15 días activismo contra la violencia de género


“mujeres con vos y voz” de Federación

mujeres rurales y violencia de género

La violencia doméstica hacia las mujeres puede asumir variadas expresiones en contextos de ruralidad. Algunas de ellas son de carácter patrimonial, como la falta de acceso a la titularidad de la tierra y a la posesión de herramientas de labranza. Siguiendo el informe ya citado de FAO (2017), pueden producirse además formas bastante específicas de violencia económica: por ejemplo, cuando el varón esparce agrotóxicos en los huertos agroecológicos cultivados por la mujer o se rehúsa a alimentar a los animales estando ésta fuera del hogar. En cuanto a la violencia física y sexual hacia las mujeres perpetrada por sus parejas, dicho informe consigna que de acuerdo con diferentes estudios su prevalencia es significativamente mayor en las zonas urbanas en comparación con las rurales pero que, no obstante esto, la aceptación de la violencia infligida por el compañero es mayor en las segundas. En relación con esta observación, advierte asimismo que pese al incremento de la legislación y las políticas públicas específicas, “las medidas de lucha contra la violencia hacia las mujeres sigue teniendo un sesgo urbano” (Ballara, 2004, citado por FAO, 2017, p. 43). De acuerdo con otro informe elaborado por el Grupo de Acción Interinstitucional sobre la Mujer Rural (2012), salvo excepciones, en todo el mundo las mujeres rurales están en peores condiciones que los hombres rurales, y también que las mujeres y hombres urbanos/as. Ello, tanto con respecto al trabajo (el remunerado y el familiar no remunerado) como con relación a la educación y la violencia. En cuanto a esta última, un estudio multipaís realizado en 2005 por la Organización Mundial de la Salud (OMS) subraya que las mujeres rurales padecen más violencia física que las urbanas. Sin embargo ─y significativamente─ los datos reunidos no arrojan una tendencia clara que indique que en estas circunstancias las mujeres rurales acuden más a servicios de ayuda que las urbanas. En tal sentido, siguiendo dicho estudio, las mujeres rurales suelen mostrar dudas sobre la capacidad de estos servicios para ofrecerles la ayuda que necesitan y además, manifiestan temor por su propia seguridad y la de sus hijos/as si denuncian el abuso sufrido. Este estudio también llama la atención sobre los problemas de aislamiento que afectan a las mujeres rurales en situación de violencia y al respecto asevera: “Es probable que el acceso a los servicios legales y de orientación, así como a la policía, sea peor para las mujeres de áreas rurales que para las de áreas urbanas, por ejemplo a causa de la falta de transporte o por la distancia hasta tales servicios” (p. 5). En esa dirección apunta también el documento formulado por la sección Argentina de Women 20 (W 20), la red internacional de mujeres conformada alrededor del G20 y entre cuyos ejes de acción planteados para el año 2018 se encuentra justamente la inclusión de las mujeres rurales. Estas últimas ─siguiendo dicho documento─ corren el riesgo de ser víctimas de la violencia a causa de la persistencia de actitudes tradicionales relativas a su subordinación, pero además, se encuentran más vulnerables al no tener acceso a la justicia y a los servicios de protección social.

Diferentes instrumentos internacionales de política pública con enfoque de género se refieren a las mujeres rurales y promueven acciones para remover las desigualdades que las aquejan. Muchos de ellos se concentran en las asimetrías que las mismas enfrentan en materia económico-patrimonial, de salud y educativa, tres dimensiones claves para asegurar su autonomía y, a través de ésta, una vida libre de violencia. En su artículo 14, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) solicita a los Estados parte adoptar “todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios”. En esa dirección, llama a garantizar un conjunto de derechos entre los que cabe destacar aquí el acceso al crédito, a los programas de seguridad social, a servicios adecuados de atención médica ─incluyendo dentro de ella la información, el asesoramiento y los servicios de planificación familiar─, y a la educación y la formación en sus distintos niveles y formas ─tanto académica como no académica─.

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) también se hacen eco de la necesidad de superar las desigualdades mencionadas y un informe de ONU Mujeres (2015) advierte al respecto: “Las mujeres rurales son agentes clave para conseguir los cambios económicos, ambientales y sociales necesarios para el desarrollo sostenible pero su acceso limitado al crédito, la asistencia sanitaria y la educación son algunos de los muchos retos a los que se enfrentan”. En línea con los señalamientos de los ODS, se encuentran además tanto la XIII Conferencia Regional de la Mujer (2016) como la Conferencia sobre Mujeres Rurales de América Latina y el Caribe en el Año de la Agricultura Familiar (2014).

 La Estrategia de Montevideo para la Implementación de la Agenda Regional de Género en el Marco del Desarrollo Sostenible hacia 2030, emanada precisamente de la XIII Conferencia Regional de la Mujer, alerta sobre la persistencia de pautas culturales patriarcales en América Latina y el Caribe que excluyen e invisibilizan la identidad y los conocimientos de las mujeres, especialmente las rurales, indígenas, afrodescendientes y migrantes. Las diferentes formas de discriminación que afectan a las mujeres rurales se encuentran estrechamente ligadas a la violencia que muchas de ellas padecen. Por este motivo, en su Recomendación General N° 34 del año 2016, la propia CEDAW llama a los Estados parte a desarrollar distintas acciones para revertir la realidad de estas mujeres, “afectadas de manera desproporcionada por la violencia por razón de género y la falta de acceso a la justicia y a recursos jurídicos eficaces” (p. 4). De modo similar, la Declaración de Brasilia, que compendia las conclusiones de la Conferencia sobre Mujeres Rurales de América Latina y el Caribe, en su considerando N° 14 señala que las mismas “son víctimas de distintas formas de violencia de género y necesitan contar con acciones desde el Estado para enfrentarlas”. Por otra parte, es oportuno destacar que el sexagésimo segundo período de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW62) celebrada en 2018, estableció como tema prioritario los desafíos y oportunidades en el logro de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas rurales. En ese contexto, las conclusiones convenidas que recogen los acuerdos alcanzados en este encuentro convocan a los Estados parte a tomar “medidas concretas para alejar a las mujeres y niñas rurales de la pobreza y garantizar la salvaguarda de sus derechos, su bienestar y su resiliencia”, así como a “acabar con cualquier forma de violencia y práctica nociva”.

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