Abogados penalistas defendieron el juicio por jurados y cuestionaron a Fiscalía
La Asociación de Pensamiento Penal (APP), capítulo Entre Ríos, emitió un documento en el plantearon una fuerte defensa del juicio por jurados como un instituto que el pueblo pueda incidir en las decisiones de la Justicia · Fue a raíz de la Instrucción General que ordenó a las Fiscalías a dejar de lado este mecanismo en causas de género o de abuso de menores donde se dicen “mentiras”, sostuvo la entidad · Exigieron “respeto por la democracia”
La Instrucción General 02 dictada por la plana mayor del
Ministerio Público Fiscal (el procurador general Jorge Amilcar Luciano García y
el Consejo de Fiscales) mediante la cual se ordena a todas las fiscalías de la
provincia que traten de impedir que los juicios por violencia de género y abuso
de menores se tramite mediante el sistema de juicio por jurados generó una
fuerte reacción en la Asociación de Pensamiento Penal (APP), que agrupa a los
abogados penalistas de la provincia.
“Hace un año, la legislatura entrerriana en un hecho inédito
y por unanimidad, luego de un proceso deliberativo que contó con el aporte de
ONGs, personas de la Academia, funcionarios y funcionarias del poder judicial,
del Colegio de Abogados, de asociaciones de víctimas del delito, y de
ciudadanos y ciudadanas que se interesaban por el tema, decidió sancionar la
Ley de Juicios por Jurados”, expresó la entidad a través de un documento
publicado en sus redes sociales.
Esto implicó “nada menos que el pueblo tenga por primera vez
posibilidad de decidir en las decisiones del Poder Judicial”, dado que “ el
Poder Judicial, era el único de los tres poderes del Estado en el que el pueblo
no poseía ningún tipo de injerencia, ni elegía a sus miembros, ni participaba
en sus decisiones” destacó la APP.
“No sabemos, no lo sabremos hasta que el sistema ruede en la
práctica, si el resultado será todo lo promisorio que creemos o todo lo
catastrófico que vaticinan quienes descreen de él. Lo cierto es que el
resultado positivo o negativo del mismo, tendrá la legitimidad de haber salido
del mismo pueblo”, precisó la entidad, a la vez que subrayó: “La importancia
está dada en que las propias personas que nos van a juzgar son también las que
sufren hoy por hoy, las consecuencias de las decisiones (acertadas o erradas)
de la propia justicia”.
· Decisiones
En un segundo tramo del escrito, la APP marcó: “Este mismo
pueblo debe saber que en Entre Ríos quien decide qué casos o juicios son los
que se siguen, se acuerdan, terminan en soluciones alternativas o directamente
se archivan, es una potestad que recaía en forma exclusiva en el Ministerio
Público Fiscal, como titular de la acción pública. Este Ministerio Público
Fiscal es el que actualmente está en manos de un funcionario que se llama
Procurador General de la Provincia (por García) y que es quien decide, en
definitiva, quién va a ser investigado/a o cuál proceso o persona llegará a
juicio o se resolverá de otro modo y de qué modo”.
Debido a esta armado donde todo está en manos de una
persona, la Asociación reclamó: “Como todas las decisiones del Estado, estas
decisiones necesitan también ser controladas, porque de lo contrario podríamos
caer en una persecución o discrecionalidad intolerable para quienes militamos
un Estado Constitucional y Democrático de Derecho. Dicho control debe estar en
manos de las propias leyes que marcan su actuación, por un lado y por los
jueces que deben velar porque se mantenga en sus carriles”.
“Para que se entienda, las leyes le marcan los límites de la
actuación y los jueces les exigen dicho cumplimiento” al Procurador y a las
fiscalías a su cargo. Pero “lo cierto es que como en este caso (por el juicio
por jurado), las leyes no les gustan porque los limitan critican el sistema
legislativo, y los jueces que se animaron a poner algún límite han sido
denostados incluso con críticas públicas totalmente indecorosas e
irrespetuosas”, recordó la institución.
“En los últimos días del año que se fue se conocieron dos
situaciones que ameritan llamar a la reflexión sobre la actuación de la
Procuración. Una de ellas está vinculada al traslado de un Fiscal de la
provincia a otra localidad, luego de ser denunciado por violencia de género en
la ciudad donde prestaba funciones”, detalló. La referencia es al fiscal
Federico Uriburu, quien por disposicón de García pasó de Nogoyá a Tala.
“La segunda situación conocida, pero no por ello menos
grave, es el dictado de una orden general destinada a la totalidad de las y los
fiscales de la provincia para que cuando se tengan que realizar investigaciones
y luego juicios relacionados con violencia de género, se opongan a la
conformación de jurados populares, es decir, que sólo sean juzgados por jueces
técnicos”, señaló.
“Sin perjuicio de la discusión doctrinaria y académica que
seguramente haremos en otra oportunidad, no podemos menos que marcar algunas
mentiras que se dicen como fundamentos de la resolución general”, consignó la
APP.
“Debemos saber que en el País, se han llevado a cabo cientos
de juicios por jurados que involucren cuestiones de género o que involucran a
menores en cuestiones sexuales y nunca hubo ningún tipo de problema de índole
constitucional o de cuestionamiento de la capacidad o no de los jurados para
juzgar este tipo de casos. Por el contrario, la legitimación de esos juicios es
precisamente lo llamativo. Los ciudadanos de Entre Ríos, somos tan capaces como
los de Buenos Aires, Chubut, Chaco o cualquier otro argentino”, remarcó la
Asociación
Asimismo, expresó: “Decir que la Corte Interamericana de
Derechos Humanos se manifestó en contra de estos procesos frente a jurados
populares también es falso”.
“La Fiscalía fue invitada y escuchada en todo el proceso
pre-legislativo. Hicieron oír sus objeciones, aunque lo que objetaban tenía que
ver con cuestiones presupuestarias. Se habla de la ley Micaela, olvidando que
quien terminó con la vida de la joven fue un sujeto que había sido condenado en
juicio abreviado con arreglo y acuerdo precisamente del fiscal (Diego)Young,
miembro del Ministerio Fiscal”, consignó la institución.
“No es bueno escudarse en una supuesta superioridad
intelectual o cultural denigrando al pueblo. Nunca. Respetemos la democracia.
Respetemos la posibilidad de participar en la funcion judicial del Estado.
Hasta este momento no se le permitió, y el desprestigio y la desconfianza en la
Justicia es enorme. Es hora de intentar cumplir la Constitución. Creemos que
este tipo de decisiones ausentes de control no hacen más que continuar el proceso
de desconfianza ya vigente hacia la Justicia”, definió.
“Sin lugar a dudas que creemos que el Juicio por Jurados
populares, surgidos del mismo pueblo, es la mejor justicia que una sociedad
puede tener. No podemos subestimar al pueblo ni desconfiar de nosotros mismos”.
No creemos que el conocimiento jurídico convierta a las personas y otorgue la
exclusividad para conocer y saber cuándo estamos frente a un delito y cuándo no
o cuando alguien es culpable o no culpable. No hace falta ir a la facultad para
tener sentido común, y difícilmente la facultad pueda enseñar lo que sucede
cuando uno es víctima de un delito, o del otro lado, de una persecución
arbitraria”, sentenció la APP.
“Es precisamente el pueblo quien sufre ambos atropellos.
¿Cómo se puede siquiera atreverse a pensar que no está capacitado para entender
en esos temas? Ciertamente, creemos que lo que se esconde es una pelea de la
que, nuevamente, el pueblo está ajeno Una puja de poder. El pueblo vino a
limitar ese poder tan fuerte y eso es lo que creemos generan estas decisiones
que nuevamente alejan a la función judicial de la Justicia verdadera y del
pueblo”, concluyó el documento.
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