Atenciones comerciantes de Concordia: uruguayos podrán ingresar con mercaderías a su país
5k por persona
A partir del próximo lunes 21 de marzo se pondrá en marcha
un programa piloto de declaración electrónica de concesiones turísticas y
tránsito fronterizo para la Administración de Aduanas de Salto, al que se podrá
acceder a través de la página web de la Administración Nacional de Aduanas · A
partir de ese día, podrán ingresar al vecino país 5kg de mercadería cada 15
días · Esto impactará parcialmente en el comercio de las ciudades fronterizas
con paso al Uruguay, como Concordia, Salto y Gualeguaychú
El plan prevé que la declaración se implementará para
turistas y personas involucradas en el tráfico fronterizo. La declaración
-según lo estipulado en la Resolución General N° 11/2022 de la DNA- será
obligatoria y el turista o residente deberá registrar los datos solicitados en
el sistema antes de utilizar la franquicia.
Luego se determinó que “una vez declarada, el turista o
residente presentará la mercancía a la Dirección Nacional de Aduanas para su
control. El funcionario aduanero aceptará la mercancía y registrará el acto en
el sistema Lucía sólo si puede realizar la declaración anterior”.
La resolución establece que “si el usuario omite ingresar
una “Declaración de Franquicia Turística o de Tránsito Fronterizo”, según sea
el caso, o ha ingresado, las mercancías y no cumplen con los requisitos
prescritos, se iniciará el procedimiento de infracción correspondiente».
Se hace especial hincapié en “respecto de la veracidad de
los datos aportados en la declaración, lo dispuesto en el artículo 239 del
Código Penal (Falsificación ideológica de las personas. Toda persona que al
otorgar o publicar oficialmente un documento público falsee su identidad ,
estado o cualquier otra circunstancia de hecho por funcionario público), de 3 a
24 meses de prisión).
Finalmente la resolución explica que “el incumplimiento de
la presente o de su normativa legal y/o reglamentaria fundante, podrá dar lugar
a la aplicación de las sanciones administrativas, tributarias, infraccionales,
aduaneras y/o penales correspondientes”.
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