Tarifa eléctrica en Concordia: Dieron a conocer cuales son los tres niveles de usuarios
Atento a la segmentación tarifaria dispuesta por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 332/2022, la cooperativa eléctrica de Concordia informó a 7Paginas, que a la fecha se han definido tres niveles o segmentos de usuarios residenciales.
Nivel 1
Mayores Ingresos: Usuarios que tendrán a su cargo el costo
pleno del componente energía del respectivo servicio, en virtud de reunir al
menos una de las siguientes condiciones, considerando en su conjunto a los
integrantes del hogar:
a. Ingresos
mensuales netos superiores a un valor equivalente a $ 350.000,00
b. Ser
titulares de TRES (3) o más automóviles con antigüedad menor a CINCO (5) años.
c. Ser
titulares de TRES (3) o más inmuebles
d. Ser
titulares de UNA (1) o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología
aplicable por AFIP
e. Ser
titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
Nivel 2
Menores Ingresos: Usuarios que reunen alguna de las
siguientes condiciones, considerando en conjunto a los integrantes del hogar:
a. Ingresos
netos menores a un valor equivalente a $ 100.000
b. Integrante
del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
c. Domicilio
donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM;
d. Al menos
un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del
Atlántico Sur;
e. Al menos
un integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad
competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto,
tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a UNA Y MEDIA (1,5)
Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el INDEC.
Nivel 3
Ingresos Medios: Usuarios no comprendidos en los niveles 1 y
2 a quienes.
La implementación de la misma esta a cargo de la Secretaría
de Energía de la Nación, quién debe reglamentar Registro de Acceso a los Subsidios
de la Energía y celebrar convenios con los entes provinciales para su puesta en
funcionamiento.
La reglamentación debe definir la puesta en marcha del
Registro, los plazos de registración y situaciones especiales que pueden
presentarse.
Una vez que se reglamente dicho procedimiento, se dará
amplia difusión por parte de la Cooperativa para que todos los asociados puedan
cumplimentar con la misma.
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