Se inicia el juicio por corrupción contra el ex gobernador Sergio Urribarri: las claves
Desde el próximo lunes está previsto el inicio de un megajuicio por corrupción en Entre Ríos. El tribunal compuesto por José María Chemez, Carolina Castagno y Elvio Garzón, sentarán por primera vez en el banquillo de los acusados al exgobernador Sergio Urribarri, exfuncionarios de sus dos mandatos de gobierno, familiares y empresarios.
Para el Ministerio Público Fiscal (MPF) es una instancia
esperada, dado que intentaron concretarla en cuatro oportunidades previas pero
no lo consiguieron. Los fiscales Patricia Yedro; Gonzalo Badano y Juan
Francisco Ramírez Montrull, trabajarán para probar su hipótesis principal: que
a través de distintos mecanismos de contratación, el Estado entrerriano
financió la campaña presidencial del entonces gobernador Sergio Urribarri
-actual embajador en Chipre e Israel-, que se lanzó como precandidato para
competir por la Presidencia de la Nación dentro del espacio que se llamaba
“Frente para la Victoria” y lideraba Cristina Fernández de Kirchner.
Corría el año 2013 y en las pantallas de televisión, radios,
diarios, revistas, en las calles argentinas y sobre todo entrerrianas se veía y
escuchaba, entre otras piezas, la siguiente:
Pero no es justamente ese spot de campaña el que se
investigó en las oficinas del MPF. Los fiscales tramitaron por separado tres
legajos distintos: “Solicitada”; “Cumbre del Mercosur”; y “Parador de Mar del
Plata”. Según la hipótesis acusatoria, cada una de esas contrataciones que hizo
el Gobierno provincial -y que se investigó en tres legajos separados-, tuvo un
objetivo velado: promocionar la precandidatura de Urribarri, una cuestión
personal y no de Estado. Por las tres investigaciones se hará un solo debate
oral y público, tal como lo solicitaron los abogados defensores.
Solicitada contra los fondos buitre
(Legajo acumulado N° 61.211)
Imputados:
Sergio Urribarri
Pedro Báez
Los delitos achacados son: Peculado y Negociaciones
incompatibles con el ejercicio de la función pública”. La fecha del primer hecho atribuido es junio
de 2014 y el monto sustraído 4.308.500,23 pesos, cuando el dólar oficial valía
8,06 pesos.
El Ministerio Fiscal achaca a los imputados publicar un
pronunciamiento contra los fondos buitres en los siguientes medios: El
Argentino, Tiempo Argentino, Crónica, Clarín, La Nación, El Cronista, Buenos
Aires Herald, Ámbito Financiero, Página 12, El Litoral de Santa Fe, El Diario
de Paraná, Uno de Paraná, Uno de santa Fe, Uno de Mendoza, La Capital de
Rosario, La Calle de Concepción del Uruguay, El Sol de Concordia y El Día de
Gualeguaychú.
Sostienen los fiscales que Urribarri y Báez sustrajeron más
de 4 millones de pesos de la partida presupuestaria DA 984, cuya custodia les
correspondía en virtud de los cargos que ostentaban. El objetivo fue difundir
el mensaje titulado “Acuerdo de Compromiso para la Reafirmación Democrática
Argentina”, publicado en junio de 2014.
Consideran los representantes del MPF que el único fin del
mensaje fue “promocionar, con fondos públicos, la precandidatura a Presidente
de la Nación Argentina, en las elecciones generales del año 2015, tal y como
surge del texto de la misma, el cual versaba sobre compromisos de acciones de
gobierno en caso de que Urribarri accediera a la primera dignatura del país”.
“Para concretar dicha maniobra, mediante el Expediente Administrativo Nº 1603731, Báez interesó a
Urribarri la publicación en cuestión, justificándola ficticiamente en la necesidad
de difusión de actos de gobierno, suscribiendo ambos la orden publicidad
respectiva y, luego, el Decreto Nº 2940/14, del 05/09/2014, a sabiendas del
velado propósito de la publicación en cuestión, que fuera finalmente refrendada
por Urribarri”.
Cumbre del Mercosur
(Legajo acumulado N°29885)
Los imputados son:
Sergio Daniel Urribarri
Pedro Ángel Báez
Gustavo Javier Tórtul
Hugo Félix Céspedes
La fecha del segundo hecho atribuido es el 9 de diciembre de
2014. El monto sustraído es de 31.461.00 pesos, cuando el dólar costaba 8,46
pesos.
Los fiscales sostienen que “a través de la gestión realizada
en el Expediente Administrativo Nº 1656798 se sustrajo de la partida
presupuestaria asignada a las erogaciones para la organización de la Cumbre
Mercosur (DA 988) -cuya administración y disposición estaba a cargo de Sergio
Daniel Urribarri en su carácter de gobernador de la provincia de Entre Ríos- la
suma de veintiocho millones cuatrocientos mil pesos ($ 28.400.000), la que fue
aplicada para su beneficio personal a través de la difusión nacional de los
cuatro spots publicitarios, con el único propósito de instalar su
precandidatura a presidente de la Nación en las elecciones generales del año
2015”.
Para el MPF el dinero para los cuatro spot se asignó a
través del “Decreto Nº 4800/14 GOB, de fecha 9 de diciembre de 2014, mediante
el cual autorizó la contratación por la suma de treinta y un millones cuatrocientos
sesenta mil pesos ($ 31.460.000), para la difusión nacional de cuatro spots
publicitarios de su gestión de Gobierno. Con el fin de soslayar procedimientos
de contratación pública y los controles respectivos, se encuadró tal
contratación en el marco de la Ley 10.327 (art. 2), pese a no ser necesaria ni
inherente para la realización de la 47 Reunión Ordinaria del Consejo del
Mercado Común (MERCOSUR)”.
Además, achacan los fiscales que “se direccionó la
contratación de la difusión nacional de los cuatro spots referidos, a favor de
la empresa NELLY ENTERTAINMENT S.A, en la persona de su presidente Jorge
Ernesto RODRÍGUEZ, quien además de conocer la diversa finalidad de la
contratación, contó con información privilegiada que le permitió la
presentación de la oferta y hacerse adjudicatario de la misma. Tales hechos
fueron de autoría de Sergio Daniel URRIBARRI, en su carácter de Gobernador de
la provincia de Entre Ríos. Tuvo la imprescindible participación del ex
Ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel BÁEZ quien en el marco de su
rol funcional, interesó la contratación en el marco de la ley excepcional
10.327, aportó los “spots”, incidió en la asignación del contrato y refrendó el
Decreto Nª 4800/2014; del Coordinador de la Unidad Operativa de la Cumbre de
Mercosur, Hugo Félix CÉSPEDES; y del Coordinador Contable de la Unidad
Operativa de la Cumbre Mercosur, Contador Gustavo Javier TORTUL, quienes
llevaron adelante los procedimientos administrativos que favorecieron la
sustracción”.
Parador playero en Mar del Plata
(Legajo acumulado N°58.383)
Los imputados son:
Sergio Daniel Urribarri
Juan Pablo Aguilera
Corina Elizabeth Cargnel
Hugo José María Marsó
Gerardo Daniel Caruso
La fecha del hecho es enero de 2015. El monto sustraído es
14.561.870 pesos, cuando el dólar valía en Argentina 8,55 pesos.
Los fiscales atribuyen a “Sergio Urribarri, en su carácter
de gobernador, y Hugo José María Marsó como ministro de Turismo, sustrajeron de
la partida presupuestaria DA 977, cuya custodia y administración les
correspondía en virtud de los cargos que ostentaban, la suma de pesos catorce
millones quinientos sesenta y un mil ochocientos setenta ($ 14.561.870,00) para
la instalación, montaje y puesta en funcionamiento de un parador entre las
Unidades Turísticas Fiscales Terrazas y Perla Norte de la ciudad de Mar del
Plata, durante el mes de enero de 2015, empleando tal contratación en provecho
del primero, para promocionar, con fondos públicos, su precandidatura a
Presidente de la Nación Argentina, en las elecciones generales del año 2015”.
Según el MPF la maniobra “consistió en la contratación de la
empresa ‘El Juego en que andamos SRL’, por la suma referida, quien a su vez,
por un lado, destinaría parte de la misma para sub contratar a la Cooperativa
de trabajo ‘X la Plata Publicidad’ Ltda. para realizar una campaña de difusión
en vía pública -mediante cartelería– de la figura de Urribarri como
precandidato a Presidente de la Nación, lo que se concretó por la suma pesos
trescientos treinta y ocho mil ochocientos ($ 338.800)”.
“Por el otro lado -acusaron los fiscales- el socio gerente
de aquella firma, Gerardo Caruso (alias Foia), debía retornar en dinero en
efectivo a Juan Pablo Aguilera -lo que se concretó por la suma pesos dos
millones ($ 2.000.000), y también por medio de transacciones bancarias a las
empresas TEP SRL y NEXT SRL –propiedad de Aguilera-, y las intermediarias
Visual Ilusion SA CUIT 30-71071523-4, Megaprint SA 30-70717800-7, Wall Street
Vía Pública SA CUIT 30-65541838-1 y Fredy Publicidad SRL CUIT 30-70909164-2, lo
que también se concretó por la suma de pesos dos millones cuatrocientos sesenta
y ocho mil setecientos ($ 2.468.700,00)”.
Todo contó con “la imprescindible colaboración de Corina
Cargnel -contadora de las empresas TEP SRL y NEXT SRL-, quien gestionaba la
confección de facturas con tales empresas y también los retornos de dinero.
Para concretar la misma, mediante el Expte. Adm. Nº 1.656.830 iniciado con
fecha 5 de diciembre de 2014, Marso interesó a Urribarri la contratación en
cuestión, justificándola ficticiamente en ‘promover, difundir e instalar la
marca Provincia de Entre Ríos como destino turístico’, solicitando aquel el
espacio público al municipio del Partido de General Pueyrredón -Mar del Plata-,
y suscribiendo ambos los Decretos N°s. 4804/17 MTUR (del 12/12/14) y 5120/14
MTUR (del 29/12/14), por los cuales convocan, tramitan y aprueban en plazos
reducidos la Licitación pública N° 69/14, con el objeto referido, direccionando
la contratación a la firma ‘El Juego en que andamos SRL’ -firma sin domicilio
en la provincia, y que lo constituyó ficticiamente en la residencia particular
del por entonces Secretario de Justicia de la Provincia, calle Las Heras 207 de
la ciudad de Larroque- que resultara finalmente adjudicataria de la licitación
en cuestión”.
Los fiscales entendieron que “ambos contaron con el aporte
imprescindible del socio gerente de dicha empresa, el Sr. Gerardo Daniel
Caruso, quien además de conocer previamente la finalidad particular de la
contratación, contó con información privilegiada que le permitió la
presentación de la oferta y hacerse adjudicatario de la misma, para lo cual y
en connivencia con los funcionarios públicos nombrados, y también con el Sr.
Juan Pablo Aguilera, simuló la intervención en la licitación pública de la firma
CASTROMIL S.R.L., cuya propuesta fuera desestimada, pero que sirviera a los
fines de acreditar una ficticia concurrencia y competencia de participantes en
la licitación referida”.
Pedidos de pena
Los fiscales adelantaron que pedirán las siguientes penas:
Urribarri: de 9 años de prisión e inhabilitación absoluta
perpetua.
Báez: 8 años de prisión inhabilitación absoluta perpetua.
Tórtul: 4 años de prisión e inhabilitación absoluta
perpetua.
Céspedes: 4 años de prisión de cumplimiento efectivo e
inhabilitación absoluta perpetua.
Aguilera: 8 años de prisión e inhabilitación absoluta
perpetua.
Cargnel: 6 años de prisión e inhabilitación especial.
Marsó: 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua.
Caruso: 4 años de prisión.
“Asimismo, para cada uno de los imputados solicitan la pena
de multa de noventa mil pesos ($90.000) de conformidad a lo previsto en el art.
22 bis del Código Penal, atento a que el hecho cometido lo fue con ánimo de
lucro. Ello sin perjuicio de dejar a salvo de que conforme a la inmediación
propia del debate oral y público y las diferentes circunstancias modificativas
de la culpabilidad posterior al hecho, podrían significar una variación -en más
o en menos- de los montos estimados. A su vez, también dejaron a salvo que en
el momento procesal oportuno se realizará la correspondiente estimación de las
penas no privativas de la libertad”, adelantaron.
Otro expediente acumulados:
“Causa de las imprentas”
Imputados:
Urribarri, Sergio Daniel
Báez, Pedro Ángel
Aguilera, Juan Pablo
Cargnel, Corina Elizabeht
Montañana, Hugo
Tamay, Gustavo
Almada, Luciana
Giacopuzzi, Emiliano
Almada, Alejandro
Sena, Maximiliano
Delitos: Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la
función pública, peculado y defraudación a la Administración Pública.
Los fiscales acusan a Urribarri y Báez “direccionar de modo
constante durante los dos mandatos, fondos públicos cuya administración y
disposición tenían en razón de los cargos que respectivamente ostentaban a
favor de Juan Pablo Aguilera -cuñado de Urribarri-, funcionario del Gobierno de
Entre Ríos”.
“Para ello, otorgaron múltiples contratos de publicidad del
Estado entrerriano, a favor de las empresas Next SRL y Tep SRL de Juan Pablo
Aguilera, las cuales figuran inscriptas a nombre de Emiliano Giacopuzzi,
Maximiliano Sena, Luciana Belén Almada -concubina de Juan Pablo Aguilera- y
Alejandro Almada -quienes actúan como testaferros de Aguilera- con el único
propósito de beneficiar económicamente a los mencionados”.
Entendieron que “durante todo el lapso comprendido entre los
años 2010 a 2015, utilizaron esta maniobra de manera habitual, regular y
constante, sorteando los mecanismos legales que garantizan la libre competencia
de oferentes del Estado, o simulando hacerlo, pero sin observar la normativa
vigente (Ley Nº 5140 y decretos reglamentarios y Constitución Provincial), para
otorgar múltiples órdenes de publicidad referidas a campañas de difusión de
actos de gobierno”.
Las órdenes de publicidad fueron firmadas por Pedro Báez y/o
Gustavo Tamay, según la acusación fiscal.
Cabe señalar que Tamay era responsable de “Certificación de
Publicidades en Vía Pública, siendo su intervención indispensable a los fines
de liberar los pagos correspondientes. Para concretar las maniobras anteriormente
descriptas, a sabiendas de la irregularidad de los procedimientos, que
pretendían simular la real y legítima intervención entre distintos oferentes,
Jesús José María Bustamante y Hugo Fernando Montañana, titulares de las
empresas Bustamante José María y Montañana Publicidad respectivamente,
participaron de las mismas siendo beneficiados con un porcentaje de la
publicidad pautada en el contrato pero habiendo acordado previamente que, una
vez percibido el cobro de las sumas respectivas, de ese total, un porcentaje
era reembolsado a Aguilera a través de la contadora de la empresa, Corina
Cargnel, quien tenía a su cargo la gestión, seguimiento y cobro de todos los
contratos así como también la percepción de los retornos, siendo su rol
fundamental pues era el nexo entre los funcionarios de las oficinas del Estado,
encargadas de la tramitación de las contrataciones, y las empresas antes
mencionadas”.
Urribarri y Báez están imputados de los últimos delitos
mencionados en calidad de autores. En tanto que Aguilera, Cargnel, Montañana y
Tamay están imputados como partícipes primarios; Belén Almada, Giacopuzzi,
Alejandro Luis José Almada y Sena están imputados en calidad de partícipes
secundarios.
Pedidos de penas:
Urribarri; Báez y Aguilera: 8 años de prisión de
cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta perpetua.
Cargnel; Montañana y Tamay: 6 de prisión de cumplimiento
efectivo e inhabilitación absoluta perpetua.
Belén Almada, Giacopuzzi, Alejandro Almada y Sena: 4 años de
prisión de cumplimiento efectivo.
“Asimismo, para cada uno de los imputados, la pena de multa
de noventa mil pesos ($90.000) de conformidad a lo previsto en el art. 22 bis
del Código Penal; como también el DECOMISO de los siguientes bienes de
titularidad de la empresa TEP S.R.L. cuit N° 30-71111586-0 a saber: A) Inmueble
ubicado en calle Racedo 413, Paraná, Entre Ríos, partida provincial N° 10
142665 1, partida municipal 66031, matrícula 144102. B) Inmueble ubicado en
calle Racedo 409, Paraná, Entre Ríos, partida provincial Nº 10 152824 9,
partida municipal 1490-9, matrícula 144101. C) Motovehículo 268IGE, marca
Zanella, modelo ZB 110. D) Vehículo dominio EPT951, marca Ford, modelo F 4000
D. E) Vehículo dominio OJZ720, marca Citroen, modelo Berlingo Furgón 1.6 HDI
Business”, adelantaron.
“Causa Global Means”
Imputados:
Urribarri, Sergio Daniel
Báez, Pedro Ángel
Buffa, Germán Esteban
Delito: Negociaciones incompatibles en el ejercicio de la
función pública”. Fecha del hecho 1 de
julio de 2011. Monto 118.000,00 pesos, cuando el dólar estaba a 4,14 pesos.
Los fiscales atribuyen a “Sergio Daniel Urribarri, en su
calidad de gobernador de la provincia de Entre Ríos, y Pedro Báez, como
director general de Información Pública del Gobierno de Entre Ríos, en fecha
01/07/11 direccionaron hacia la firma Global Means S.A., la orden de publicidad
No 2038, por medio de la cual se contrató vía directa, los avisos titulados
"Aviso 1: Entre Ríos Exporta" y "Aviso 2: Entre Ríos
Invita", a publicar en las ediciones No 91 y 92 del periódico Diario
Agroempresario, correspondiente a los meses de agosto y septiembre del año
2011, por el precio total de pesos ciento dieciocho mil ($118.000), aprobada
mediante Decreto No 1057 -PE- de fecha 18/04/12, suscripto por los antes
mencionados”.
agregan que “dicho direccionamiento arbitrario se produjo de
común acuerdo y en connivencia previa con Germán Esteban Buffa, presidente de
la firma Global Means S.A., sorteando los mecanismos legales para garantizar la
libre competencia de oferentes del Estado, sin observar la normativa vigente
(Ley No 5140, decretos reglamentarios y Constitución Provincial), contratando
los funcionarios públicos referidos, una empresa que al momento de emitirse la
orden de publicidad no existía legalmente, no se encontraba inscripta en el
registro de medios, ni cumplía con los requisitos para estarlo".
Análisis
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