Se conoció el decreto que refiere a las restricciones para Federación


En síntesis, el decreto Municipal N° 328/21|, adhiere al Decreto N° 605/2021 del Gobierno Provincial, sin perjuicio de la vigencia del DNU N° 235-2021 y por lo tanto restringe en el territorio de la ciudad de Federación y su ejido la circulación de personas entre los días lunes a jueves en la franja horaria entre las 00 hs. y 06 hs. y los días viernes, sábado y domingo entre las 01 hs. y 06 hs., en ambos casos con una tolerancia de 30 minutos.

Las medidas dispuestas por este Decreto, según supo 7Paginas, tendrán vigencia desde el viernes 9 de abril, hasta el viernes 30 del mismo mes inclusive, del corriente año.

En el mismo, se aclara que la actividad comercial tendrá la misma restricción horaria establecidas para toda la ciudad y se establece también que se prohíbe la realización de actividades y reuniones sociales en espacios al aire libre con más de 100 personas. Las actividades declaradas esenciales y los ciudadanos afectados a ellas quedan exceptuados.

El Municipio hizo saber también que ante el incumplimiento tanto del Decreto Municipal, como el Provincial y Nacional, podrá imponer Multas y en caso de establecimientos hasta la clausura del mismo y que podrá solicitar la colaboración de la Policía de Entre Ríos para el control y cumplimiento de lo dispuesto.

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