Este lunes 3 de enero entra en vigencia el pase sanitario en Entre Ríos
El pase sanitario comenzó a ser obligatorio en el país a partir del sábado 1 de enero y en la provincia se solicitará desde este lunes.
Con el objetivo de aportar medidas de seguridad en el marco
de la nueva ola de contagios de Covid-19 e incentivar la vacunación contra la
enfermedad, el Ministerio de Salud de la Nación determinó la utilización del
pase sanitario para las personas de 13 años o más deberán acreditar el esquema
de vacunación completo contra Covid-19 para realizar actividades de
concentración de personas como el ingreso a discotecas, salones de fiestas,
realizar viajes grupales y asistir a eventos masivos en espacios abiertos,
cerrados o al aire libre.
A través del decreto N°4078 el gobierno entrerriano adhirió
a la decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 1198/2,
disponiendo la implementación del pase sanitario en el ámbito de todo el
territorio provincial, a partir del 3 de enero, bajo las siguientes
condiciones:
a) Toda persona que haya cumplido los 13 años de edad y que
asista a las actividades definidas como actividades de mayor riesgo
epidemiológico y sanitario enumeradas en el anexo, o las que en el futuro se
establezcan, deberá acreditar, a partir del 1° de enero de 2022, su identidad y
que posee un esquema de vacunación completo contra el Covid-19, aplicado al
menos 14 días antes de la asistencia a la actividad o evento, exhibiéndolo ante
el requerimiento de personal público o privado designado para su constatación,
y al momento previo de acceder a la entrada del evento o actividad.
b) La forma de acreditación de las dosis aplicadas podrá ser
través de:
1- Soporte digital oficial (aplicaciones “Cuidar” y/o “Mi
Argentina”)
2- Certificado de vacunación contra el Covid-19 en soporte
papel.
c) Los procedimientos de fiscalización necesarios para
garantizar el cumplimiento de lo establecido en la presente medida y sus normas
complementarias, se dispondrán de manera conjunta entre autoridades nacionales,
provinciales y municipales, cada una en el ámbito de sus competencias.
d) En caso de constatarse la existencia de infracción a lo
establecido en la presente medida o a otras normas dispuestas para la
protección de la salud pública en el marco de la emergencia pública en materia
sanitaria, se procederá a hacer cesar la conducta infractora y se dará
actuación a la autoridad competente.
En el artículo 2° se dispone la vigencia del presente
decreto a partir de su publicación en el Boletín Oficial que se concretará el 3
de enero venidero.
En cuanto a las actividades de mayor riesgo epidemiológico y
sanitario se señalan:
a. Los viajes grupales de egresados y egresadas, de
estudiantes, jubilados y jubiladas, o similares.
b. Las actividades en discotecas, locales bailables o
similares que se realicen en espacios cerrados.
c. Las actividades en salones de fiestas para bailes, bailes
o similares que se realicen en espacios cerrados.
d. Eventos masivos organizados de más de 1.000 personas que
se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre.
Consideraciones
En los considerando del decreto se indicó que por dichos
actos administrativos, la provincia adhirió a las disposiciones contenidas en
el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 678/21 del Poder Ejecutivo Nacional,
dictado como consecuencia de la pandemia de Covid-19 y por el cual se
dispusieron un conjunto de nuevas medidas sanitarias de prevención y contención
aplicables a todo el territorio nacional hasta el día 31 de diciembre de 2021
inclusive, de cumplimiento obligatorio para todas las personas en todos los
ámbitos, así como también regulaciones específicas para las actividades que
representan mayor riesgo epidemiológico y sanitario.
También se señaló que a nivel nacional se estableció una
estrategia de vacunación voluntaria, escalonada y en etapas no excluyentes,
procurando ampliar progresivamente la población objetivo y permitiendo
inmunizar de forma gradual a mayor cantidad de personas.
Tras indicarse que “las vacunas utilizadas en nuestra
provincia han demostrado una adecuada eficacia para la prevención de las formas
graves y de fallecimientos atribuibles al Covid-19, se resaltó que “una vacuna
segura y eficaz para prevenir el virus es determinante para lograr controlar el
avance de la enfermedad, ya sea disminuyendo la morbimortalidad o bien la transmisión
del mismo, permitiendo prevenir casos graves, internaciones y decesos”.
“Si bien se viene registrando un descenso sostenido en el
número de casos que es inversamente proporcional al aumento de coberturas de
vacunación contra el Covid-19, lo que permitió avanzar en la apertura de
diferentes tipos de actividades con la consecuente mayor activación de la
producción y la economía, una máxima movilidad y una mayor presencialidad, la
situación internacional en relación con la nueva variante de preocupación,
denominada Ómicron representa un riesgo”, se agregó.
Párrafo seguido se expresó que “debido al contexto
descripto, la Jefatura de Gabinete de Ministros dictó la Decisión
Administrativa 1198, de fecha 10 de diciembre de 2021, por la cual se dispuso
la implementación de medidas de cuidado a partir del 1° de enero de 2022, que
permitan la realización más segura de actividades con mayor riesgo sanitario y
epidemiológico en contexto de pandemia, requiriendo la acreditación del esquema
completo de vacunación contra el Covid-19, tal como surge de la recomendación
de la autoridad sanitaria nacional”.
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