de ser denunciado por violencia de género en la ciudad donde prestaba funciones”, detalló. La referencia es al fiscal Federico Uriburu, quien por disposicón de García pasó de Nogoyá a Tala.

 

“La segunda situación conocida, pero no por ello menos grave, es el dictado de una orden general destinada a la totalidad de las y los fiscales de la provincia para que cuando se tengan que realizar investigaciones y luego juicios relacionados con violencia de género, se opongan a la conformación de jurados populares, es decir, que sólo sean juzgados por jueces técnicos”, señaló.

 

“Sin perjuicio de la discusión doctrinaria y académica que seguramente haremos en otra oportunidad, no podemos menos que marcar algunas mentiras que se dicen como fundamentos de la resolución general”, consignó la APP.

 

“Debemos saber que en el País, se han llevado a cabo cientos de juicios por jurados que involucren cuestiones de género o que involucran a menores en cuestiones sexuales y nunca hubo ningún tipo de problema de índole constitucional o de cuestionamiento de la capacidad o no de los jurados para juzgar este tipo de casos. Por el contrario, la legitimación de esos juicios es precisamente lo llamativo. Los ciudadanos de Entre Ríos, somos tan capaces como los de Buenos Aires, Chubut, Chaco o cualquier otro argentino”, remarcó la Asociación

 

Asimismo, expresó: “Decir que la Corte Interamericana de Derechos Humanos se manifestó en contra de estos procesos frente a jurados populares también es falso”.

 

“La Fiscalía fue invitada y escuchada en todo el proceso pre-legislativo. Hicieron oír sus objeciones, aunque lo que objetaban tenía que ver con cuestiones presupuestarias. Se habla de la ley Micaela, olvidando que quien terminó con la vida de la joven fue un sujeto que había sido condenado en juicio abreviado con arreglo y acuerdo precisamente del fiscal (Diego)Young, miembro del Ministerio Fiscal”, consignó la institución.

 

“No es bueno escudarse en una supuesta superioridad intelectual o cultural denigrando al pueblo. Nunca. Respetemos la democracia. Respetemos la posibilidad de participar en la funcion judicial del Estado. Hasta este momento no se le permitió, y el desprestigio y la desconfianza en la Justicia es enorme. Es hora de intentar cumplir la Constitución. Creemos que este tipo de decisiones ausentes de control no hacen más que continuar el proceso de desconfianza ya vigente hacia la Justicia”, definió.

 

“Sin lugar a dudas que creemos que el Juicio por Jurados populares, surgidos del mismo pueblo, es la mejor justicia que una sociedad puede tener. No podemos subestimar al pueblo ni desconfiar de nosotros mismos”. No creemos que el conocimiento jurídico convierta a las personas y otorgue la exclusividad para conocer y saber cuándo estamos frente a un delito y cuándo no o cuando alguien es culpable o no culpable. No hace falta ir a la facultad para tener sentido común, y difícilmente la facultad pueda enseñar lo que sucede cuando uno es víctima de un delito, o del otro lado, de una persecución arbitraria”, sentenció la APP.

 

“Es precisamente el pueblo quien sufre ambos atropellos. ¿Cómo se puede siquiera atreverse a pensar que no está capacitado para entender en esos temas? Ciertamente, creemos que lo que se esconde es una pelea de la que, nuevamente, el pueblo está ajeno Una puja de poder. El pueblo vino a limitar ese poder tan fuerte y eso es lo que creemos generan estas decisiones que nuevamente alejan a la función judicial de la Justicia verdadera y del pueblo”, concluyó el documento.

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