Grave denuncia contra la titular de PAMI Gualeguaychú y un prestador oftamológico
Los concejales de Juntos por el Cambio radicaron una denuncia penal ante el Juzgado Federal de Gualeguaychú contra la directora local del PAMI, Anastasia Aramburu, y el prestador oftalmológico Mauro Morano, ya que descubrieron y demostraron que éste último no contaba con la especialidad médica al momento de tomar las cápitas en octubre del año pasado.
“Acá existió inoperancia o connivencia de la directora del
PAMI a favor del prestador, ya que oportunamente desde nuestro bloque se le
informó de la anomalía y decidió no escuchar. Es más, nos respondió que en la
delegación a su cargo no existían médicos sin especialidad”, señalaron los
ediles.
“Debe quedar claro que estamos ante un hecho de gravedad
inusitada. Puntualmente, se trajo un médico de otra ciudad para atender a
nuestros abuelos sin tener la especialidad. O sea, se le permitió a un médico
que haga las veces de oftalmólogo sin serlo, hecho que está terminantemente
prohibido”, agregaron, al tiempo que coincidieron que “se habla de derechos y
se expone a los abuelos como conejillos de Indias. Y más allá de la condena
moral estamos en presencia de un delito y por eso acudimos al fuero Federal,
con el patrocinio letrado del Dr. Osvaldo Fernández. La denuncia fue presentada
el día 8 de agosto y ratificada el viernes pasado”, remarcaron.
Una historia de desprolijidades
Cabe recordar que, en 2015, luego de muchos años con
deficiencias enormes en la atención oftalmológica, el PAMI logró contar con un
profesional de la ciudad (el Dr. Roberto Schlotawer), reparando una pésima
historia en la materia. Tal “rara” era la prestación que, por ejemplo, una
doctora de Concepción del Uruguay tenía 45 mil cápitas abarcando pacientes de
varios departamentos, anormalidades que se repetían a lo largo y ancho de la
provincia donde alrededor de cuatro médicos tenían a su cargo todos los
pacientes entrerrianos.
Finalizado el gobierno nacional de Juntos por el Cambio, el
kirchnerismo realizó cambios. Puntualmente se le dieron 10 mil cápitas a un
prestador foráneo y le dejaron 8 mil al local. Aquí amerita describir que el
prestador de la ciudad contaba con quirófano propio, mientras que el nuevo
debía alquilar en el Sanatorio Jeannot Sueyro.
Por otro lado, la animosidad ante el prestador local y la
clara intención de justificar el arribo del nuevo profesional, eran evidentes.
Tal es así que en una entrevista mantenida en Radio Nacional el 8 de septiembre
de 2021, la titular del PAMI, Anastasia Aramburu, señaló que Schlotawer “no
operaba cataratas”, cuando a esa fecha ya llevaba más de mil operaciones de ese
tipo en la ciudad. También, en la misma nota, indicó que las cápitas locales
estaban en manos de un solo médico, cuando la realidad indicaba que tenía tres
oftalmólogos a su cargo, con sus respectivas secretarias para una mejor
atención.
Los concejales Pablo Echandi, Juan Olano y Alejandra Leissa
puntualizaron que el Dr. Morano sigue atendiendo en la actualidad, cuando
tienen en su poder documentación oficial de la provincia de Entre Ríos que
acredita que no está habilitado para ejercer como oftalmólogo. “Para justificar
el arribo a Gualeguaychú del nuevo prestador, se esgrimieron razones tales como
la mejora y rapidez en la atención, cosa que no ha sucedido. Es más, ante las
quejas de los abuelos solicitamos un turno y nos otorgaron el mismo para dentro
de 70 días, cuando no debería superar el mes de espera. Y a ello agreguemos que
el Dr. Morano al no contar con quirófano propio depende de que este libre el
del Sanatorio donde alquila”, remarcaron.
Resulta importante consignar que la Coordinación de Registro
y Fiscalización de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud de la
Provincia de Entre Ríos señaló por nota -que acompaña la denuncia-, que el
Médico Mauro Morano se encuentra inscripto en el Registro de Profesionales de
la Salud, pero no posee autorización para anunciarse como médico especialista.
“No caben dudas que las conductas descriptas encuadrarían en los arts. Arts.
246º (usurpación de autoridad, títulos u honores), y 247º (ejercer actos
propios de una profesión para la que se requieren una habilitación especial,
sin poseer el título o la autorización correspondiente); 248º y 249º (Incumplimiento de los deberes de funcionario
público) y 265º (negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones
púbicas), todos ellos del Código Penal
Argentino, como así también la violación de la Ley de Ética Pública, o los que
en definitiva resulten aplicables de corresponder, que habrían sido generados a
partir de la actuación irregular de ciertos
funcionarios y/o empleados públicos del Instituto Nacional de Servicios
Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), y de los profesionales médicos
implicados”, finalizaron.
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