Menor abusada: La fiscal kern explicó porque la caratula es abuso sexual simple


De ser condenado, podría quedar en libertad.

En una nota exclusiva para La Ultima Campana, la Dra. Fanny Kern comento como se inicio la causa de los videos viralizados en las redes sociales donde una niña discapacitada de 11 años es abusada por un hombre, en un contexto de presunta orgia, “En principio, lo que puedo decir es que tenemos una denuncia de abuso sexual. Esto se inició el día jueves, creo que a las once de la noche se radicó la denuncia. Se tomaron al día siguiente todas las medidas que yo consideraba que había que tomar como pedirle al juez de Garantías que se tratara de dejar de colgar los videos en las redes sociales. Una serie de medidas que en el transcurso de la tarde se fueron desarrollando”, señaló.  

Luego, la fiscal de la ciudad de Federación hizo mención al trabajo en conjunto que realizó con personal de la división Investigaciones de la Departamental cuando el día sábado se procedió a la detención de un hombre de 77 años de edad, “el juez de Garantías me dio 48 horas para tomarle declaración a esta persona. Hoy, en el transcurso del mediodía, se le recibió la declaración al imputado. Y el siguiente paso era pedir la prisión preventiva, algo sobre lo que me notificó a eso de las tres de la tarde el juez de Garantías. Son treinta días necesarios para producir evidencias y ver cómo sigue el proceso”, explicó.

Seguidamente, la letrada se escuso “Entiendo el enojo de la gente, entiendo que pueden resultar muy chocantes, muy aberrantes esas imágenes; a todos nos toca, pero más allá de eso yo me tengo que poner en mi lugar de fiscal y evaluar las evidencias que tengo a la vista, pero también el lugar del hecho, dónde ocurrió, quiénes fueron”, recalcó.

Y volvió a mencionar la labor policial, “que pudieron identificar testigos, que por suerte pudieron declarar y aportar un poco de luz a todo esto”.

PRUEBAS

“Por ahí la gente no logra entender que nosotros tenemos que trabajar con la evidencia y si yo hasta el día de hoy no tenía evidencias para imputar a una persona no podríamos estar hablando de una persona imputada. Y también aclarar que esta persona es en principio autor del hecho. Eso también lo tenemos claro porque hasta el momento yo tengo elementos suficientes para, en esta instancia del proceso, acreditar que sí existe un hecho y que esta persona es el autor de este hecho. Y que es por supuesto abuso agravado, esa es la calificación que hemos logrado”.

“Pero sé que esta persona tiene la garantía constitucional de contar con un abogado defensor; desde el minuto cero yo tengo que estar notificando todas las medidas que tomo; esa es una garantía que tienen todas las personas. Y la gente debería estar preocupada si yo no garantizo eso. Entiendo que la gente debe estar enojada. Claro que sí porque es un hecho que a todos nos toca, pero hay un proceso y a ese proceso hay que respetarlo”.

PRISIÓN PREVENTIVA

Primero hay una etapa de investigación. Si a mí me da los elementos procedo a la imputación y después veo si está la posibilidad de la prisión preventiva. En este caso entiendo que, si porque llego a esa conclusión después de ver la Cámara Gesell, la pericia psicológica con la niña. Hay muchísimas cuestiones que ver que, si está en libertad el imputado, puede entorpecer la investigación. Eso es lo que a mí me da la pauta de poner la prisión preventiva. En este caso pude acreditar que el hecho fue fehaciente”.

EXPLICACIÓN

“Para detener a una persona tengo que imputarla. Yo, con todos los elementos que se reunieron el día viernes, yo pude imputar el día sábado y en base a eso pedí la prisión preventiva. Primero hay que imputar, ver los elementos que tengo, investigar esos elementos, imputar y pedir la detención del juez de Garantías. Una vez que me da la detención, yo recibo la declaración de imputado y ahí viene el siguiente paso que es la prisión preventiva cautelar”.

LIBERTAD

“Con respecto a las demás personas, tengo testigos que han declarado, pero no puedo informar sobre ese tema. Hasta el momento tengo una sola persona imputada. Hasta este momento, de las evidencias que tengo, solamente tengo imputada a una persona. Y respecto a los antecedentes, teníamos una denuncia, pero con otra persona involucrada. En cuanto al imputado no es inimputable, tiene plena conciencia de sus actos. Tiene una discapacidad motriz no intelectual. Hasta ahora hay un abuso sexual simple. Todavía no encontré ningún agravante pero eso no quita que de aquí en más se agrave la figura penal. Por ahora lo que hay es un abuso sexual simple y a eso le cabe una pena de tres años. Y con tres años una persona puede gozar de una libertad condicional”.

Cobertura: Jorge Bravo 

Edición: (7Paginas)  

 

 

 

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