Galimberti pidió la suspensión y remoción del juez federal Edgardo Alonso
En una presentación realizada ante el Consejo de la Magistratura el Diputado Nacional Pedro Galimberti solicitó la apertura de un procedimiento de remoción del Juez Edgardo Alonso, titular del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Paraná, como así también la suspensión del mismo, tal como lo establece el artículo 114 inc. 5 de la Constitución Nacional.
El pedido se realiza con motivo de la actuación del
magistrado en el marco de la causa “Casaretto, Marcelo Pablo c/ Cámara de
Diputados de la Nación y otro s/Amparo Ley 16.986”, por intermedio de la cual
Alonso, el pasado 12 de abril, dictó una medida interina que ordenaba a las
Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación, a través de sus respectivos
Presidentes, que se abstengan de designar nuevos integrantes del Consejo de la
Magistratura, medida que a los pocos días fue dejada sin efecto por la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, declarándola nula y calificándola de
“alzamiento contra el Máximo Tribunal del país”.
La medida precautelar, como se recordará, fue solicitada por
el Diputado Nacional Marcelo Casaretto en el marco de una acción de amparo
promovida ante el denunciado, en el contexto en el que los estamentos del
Consejo de la Magistratura de la Nación estaban en proceso de dar cumplimiento
a lo ordenado en fecha 16 de diciembre de 2021 por la Corte Suprema de
Justicia.
En este sentido Galimberti entiende y comparte, con el
criterio de la Corte, que Alonso actuó sin fundamento alguno el título para
justificar su competencia e irrumpir de manera absolutamente irregular en la
ejecución de la sentencia firme dictada por dicho Tribunal. “Como vemos la contundencia
de esta sola afirmación resulta suficiente, para someter al magistrado
denunciado al proceso de remoción”, sostuvo el legislador en comunicación telefónica
con el programa Que Valga la pena de Cadena Entrerriana, donde calificó la
situación de un “absurdo jurídico”.
Este “error judicial inexcusable” es, a juicio del Diputado
Galimberti, causal de mal desempeño y amerita la sanción de remoción, ya que no
cabe duda que la conducta de Alonso atentó contra la propia organización del
Poder Judicial.
En la presentación se cita, además, como fundamento, una
segunda causal, que es la de negligencia grave en el ejercicio del cargo, por
no tener su despacho al día, y una tercera, que es haber puesto la jurisdicción
al servicio de profesionales que representaban a integrantes de las fuerzas de
seguridad domiciliados fuera de la provincia de Entre Ríos entre 2008-2013.
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