El jueves vence el plazo para adherirse al Régimen de Regularizaciones de la ATER
Hasta el jueves 30 de septiembre hay tiempo de suscribir vía web o de sacar turno de atención presencial para cogerse al sistema de regularización lanzado por la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER). Confirman que no habrá nueva extensión de plazos
El director Ejecutivo de ATER, Germán Grané, puso en relieve
la destacó nuevamente la voluntad de cumplimiento de los entrerrianos que al
cabo de la prórroga establecida a fines de julio, supera las 100.000
suscripciones y puso en relieve la relevancia
"Lo recaudado permite continuar sosteniendo el conjunto
de obras de infraestructura, los programas de reactivación económica y
asistencia a los sectores afectados por la pandemia, los programas de
asistencia sanitaria permanentes, las becas a estudiantes, entre otros, y de
igual manera, le permite al vecino acceder a los descuentos y beneficios de
buen contribuyente", sostuvo.
El régimen de regularización fiscal 2021 establecido
mediante el Decreto 472/21 M.E.H.F se encuentra en vigencia desde el pasado 3
de mayo y fué extendido hasta este jueves permitiendo la cancelación voluntaria
de obligaciones de pequeños, medianos y grandes deudores, otorgando hasta 36
cuotas e importantes reducciones de multas e intereses para los grupos de contribuyentes
más pequeños.
Hasta el 30 de septiembre se podrán sacar turnos
Desde el área de Interior, confirmaron que si bien no se
prevé una nueva extensión del programa, los contribuyentes que según su
categorización opten por la gestión presencial tendrán tiempo de obtener el
turno correspondiente hasta las 23:59 del mismo jueves 30 y luego concurrir en
la fecha y hora convenida.
En tanto quienes deseen suscribir vía web desde los
servicios de ATER con clave fiscal lo podrán hacer durante el jueves 30 como
última posibilidad.
Requisitos para suscribirse
Desde el área de impuestos, recordaron también que para
acceder a los beneficios, los contribuyentes deben primero regularizar las
obligaciones 2021 con vencimientos a partir del mes de febrero del corriente
(incluyendo los deberes formales en lo referido a impuestos declarativos); y
también, adherir al Domicilio Fiscal Electrónico de ATER.
Finalmente, recordaron consultar detalles, beneficios,
turnos de atención y videotutoriales para la autogestión del beneficio en la
web del organismo (www.ater.gob.ar), o comunicándose con Servicio de Atención
al Contribuyente al 0810-888-2837 (ATER) de lunes a viernes de 8 a 13 hs o vía
mail a consultas@ater.gob.ar.
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