Cuáles son las nuevas flexibilizaciones que entran en vigencia hoy y rigen hasta fin de año
Entre otros puntos, eliminan la obligatoriedad del uso tapabocas en espacios públicos y se permite el retorno del público a los estadios de fútbol. A partir del 1 de noviembre se restablece el ingreso al país de turismo extranjero.
El Gobierno nacional emitió este jueves un Decreto de Necesidad
y Urgencia (DNU) para flexibilizar algunas restricciones derivadas de la
pandemia de coronavirus y regular la realización de las actividades de mayor
riesgo epidemiológico y sanitario desde este viernes y hasta el 31 de diciembre
próximo.
Según el DNU 678, al que accesdó Télam, "sigue vigente
la necesidad de mantener distancia social (de al menos dos metros entre las
personas) y el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos,
pero ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros
de distancia de otras personas".
Asimismo, para reducir la circulación del coronavirus,
continúa siendo necesario ventilar los ambientes en forma adecuada y constante
e higienizarse las manos frecuentemente.
"Todas las actividades deberán realizarse según los
protocolos y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias
nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", establece
el DNU, y en "ningún caso podrán circular las personas que revistan la
condición de 'caso confirmado', 'caso sospechoso' o 'contacto estrecho' de
COVID-19".
La resolución establece además la realización de actividades
de mayor riesgo epidemiológico y sanitario pero con "ciertas
condiciones", como la "autorización de las jurisdicciones
provinciales de destino y permanencia" y el "test de antígeno
negativo", entre otras.
Además, los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires podrán establecer medidas sanitarias temporarias y focalizadas
adicionales con la finalidad de contener los contagios por coronavirus.
Las actividades económicas, industriales, comerciales, de
servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y
sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado
por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y
seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de
los trabajadores y las trabajadoras.
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