Revés judicial para Urribarri: "Quedó claro que Mayer no conocía la investigación fiscal"


Duro rechazo del vocal Elvio Garzón a los sobreseimientos que ordenó el juez de Garantías Mauricio Mayer.

El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Elvio Garzón, revocó los tres sobreseimientos dictados en el legajo que investiga presuntas coimas del empresario Diego Armando Cardona Herreros. De ese modo, este jueves al mediodía refutó en duros términos la resolución del juez de Garantías, Mauricio Mayer, que benefició con el sobreseimiento al exgobernador Sergio Urribarri y los exfuncionarios Carlos Haidar y Miguel Ulrich.

Además, concedió las probation ofrecida entre las partes para los imputados Alfonso Campitelli y Jorge Zanabone. Ambos son ejecutivos de la empresa Relevamientos Catastrales SA y ofrecieron unos 13 millones de pesos al Estado en concepto de reparación, para quedar desvinculados de la causa. Ese acuerdo entre partes también fue rechazado por Mayer y formó parte del recurso de apelación que interpuso Fiscalía y debió resolver Garzón.

El vocal concedió la apelación que interpusieron los fiscales Matilde Federik y Gonzalo Badano en todos los términos. Y rechazó los planteos defensivos para que se mantenga la resolución de Mayer. "Discrepo profundamente con el doctor (Mauricio) Mayer, dado que el fallo Cozzi no tiene nada que ver con esta causa y resulta inaplicable", fustigó, el vocal al dar a conocer su resolución.

El juez de Garantías Mauricio Mayer había basado el sobreseimiento en el fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) conocido públicamente como Cozzi en el que se dispuso el sobreseimiento de Juan Alfonso Blasón Lorenzatto. El argumento del alto cuerpo judicial se basó en la extensión por fuera de los plazos procesales en el marco de la Investigación Penal Preparatoria (IPP). Garzón entendió que Mayer realizó una interpretación errónea de dicho fallo.

Para el juez de apelación, la causa por coimas tuvo actividad y la prórroga en los plazos está justificada. "La última declaración indagatoria fue el 11 de mayo de 2021, cuando fue indagado Ulrich. A partir de ahí, los 18 meses previstos por el Código Procesal Penal para concluir la investigación, recién se cumplen en noviembre de este año", calculó el juez y apuntó: "Mayer no conoce el legajo de Fiscalía, su cálculo se basa en el legajo de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), es decir, las actividades que pasaron bajo su órbita. Pero tanto Fiscalía como defensa pidieron e impulsaron medidas que no pasaron por el juez". 

Al comenzar la audiencia, el juez manifestó su solidaridad con los defensores, tras el escrache del 10 de junio y expresó su “máximo repudio”.

Garzón marcó que la resolución de Mayer está en simetría con el “fallo Cozzi”. Retomó el voto del vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Daniel Carubia, que “comandó el acuerdo”. “Carubia dice que vencido el plazo legal y omitida por Fiscalía la solicitud de prórroga para seguir investigando, el Ministerio Público Fiscal (MPF) pierde la potestad de investigar. Al cumplirse ese término legal hay dos opciones: requerir la elevación a juicio o dictar el sobreseimiento. En Cozzi, Carubia entiende que no contó el MPF con bases suficientes para pedir la apertura de juicio, con lo cual dijo que cabe el sobreseimiento”, retomó.

Garzón contrastó la causa por los contratos del exdiputado radical Ricardo Troncoso (en la que se sobreseyó a Juan Alfonso Blasón Lorenzato por los plazos) con la que investigó coimas. “Para realizar investigación hay un plazo máximo de 18 meses, a contar desde la última declaración de imputado. La última declaración de imputado en este legajo se produjo el 11 de mayo de 2021, los 18 de meses se cumplirían en noviembre de este año. Fue la declaración del imputado de Ulrich”, marcó.

Posteriormente, repasó el movimiento de la causa. “Mayer asegura que pasaron 23 meses desde el primer pedido de medidas y que en ese lapso no hubo ninguna actividad. Comete un error el Dr. Mayer, dado que para llegar a esa conclusión sólo examinó el legajo del OGA, pero nunca todo el legajo de investigación. No examinó el legajo de investigación, se quedó con el legajo de OGA. Se aprecia que las medidas que toma en cuenta son aquellas en las que él tuvo intervención. Por ejemplo, entre abril y octubre de 2020 hay numerosas medidas solicitadas por las partes. Se mantuvieron entrevistas durante todo agosto del 2020. También en septiembre y octubre. Se fijaron audiencias para declaración de imputados. En febrero de 2021, los defensores pidieron una audiencia para solicitar el sobreseimiento de Urribarri, Ulrich y Haidar. ¿Por qué? Si no habían transcurrido los 18 meses desde la última declaración indagatoria, que fue el 20 de octubre de 2020. Y en esa audiencia resolvieron con el juez dar un plazo de tres meses para terminar”, repasó Garzón.

Marcó que incluso en febrero de 2021, “se presentaron dos imputados para ampliar indagatorias”. “Unos días después se realizó esa audiencia donde reclamaron el sobreseimiento. Fiscalía pidió prueba en abril de 2021. Se libraron oficios a Turismo Interfly, información sobre paquetes turísticos, se envió un exhorto a Diario Crónica. Pero de hecho, no culmina ahí la tarea ni las medidas dispuestas por el MPF”, advirtió.

Más adelante, refirió a la “minuta” que pidió Mayer a Fiscalía para resolver el asunto. “No vi la minuta, no la tengo aquí. Independientemente de eso, como jueces de Garantías tenemos que ver el legajo de investigación, no una minuta”, recriminó. “Ha quedado claro que Mayer no conocía la investigación que llevaba Fiscalía”, subrayó.

Agravios

Los defensores se agraviaron, rechazaron el pronunciamiento de Garzón e hicieron reservas casatorias. “Quedó fulminado el derecho de igualdad ante la ley -contestó Miguel Cullen-, el principio de igualdad de armas. La Fiscalía omite pedir prórrogas y a la defensa le hacen perder todos los derechos. Se derogó el Artículo 233 del Código Procesal Penal (CPP)”, alerto después.  Posteriormente, Raúl Barrandeguy habló de “transformar el funcionamiento de la Justicia en un burdel”. “No puede haber fallos Cozzi en toda la jurisdicción provincial y estamos autorizados a defender el carácter de las sentencias de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia ante todo el mundo jurídico forense provincial”, planteó. Tanto Barrandeguy como Cullen representan a Urribarri.

El abogado Juan Antonio Méndez, en representación de Ulrich y Haidar adhirió a los planteos que lo precedieron. En la misma línea quisieron sumarse José Velázquez y Cristian Panceri, defensores del empresario Cardona Herreros y el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone  respectivamente. Como en la audiencia pasada, el juez Garzón no se los permitió. Ninguno de ellos presentó alguno de los recursos que se discutió en la apelación. 

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