Causa Contratos: El Procurador pidió que la Justicia provincial revea su postura


El Procurador General Interino de la Nación, Eduardo Casal, sugirió a la Corte Suprema de Justicia que el expediente que investiga presuntos desvíos de fondos de la Legislatura provincial sea enviado nuevamente a la Justicia provincial para que, a la luz del fallo de la Cámara Nacional Electoral que ratificó la competencia electoral en la causa, se evalúe nuevamente si mantiene o no el conflicto de competencia que sostiene con el Juzgado Electoral Federal.

La medida de Casal busca evitar que el conflicto de competencia sobre quién entiende en la causa “Contratos” escale y lo obligue a él y a la Corte Suprema de Justicia a tener que tomar un decisión que sacudirá la relación entre la jurisdicción federal y la provincial.

La disputa entre la jueza de Garantías Marina Barbagelata y el juez federal subrogante Daniel Alonso gira en torno a si la supuesta malversación de fondos fue para beneficio propio de los implicados o si se usó para financiar la política y campañas electorales, según opina una y otro. La puja llegó a la Corte, único superior común, que debería decidir quién tiene la razón. Pero antes, el máximo Tribunal resolvió que debía resolverse si la decisión de Alonso era convalidada o no por su estamento superior.

Por eso, el fallo de la Cámara Nacional Electoral resultó clave. Puso sobre la mesa que las leyes nacionales son claras en el sentido de que si en el marco de los procesos previstos en las leyes electorales, se evidenciara o fuese denunciada la posible comisión de un delito tipificado en el Código Penal o sus leyes complementarias, su investigación estará a cargo del juez federal con competencia electoral”.

En la misma línea remarcó “la importancia de fortalecer la excepcionalidad y la especialidad de la jurisdicción electoral en lo referente al conocimiento de faltas y delitos elector ales y su relación con el financiamiento de los partidos políticos”, observó el titular interino de la Procuración General de Justicia.

En este argumento de la Cámara Nacional Electoral estriba el dictamen del Procurador que requiere que se informe al juzgado de Garantías provincial este “nuevo argumento de interpretación del régimen legal” para una “adecuada valoración de la cuestión” y a fin de que Barbagelata y Alonso consideren si mantienen o no su postura y disputa.

A la luz del razonamiento de Casal y del fundamento del fallo de la Cámara Electoral, quien debe tomar esta decisión es Barbagelata, ya que los criterios del Procurador y del máximo ente electoral favorecen el criterio de Alonso.

APF

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