La Municipalidad de Diamante deberá abonarle 11 años de sueldos a una ex jueza despedida en 2010


El juicio involucra a Norma Adriana Paravano, quien fue jueza de Faltas de Diamante hasta el 9 de marzo de 2010.

Un fallo del Superior Tribunal de Justicia finalizó un largo pleito judicial entre una ex jueza de Faltas y la Municipalidad de Diamante, que finalmente deberá pagarle 11 años de salarios a la mujer que fue echada sin sumario previo en 2010.

El juicio involucra a Norma Adriana Paravano, quien fue jueza de Faltas de Diamante hasta el 9 de marzo de 2010, cuando el entonces intendente Juan Carlos Darrichón (quien hoy está en el mismo cargo), firmó el decreto Nº 89 que la dejó cesante sin sumario previo, es decir, sin la posiblidad de ejercer su defensa.

Ante esa decisión unilateral, la empleada accionó judicialmente a través de un proceso Contencioso Administrativo por medio de sus abogados Rodolfo Miguel Parente, Gregorio Coronel y Pilar Soldini (quien luego renunció para seguir en el caso).

El 11 de abril de 2018, la Cámara Contencioso Administrativa 1 de Paraná condenó al municipio a “reincorporar a la actora a su cargo de Jueza de Faltas, con todos los derechos y obligaciones que la investidura supone, como asimismo con todos los efectos respecto al automatismo del vínculo en orden a la antigüedad y contribuciones y abonar una indemnización de daños y perjuicios, los que se determinan en un ochenta por ciento (80 por ciento) de los salarios que, con los correspondientes descuentos de ley, hubiere percibido aquella de continuar en actividad, computados desde la fecha del acto que dispuso su baja y hasta el día de su reincorporación, con más los intereses hasta su efectivo pago, calculados conforme la tasa activa que aplica el Banco Nación Argentina en sus operaciones de descuento ordinarias”.

El municipio apeló la sentencia invocando la violación de la autonomía municipal hasta llegar al Superior Tribunal de Justicia, que puso fin a la discusión a favor de la exjueza de Faltas: primero rechazó un recurso de inaplicabilidad de Ley que interpuso el municipio de Diamante y, más recientemente, el 23 de septiembre, rechazó un recurso extraordinario federal (para ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación). El fallo fue firmado por los vocales Daniel Omar Carubia, Juan Ramón Smaldone, Gustavo Pimentel, Elvio Garzón y Marcela Davite.

El voto del vocal Carubia fue el que encabezó el rechazo al recurso del municipio: “Se evidencia en la quejosa un mero estado de disconformidad con la decisión a que arriba la sentencia, lo cual no es suficiente para justificar la apertura de este remedio federal extraordinario, el que, cabe recordar, no tiene por objeto corregir resolutorios que se reputen equivocados, sino que tiende a subsanar casos excepcionales en los que las deficiencias lógicas del razonamiento son evidentes o existe una total ausencia de fundamento legal, que impiden considerar al fallo cuestionado como una ‘sentencia fundada en ley’ de acuerdo a los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional”.

Rodolfo Miguel Parente, uno de los abogados de la mujer fue consultado sobre el monto que deberá abonar el municipio a la exjueza de Faltas, señaló: “No me arriesgaría a hacer un cálculo. Hay que hacer la cuenta: fue cesanteada en 2010, y son 11 años. A razón de una indemnización de un sueldo de juez de Faltas por mes, más las costas, la cifra va a ser claramente millonaria. Lo tendrá que pagar el pueblo de Diamante o sino que la Nación, la Provincia y el Municipio, que pertenecen al mismo signo político, pueden conseguir que le den un Aporte del Tesoro Nacional para paliar el fallo”, concluyó.

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