Cuáles son las 12 localidades que pasarían a ser municipios
El gobernador Gustavo Bordet dispuso, a través del Decreto N°2113, la realización de un censo específico para que 12 localidades tengan la posibilidad de constituirse como Municipio en 2023.
Se trata del Centro Rural de Población Lucas Norte
(Villaguay) y las Comunas: El Solar (La Paz), Colonia Ensayo (Diamante), Las
Cuevas (Diamante), Don Cristóbal II (Nogoyá), Gobernador Sola (Tala), La
Clarita (Colón), El Cimarrón (Federal), General Roca (Concordia), Irazusta
(Gualeguaychú), San Marcial (Uruguay) y Rincón de Nogoyá (Victoria).
“Es política del gobierno provincial propiciar el desarrollo
armónico e integral de las distintas zonas de la provincia, tendientes a lograr
el equilibrio necesario en las relaciones entre áreas urbanas y rurales”,
afirmó el gobernador Gustavo Bordet.
“La declaración de Centros Rurales de Población y Comunas en
Municipios impacta de manera positiva en las localidades y en la calidad de
vida de sus habitantes, como venimos viendo desde el 2019, en los lugares que
protagonizaron estos cambios institucionales”, remarcó.
Asimismo, la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario
Romero, destacó las ventajas de tener una administración municipal constituida:
“Su sistema de gobierno, competencias, funciones y estructura les permite a los
gobiernos locales contar con recursos e instrumentos para brindar soluciones a
las necesidades de sus habitantes”.
Así como también es fundamental “poder valerse de
herramientas institucionales tales como la constitución de un órgano
deliberativo que le permita dictar sus propias ordenanzas, el ejercicio de
facultades para aplicar tasas y de potestades para ejercer el poder de policía
dentro de sus competencias, el derecho a la percepción de recursos
coparticipables, que facilitarán la viabilidad y efectiva implementación de
políticas de gobierno propias y la realización de obras, prestación de
servicios públicos y adquisición de bienes con autonomía”, detalló.
Censo poblacional específico
El Decreto N°2113, indica que el operativo censal se
realizará a través de la Dirección de Estadística y Censo, dependiente del
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y será evaluado por el Ministerio
de Gobierno y Justicia, que tiene bajo su órbita la secretaria de Asuntos
Municipales, la subsecretaría de Comunas y la Dirección de Juntas de Gobierno.
La decisión se tomó considerando que el artículo N°230 de la
Constitución Provincial establece que todo centro de población que supere los
1.500 habitantes dentro del ejido y el artículo 5 de la Ley N°10.027 define
como Municipio a “todo centro de población estable que se forme fuera de los
Municipios actuales y que cumpla con las condiciones del artículo 230 de la
Constitución Provincial”.
Tanto el radio demarcado, como los resultados del censo
deberán contar con la aprobación legislativa correspondiente y si de estos
pasos resulta que las localidades reúnen las condiciones, el Poder Ejecutivo
establecerá por decreto la condición de los nuevos Municipios y fijará sus
límites.
Cabe recordar que durante la primera administración de
Gustavo Bordet, pasaron a ser Municipios cinco centros rurales de población: El
Pingo, Aldea Brasilera, Pueblo Brugo, Pueblo Liebig y Aldea María Luisa.
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