Chajarí: el municipio presenta el nuevo registro único digital de demanda de vivienda
Será en una conferencia de prensa que se realizará este martes 28 de septiembre, a las 10 hs., en Sala Independencia del Centro Cultural.
El acto contará con la presencia del Intendente Pedro
Galimberti, la Secretaria de Gobierno y Hacienda del Gobierno de Chajarí María
Elisa Moix, y el Secretario de Modernización y Gestión Gustavo Pizzio.
La Ordenanza Nº 2454 que establece el nuevo Registro Único
Digital de Demanda de Vivienda fue aprobada en la sesión del Concejo
Deliberante del 21 de julio pasado, en la cual, además de la digitalización de
la inscripción, se modificó a 18 años la edad mínima para poder registrase.
La nueva Ordenanza indica que el Registro Municipal de Demanda
Habitacional de Chajarí tendrá carácter público. La inscripción será efectuada
a instancias del demandante en un formulario digital que dispondrá el Gobierno
municipal en www.chajari.gob.ar.
De esta manera, inscribirse o actualizar los datos en el Registro
Único de Demanda de Vivienda será más simple y rápido. Para hacerlo se debe
tener una cuenta de correo electrónico e ingresar a la página y completar un
formulario digital con la información personal del titular, la del conyugue o
conviviente y la del grupo familiar, la información de salud y discapacidad, y
la situación habitacional actual.
Con este registro se accederá a un puntaje que establecerá
el orden de mérito para la entrega de viviendas. Además, con usuario y
contraseña, desde una computadora o el celular, el interesado podrá actualizar
la información todas las veces que sea necesario.
Las actuales inscripciones en el Registro, con la
documentación respaldatoria en soporte papel, tendrá vigencia hasta el 31 de
Diciembre del corriente año. Luego de dicha fecha la documentación será
remitida a Archivo. De esta manera, desde el Municipio se continúa
implementando la política de despapelización del Estado, generando optimización
del espacio físico y la dinamización de los procedimientos administrativos.
El listado con el orden de prelación de los inscriptos en el
Registro Municipal Único y Permanente de Demanda Habitacional es dinámico y se
actualizará en forma automática, cada vez que se registre una nueva inscripción
o se modifique la información de los demandantes.
El mismo será de consulta pública en www.chajari.gob.ar. Tal
publicación se realizará a los efectos de brindar a los solicitantes la
posibilidad de plantear objeciones, reclamos o subsanar errores que pudieran
presentarse a la hora de la inscripción y/o constatación. Las objeciones y
reclamos podrán realizarse hasta 10 días hábiles previos a la pre-adjudicación.
Luego de expirado ese período el trámite continuará su curso. La resolución de
los reclamos deberá realizarse durante los siguientes 10 días hábiles.
El demandante deberá inscribirse en una de las siguientes 3
categorías: Demanda de Vivienda con terreno; Demanda de Vivienda y Demanda de
terreno; y mantener su legajo actualizado, si correspondiere. En caso que
resulte necesario la Oficina de Vivienda colaborará con el demandante en la
carga y actualización del legajo.
La información del legajo digital del demandante tendrá
carácter de Declaración Jurada. En aquellos casos que se presentare alguna
duda, el cumplimiento de los requisitos podrá constatarse a través de
Trabajadores Sociales o instituciones públicas que puedan acreditar la
veracidad de los datos expuestos en la inscripción. La comprobación del
falseamiento de datos y documentación requeridos para la inscripción en el Registro
será causal de baja automática del demandante o beneficiario de la vivienda.
Cabe recordar que el Registro Municipal Único y Permanente
de Demanda Habitacional es llevado a cabo a través del Organismo Autárquico
Administrador de la Vivienda del Gobierno de Chajarí. Contando actualmente con
un total aproximado de 1.400 legajos.
Los requisitos para inscribirse son los siguientes: Los
titulares No podrán tener vivienda, ni propiedad, posesión, titularidad,
escritura o boleto de compra venta de inmueble a su nombre. Tampoco su cónyuge
y/o conviviente.
En caso de realizar la inscripción para “construcción de
vivienda con terreno”, éste deberá ser su única posesión inmueble y estar a
nombre del demandante con la situación dominial regularizada y libre de deudas
impositivas.
Tener residencia demostrable y constancia de domicilio en la
ciudad de Chajarí, con al menos 10 años de antigüedad continua e inmediata. En
el caso de parejas, tener libreta de familia o certificado de convivencia. No
registrar deudas alimentarias. Ser mayor de 18 años. No haber sido
adjudicatario de viviendas otorgadas por el Estado Nacional, Provincial o
Municipal. No superar ingresos registrados superiores a 5 salarios mínimos
vital y móvil. En el caso de monotributistas, no superar la categoría F.
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