El Consejo de la Magistratura de Entre Ríos adecuó su reglamento para contemplar situaciones vinculadas al género
El 14 de diciembre de 2021 se llevará adelante la prueba de oposición de todos los cargos vacantes de fiscales auxiliares de la provincia, con un total de 206 inscriptos.
Mediante Resolución 1144/21 el CMER fijó los criterios de
adecuación del reglamento para contemplar la situación de dos mujeres que
cursan un embarazo.
Desde hace varios meses se viene trabajando en el diseño de
la logística que posibilite llevar adelante esta prueba, complejizada por el
contexto de pandemia. Con estos concursos se logrará regularizar la situación
de todo un estamento del Ministerio Publico Fiscal. No existen antecedentes de
una prueba de oposición de tal magnitud en la historia del Consejo de la
Magistratura.
Mediante Resolución 1144/21 el CMER fijó los criterios de
adecuación del reglamento y precisó las particularidades para la referida
prueba, que se llevará a cabo en el Centro Provincial de Convenciones de la ciudad
de Paraná.
Dicha resolución contempla la situación de dos postulantes
mujeres que efectuaron una presentación ante dicho organismo, informando su
situación de embarazo, y solicitaron se tenga en cuenta su condición ante la
eventualidad de que por su imposibilidad física, no puedan asistir a la prueba
de oposición.
En la resolución publicada en la página del organismo
-https://www.entrerios.gov.ar/magistratura/index.php?modulo=detalleresoluciones&cod=1034
– se adopta un criterio de acción positiva a los fines de atender a la especial
situación de las dos postulantes embarazadas.
Con esta innovadora decisión se ha decidido avanzar en el
proceso de sustanciación de los concursos de fiscales auxiliares, con
perspectiva de género, fijando un procedimiento alternativo para el caso de que
las dos postulantes embarazadas, no puedan asistir al día fijado.
La decisión refleja en sus fundamentos un desarrollo de los
principios consagrados en las convenciones internacionales incorporadas a la
Constitución nacional en el art. 75 inc. 22, y el artículo 17 de la
Constitución de la Provincia de Entre Ríos que garantiza la igualdad de
oportunidades y de trato para las mujeres y varones, contempla las acciones
positivas a esos efectos y adopta el principio de equidad de género en todos
los órdenes, asegurando la igualdad real de oportunidades para el acceso a los
diferentes estamentos y organismos del Estado provincial y promoviendo el
acceso efectivo de la mujer a todos los niveles de participación y decisión.
Con dicha decisión se da cumplimiento a la Ley provincial
10.844 de paridad de género, la cual ordena expresamente al Consejo de la
Magistratura adecuar las normas que regulan los procedimientos de concurso a
fin de incorporar progresivamente el principio de paridad de género (art. 17).
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