Revés judicial para Urribarri: "Quedó claro que Mayer no conocía la investigación fiscal"
Duro rechazo del vocal Elvio Garzón a los sobreseimientos que ordenó el juez de Garantías Mauricio Mayer.
El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná,
Elvio Garzón, revocó los tres sobreseimientos dictados en el legajo que
investiga presuntas coimas del empresario Diego Armando Cardona Herreros. De
ese modo, este jueves al mediodía refutó en duros términos la resolución del
juez de Garantías, Mauricio Mayer, que benefició con el sobreseimiento al
exgobernador Sergio Urribarri y los exfuncionarios Carlos Haidar y Miguel
Ulrich.
Además, concedió las probation ofrecida entre las partes para
los imputados Alfonso Campitelli y Jorge Zanabone. Ambos son ejecutivos de la
empresa Relevamientos Catastrales SA y ofrecieron unos 13 millones de pesos al
Estado en concepto de reparación, para quedar desvinculados de la causa. Ese
acuerdo entre partes también fue rechazado por Mayer y formó parte del recurso
de apelación que interpuso Fiscalía y debió resolver Garzón.
El vocal concedió la apelación que interpusieron los
fiscales Matilde Federik y Gonzalo Badano en todos los términos. Y rechazó los planteos
defensivos para que se mantenga la resolución de Mayer. "Discrepo
profundamente con el doctor (Mauricio) Mayer, dado que el fallo Cozzi no tiene
nada que ver con esta causa y resulta inaplicable", fustigó, el vocal al
dar a conocer su resolución.
El juez de Garantías Mauricio Mayer había basado el
sobreseimiento en el fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia
(STJ) conocido públicamente como Cozzi en el que se dispuso el sobreseimiento
de Juan Alfonso Blasón Lorenzatto. El argumento del alto cuerpo judicial se
basó en la extensión por fuera de los plazos procesales en el marco de la
Investigación Penal Preparatoria (IPP). Garzón entendió que Mayer realizó una
interpretación errónea de dicho fallo.
Para el juez de apelación, la causa por coimas tuvo
actividad y la prórroga en los plazos está justificada. "La última
declaración indagatoria fue el 11 de mayo de 2021, cuando fue indagado Ulrich.
A partir de ahí, los 18 meses previstos por el Código Procesal Penal para
concluir la investigación, recién se cumplen en noviembre de este año",
calculó el juez y apuntó: "Mayer no conoce el legajo de Fiscalía, su
cálculo se basa en el legajo de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), es
decir, las actividades que pasaron bajo su órbita. Pero tanto Fiscalía como
defensa pidieron e impulsaron medidas que no pasaron por el juez".
Al comenzar la audiencia, el juez manifestó su solidaridad
con los defensores, tras el escrache del 10 de junio y expresó su “máximo
repudio”.
Garzón marcó que la resolución de Mayer está en simetría con
el “fallo Cozzi”. Retomó el voto del vocal del Superior Tribunal de Justicia
(STJ) Daniel Carubia, que “comandó el acuerdo”. “Carubia dice que vencido el
plazo legal y omitida por Fiscalía la solicitud de prórroga para seguir
investigando, el Ministerio Público Fiscal (MPF) pierde la potestad de investigar.
Al cumplirse ese término legal hay dos opciones: requerir la elevación a juicio
o dictar el sobreseimiento. En Cozzi, Carubia entiende que no contó el MPF con
bases suficientes para pedir la apertura de juicio, con lo cual dijo que cabe
el sobreseimiento”, retomó.
Garzón contrastó la causa por los contratos del exdiputado
radical Ricardo Troncoso (en la que se sobreseyó a Juan Alfonso Blasón
Lorenzato por los plazos) con la que investigó coimas. “Para realizar
investigación hay un plazo máximo de 18 meses, a contar desde la última
declaración de imputado. La última declaración de imputado en este legajo se
produjo el 11 de mayo de 2021, los 18 de meses se cumplirían en noviembre de
este año. Fue la declaración del imputado de Ulrich”, marcó.
Posteriormente, repasó el movimiento de la causa. “Mayer
asegura que pasaron 23 meses desde el primer pedido de medidas y que en ese
lapso no hubo ninguna actividad. Comete un error el Dr. Mayer, dado que para
llegar a esa conclusión sólo examinó el legajo del OGA, pero nunca todo el
legajo de investigación. No examinó el legajo de investigación, se quedó con el
legajo de OGA. Se aprecia que las medidas que toma en cuenta son aquellas en
las que él tuvo intervención. Por ejemplo, entre abril y octubre de 2020 hay
numerosas medidas solicitadas por las partes. Se mantuvieron entrevistas
durante todo agosto del 2020. También en septiembre y octubre. Se fijaron
audiencias para declaración de imputados. En febrero de 2021, los defensores
pidieron una audiencia para solicitar el sobreseimiento de Urribarri, Ulrich y
Haidar. ¿Por qué? Si no habían transcurrido los 18 meses desde la última
declaración indagatoria, que fue el 20 de octubre de 2020. Y en esa audiencia
resolvieron con el juez dar un plazo de tres meses para terminar”, repasó
Garzón.
Marcó que incluso en febrero de 2021, “se presentaron dos
imputados para ampliar indagatorias”. “Unos días después se realizó esa
audiencia donde reclamaron el sobreseimiento. Fiscalía pidió prueba en abril de
2021. Se libraron oficios a Turismo Interfly, información sobre paquetes
turísticos, se envió un exhorto a Diario Crónica. Pero de hecho, no culmina ahí
la tarea ni las medidas dispuestas por el MPF”, advirtió.
Más adelante, refirió a la “minuta” que pidió Mayer a
Fiscalía para resolver el asunto. “No vi la minuta, no la tengo aquí.
Independientemente de eso, como jueces de Garantías tenemos que ver el legajo
de investigación, no una minuta”, recriminó. “Ha quedado claro que Mayer no
conocía la investigación que llevaba Fiscalía”, subrayó.
Agravios
Los defensores se agraviaron, rechazaron el pronunciamiento
de Garzón e hicieron reservas casatorias. “Quedó fulminado el derecho de
igualdad ante la ley -contestó Miguel Cullen-, el principio de igualdad de
armas. La Fiscalía omite pedir prórrogas y a la defensa le hacen perder todos
los derechos. Se derogó el Artículo 233 del Código Procesal Penal (CPP)”,
alerto después. Posteriormente, Raúl
Barrandeguy habló de “transformar el funcionamiento de la Justicia en un
burdel”. “No puede haber fallos Cozzi en toda la jurisdicción provincial y
estamos autorizados a defender el carácter de las sentencias de la Sala Penal
del Superior Tribunal de Justicia ante todo el mundo jurídico forense
provincial”, planteó. Tanto Barrandeguy como Cullen representan a Urribarri.
El abogado Juan Antonio Méndez, en representación de Ulrich
y Haidar adhirió a los planteos que lo precedieron. En la misma línea quisieron
sumarse José Velázquez y Cristian Panceri, defensores del empresario Cardona
Herreros y el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone respectivamente. Como en la audiencia pasada,
el juez Garzón no se los permitió. Ninguno de ellos presentó alguno de los
recursos que se discutió en la apelación.
Analisis
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