Flexibilización del paso de frontera en el puente de la represa Salto Grande
Desde la Coordinación del Centro de Frontera Concordia-Salto se comunicó a 7Paginas, que este 26 de enero se publicó en el Boletín Oficinal las nuevas medidas que regirán a partir del próximo día 29 de enero, en este paso que ha sido denominado dentro de los corredores seguros.
En el Centro de Frontera Concordia-Salto, las medidas a
exigirse variarán según las personas sean:
1.- Nacionales o extranjeros residentes en Argentina,
deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.a. con esquema de vacunación completo:
I) vacunación completa con al menos catorce (14) días de
anticipación a ingresar al país, según el esquema aprobado por el país de
origen (acreditación a través de la Declaración Jurada a presentar a la DNM
–Migraciones-).
-No deberán realizar cuarentena.
1.b. esquema de vacunación incompleto o sin vacunación:
I) Testeo por antígeno –validez de hasta 48 hs al inicio del
viaje- o testeo por PCR con validez hasta 72 hs al inicio del viaje.
II) Realizar cuarentena por siete (7) días, a contar desde
el día siguiente al testeo (menos los menores de edad).
2.- Extranjeros de países limítrofes o sus residentes que
hubieran permanecido al menos los últimos CATORCE (14) días en los mismos,
deberán cumplimentar los siguientes requisitos sanitarios:
2.a con esquema de vacunación completo:
I) vacunación completa con al menos catorce (14) días de anticipación
a ingresar al país, según el esquema aprobado por el país de origen
(acreditación a través de la Declaración Jurada a presentar a la DNM
–Migraciones-).
II) Seguro de salud COVID-19.
-No deberán realizar cuarentena.
2.b. esquema de vacunación incompleto o sin vacunación:
I) Tramitar excepción de vacunación por ante la autoridad
competente solo cuando se reúnan las condiciones y los requisitos definidos por
la autoridad sanitaria nacional, y contar con la constancia o certificación
consular o de la autoridad competente de la excepción concedida, provengan o no
de países limítrofes.
II) Testeo por antígeno –validez de hasta 48 hs al inicio
del viaje- o testeo por PCR con validez hasta 72 hs al inicio del viaje.
III) Realizar cuarentena por siete (7) días, a contar desde
el día siguiente al testeo (menos los menores de edad).
IV) Seguro de salud COVID-19.
3.- Extranjeros no residentes, deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
3.a. con esquema de vacunación completo:
I) vacunación completa con al menos catorce (14) días de
anticipación a ingresar al país, según el esquema aprobado por el país de
origen (acreditación a través de la Declaración Jurada a presentar a la DNM
–Migraciones-).
II) Testeo por antígeno –validez de hasta 48 hs al inicio
del viaje- o testeo por PCR con validez hasta 72 hs al inicio del viaje.
- Las personas que cumplan con ambos requisitos y sea
negativo el testeo, no deberá realizar cuarentena en la Argentina
III) Seguro de salud COVID-19.
3.b. esquema de vacunación incompleto o sin vacunación:
I) Tramitar excepción de vacunación por ante la autoridad
competente solo cuando se reúnan las condiciones y los requisitos definidos por
la autoridad sanitaria nacional, y contar con la constancia o certificación
consular o de la autoridad competente de la excepción concedida, provengan o no
de países limítrofes.
II) Testeo por antígeno –validez de hasta 48 hs al inicio
del viaje- o testeo por PCR con validez hasta 72 hs al inicio del viaje.
III) Realizar cuarentena por siete (7) días, a contar desde
el día siguiente al testeo (menos los menores de edad).
IV) Seguro de salud COVID-19.
Se advierte que, para los casos en que sean exigidos los
testeos –antígenos y/o PCR- y el seguro COVID-19, los costos de los mismos
serán a cargo de las personas a las que se les exigen los mismos. No se exigirá
testeos a menores de 6 años. Además, todas las personas deberán portar
constancias de cada uno de los requisitos mencionados para ser presentados ante
las autoridades que lo requieran.
A las personas con positividad de Sars- Cov-2 –Covid 19-,
sean estos argentinos/as y extranjeros con residencia en nuestro país, podrán
ingresar en vehículos particulares, con esquema completo y que ya hayan
completado siete (7) días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o
la fecha de testeo con resultado positivo. En cambio si el ingreso es en
vehículo de transporte de pasajeros, se autoriza a partir de cumplidos los diez
(10) días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de
testeo con resultado positivo.
También podrán ingresar en vehículos particulares argentinos
y argentinas y personas residentes que sean contactos estrechos vacunados
asintomáticos, mientras que los contactos estrechos asintomáticos no vacunados
que ingresen por ese medio deberán completar su aislamiento en el país,
cumpliendo los plazos previstos por la normativa nacional vigente.
Con esta noticia, avanzamos como país en la eliminación de
requisitos exigidos con anterioridad que continuará fortaleciendo aún más los
vínculos estrechos binacionales entre argentinos/as y uruguayos/as, tal como lo
hemos venido gestionando en todo este tiempo.
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