La Justicia impuso graves condenas a los acusados por los vejámenes a chiquitos en Oro Verde
El Tribunal de Juicio condenó a la madre de los chicos abusados en Oro Verde a una pena de 25 años de cárcel e impuso al ex – comisario y empresario de medios Mario René Wolff Furlong una condena de 22 años de prisión. Los otros acusados también recibieron penas altas
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, presidido
por la vocal Carolina Castagno, y los vocales Rafael Cotorruelo y Alejandro
Cánepa, dio a conocer hoy el adelanto de sentencia en el marco del juicio por
presuntos delitos contra la integridad sexual en Oro Verde.
En el desarrollo de la audiencia realizada esta mañana en la
sala 1 de los tribunales de Paraná, la vocal Carolina Castagno aseguró que los
abusos sexuales denunciados por las víctimas, menores de edad al momento de
haber ocurrido, fueron acreditados
durante el juicio.
Por unanimidad, el Tribunal fijó las siguientes condenas
para las y los imputados:
S., M. J : 25 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autora
material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores
agravada por la edad de las víctimas, el medio de comisión y por el vínculo,
reiterada y promoción a la prostitución de menores agravada por la edad de la
víctima y por el vínculo en concurso real (hechos primero, segundo, tercero,
cuarto y quinto).
S., L.L.: 22 años de prisión
de cumplimiento efectivo por ser autor material del delito de promoción
a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio
de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, segundo, tercero,
cuarto y quinto).
W. F., M.R.: 22 años de prisión de cumplimiento efectivo por
ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la
corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de
comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, segundo y tercero).
S., J.P.: 20 años de prisión de cumplimiento efectivo de cumplimiento
efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de
promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por
el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, segundo,
tercero y cuarto).
C, D.A.: 20 años de prisión
de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y
responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la
edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada
(hechos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto).
S., G.: 20 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser
considerado autor material y responsable del delito de promoción a la
corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de
comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, segundo, tercero y
cuarto).
A., N.Y.: 10 años de prisión
de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y
responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la
edad de las víctimas, por el vínculo de comisión y por el vínculo, reiterada .
G., A.I.: 9 años de prisión
de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y
responsable de los delitos de abuso simple reiterado y abuso sexual con acceso
carnal en concurso real.
Asimismo, se resolvió no hacer lugar al pedido del
Ministerio Público Fiscal y de la querella de dictar la prisión preventiva de
los imputados.
El 5 de diciembre próximo, a las 13, se dará lectura íntegra
a los fundamentos de la sentencia.
Durante el juicio el Ministerio Público Fiscal estuvo
representado por la fiscal coordinadora Matilde Federik y el fiscal Mariano
Budassoff, en tanto que la abogada Marina Hundt y el abogado Máximo Estrugo
actuaron como querellantes particulares.
Por tratarse de delitos contra la integridad sexual el
debate se desarrolló a puertas cerradas, inicializándose los nombres de las
personas imputadas y condenas para resguardar a las víctimas.
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