¿Golpe judicial? Un fallo de la Justicia intima a Alberto Fernández a dejar de emitir DNU
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional insta al primer mandatario a limitar la legislación vía DNU.
En el marco de una serie de Decretos de Necesidad y Urgencia
emitidos por el presidente Alberto Fernández, la Justicia emitió un fallo que
contundente. Este viernes 30 de abril la Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Criminal y Correccional insta al primer mandatario a limitar la legislación vía
DNU.
La presentación judicial había sido impulsada por abogados
de la Fundación Apolo, creada en 2016, quienes explicaron: "Mediante los
últimos DNU, el Poder Ejecutivo Nacional ha limitado la libertad ambulatoria de
las personas en todo el territorio nacional; es decir, el Presidente de la
Nación ha vulnerado, a través de sus medidas restrictivas, un derecho
constitucional fundamental: el de circular libremente".
"Como respuesta, y en defensa de las libertades y
derechos individuales que la Constitución Nacional y los tratados
internacionales garantizan, la Fundación Apolo actuó oportunamente en
consecuencia mediante un habeas corpus individual —que presentó su presidente,
Antonio Fratamico, ante las autoridades de la Justicia Federal— para que se
garantizara el derecho constitucional de circular libremente por la vía pública
sin temor de ser detenido en el contexto de la pandemia del coronavirus",
argumentaron.
Entre los principales párrafos de la sentencia se consigna:
“El análisis actual, a pesar de la calamitosa realidad sanitaria, no puede -ni
debe- desatender el alcance ciertamente restrictivo que los constituyentes del
año 1994 asignaron a este resorte catalogado como de necesidad y urgencia. Lo
contrario importaría, prácticamente, negar las bases constitucionales sobre las
que se erige todo estado de derecho y que nunca deben dejar de ser norte de
todo gobierno”.
"Actualmente el Poder Ejecutivo continúa recurriendo,
con un uso desmedido, al dictado de los D.N.U. en los que se invoca la
emergencia derivada de la pandemia del Covid-19 para pretender justificar la
necesidad de suspender, restringir y alterar el normal y libre ejercicio de
ciertos derechos (art. 14 de la Constitución Nacional). A esta altura ya no es
posible sostener que la herramienta legal utilizada sea respetuosa del
principio republicano de gobierno (art. 1 de la Carta Fundamental) y de todo
Estado de derecho", señala el texto resolutivo.
"Esa manera que tiene el Gobierno de eludir sus
obligaciones y compromisos mediante pretextos no es más que negar las bases
constitucionales sobre las que se erige todo Estado de Derecho y a las que
nunca debe darse la espalda", concluyeron desde la Fundación.
Los jueces firmantes Magdalena Laiño, Julio Marcelo Lucini e
Ignacio Rodríguez Varela habilitó el habeas corpus, e intimaron a Alberto
Fernández a no emitir más DNU, por lo que las restricciones deberían, a partir
de ahora, analizarse y aprobarse en el Parlamento, según lo observador por el
tribunal.
Fueron notificados asimismo tanto el jefe de Gabinete
Santiago Cafiero como Sergio Massa y Cristina Fernández de Kirchner, como
titulares de ambas cámaras legislativas.
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