Iosper: Impugnaron la candidatura de Cañete


La impugnación fue presentada por los candidatos de la Lista 10 “Unidad” del Sindicato de Empleados de Obras Sociales de la Provincia de Entre Ríos (Seosper), se informó. Se basa en un fallo en el que el presidente del Directorio del Iosper, Fernando Cañete, fue condenado por violencia en el ámbito laboral y violencia institucional

A través de una nota enviada a la Junta Electoral del Iosper, los candidatos de la Lista 10 “Unidad” del Seosper, Gonzalo Ariel Macbeth y Analía Galiussi -patrocinados por el abogado Carlos Fenés- impugnaron la candidatura del actual Presidente del Directorio de la obra social, Fernando Cañete, que va por un tercer mandato.

La impugnación se basa en los alcances de los artículos 13 y 14 de la Ley de creación del Iosper: el 13 determina que no podrán ser presidentes ni directores "los condenados por causas criminales por delitos dolosos, o los con proceso criminal pendientes por delitos de igual naturaleza". En tanto, el 14 establece que podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo.

En ese marco, recordaron que el 7 de junio pasado se conoció la sentencia en una causa tramitada en los Tribunales de Gualeguay –de donde Cañete es oriundo– e iniciada por una trabajadora por “violencia y discriminación en el ámbito laboral”, luego de que en 2019 se le quitara la titularidad de su cargo y fuera destituida de sus funciones.

En dicha causa el Presidente del Iosper fue condenado como autor responsable de “violencia en el ámbito laboral y violencia institucional”, junto con otras autoridades del Instituto.

El punto 3 del fallo establece la orden de “comunicar al Iosper lo resuelto e instar a dicho Instituto a que lleve a cabo los actos necesarios para reincorporar a la denunciante a su trabajo, garantizándole un ambiente saludable, libre de violencia y acoso, debiendo otorgarle tareas efectivas de la jerarquía y en la categoría de Delegada/Encargada que ocupaba antes del desplazamiento efectuado".

“La extrema gravedad de las imputaciones judicialmente establecidas por la sentencia -que incluyen las figuras del acoso, la discriminación, la violencia, el hostigamiento, el ejercicio irrazonable y abusivo de los poderes que le asisten como empleador, y aún la violencia de género- inhiben legal y moralmente a dicho funcionario para postularse a un nuevo mandato”, afirman en la nota elevada a la Junta Electoral y agregan que Cañete “debería ser inmediatamente removido de su cargo por el Sr. Gobernador, conforme prevé el artículo 14 de la Ley de creación del Iosper”.

Luego consideran que “en nada incide el hecho de que dicha condena haya sido dictada por un juzgado perteneciente al fuero laboral y no por uno del fuero penal o criminal, ya que la violencia de género y aún la violencia institucional incursionan en varios ámbitos, existiendo normativa específica -incluso en Entre Ríos- que previene y sanciona la violencia en el ámbito laboral”.

También señala que en el fallo se conminó a Cañete y demás funcionarios a recibir capacitación “en materia de violencia en el ámbito laboral y prácticas discriminatorias fundadas en razón del género y otros motivos discriminatorios”, lo cual deberán cumplir “a su exclusivo cargo y costo”.

En la nota que solicita la impugnación se advierte también que “los hechos imputados son de una inusitada gravedad” y que “Cañete cuenta con numerosos y reiterados pronunciamiento judiciales adversos por conductas del todo apartadas de la legalidad, siendo ahora el primer y único funcionario hasta la fecha condenado como responsable de conductas delictivas establecidas judicialmente en su materialidad, autoría y plena responsabilidad, por lo que no cabe sino receptar la presente impugnación, decretando la inhabilidad del mencionado Fernando Cañete para aspirar domo candidato a renovar su cargo de presidente de la obra social provincial”, finaliza.

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