Condenaron a la monja Toledo a 3 años de prisión efectiva por privación ilegítima de la libertad
El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay condenó
hoy, por unanimidad, a tres años de prisión efectiva a la religiosa Luisa
Esther Toledo por el delito de privación ilegítima de la libertad doblemente
calificada por el uso de violencia y amenazas y por su duración superior a un
mes en dos casos, quien deberá cumplir su condena en la Unidad Penal Nº 6 de
Paraná “Concepción Arenal” una vez que la sentencia quede firme.
El tribunal, integrado por Darío Crespo (presidente), Javier
Cadenas y Alejandra Gómez, como segundo y tercer voto, dará lectura a los
fundamentos de la sentencia el 29 de julio. Será a las 8.45 y en la misma sala
donde se celebró el debate, según se informó a 7Paginas.
Por el momento sobre la religiosa no pesan medidas
restrictivas de la libertad y la única obligación que tiene es la de notificar
al Tribunal en caso de que cambie su domicilio.
La Fiscalía había solicitado seis años y medio de prisión
efectiva, en tanto que la defensa pidió su absolución. La causa fue elevada a
por el Juzgado de Ejecución y Garantías de Nogoyá.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el
fiscal Rodrigo Molina y el fiscal general coordinador de esa jurisdicción,
Gamal Taleb. La defensa de la religiosa fue ejercida por los abogados Miguel
Ángel Cullen y Guillermo Vartorelli.
Toledo dirigió durante diez años el Monasterio de la
Preciosísima Sangre y Nuestra Señora del Carmen, de Nogoyá, y la causa se
originó el 25 de agosto de 2016, tras la acusación en su contra realizada por
excarmelitas. El fiscal Federico Uriburu ordenó entonces un allanamiento,
durante el cual secuestró diversos elementos relacionados con las denuncias
formuladas por las monjas de clausura. Al mes siguiente Toledo fue imputada
tras el análisis de “todas las pruebas y declaraciones tomadas”, entre ellas
las de José Bonín, párroco de la basílica Nuestra Señora del Carmen, de Nogoyá.
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