Coronavirus: El municipio de Concordia funcionara solo con guardias pasivas

La municipalidad de Concordia dispuso a través de un decreto, un aislamiento preventivo con guardias pasivas en algunas áreas con el fin de disminuir la presencia de personal en oficinas y dependencias públicas y garantizando a la vez la prestación de los servicios esenciales. El cese parcial de las actividades comenzara este miércoles y se extiende hasta el 31 de marzo.

El decreto Nº 357/2020 que firmo esta tarde el intendente de la ciudad de Concordia, y al que tuvo acceso 7Paginas, tiene su base en los decretos y resoluciones de emergencia sanitaria de los Ministerios Nacionales y del poder ejecutivo provincial.   

En los considerando del mismo expresa que este nuevo decreto apunta a evitar las posibilidades de contagio y trasmisión del virus COVID-19, en los agentes de la administración pública municipal, además de mitigar la propagación de esta pandemia.    
                                   
El mismo establece que por razones sanitarias extraordinarias, las áreas no esenciales de la Municipalidad de Concordia, desde el 18/03/2020 hasta el 31/03/2020, prestarán servicio en forma de guardias pasivas,

Además, dice que las Secretarías del Departamento Ejecutivo, garantizarán guardias mínimas, que aseguren el normal desarrollo de las actividades de su competencia.

Indicando que se considera esenciales: I- Areas operativas de la Secretaría de Desarrollo Urbano; II- Ente Descentralizado de Obras Sanitarias Municipal, III- Areas de la Secretaría de Hacienda, referente a la percepción, recaudación, administración, distribución y fiscalización de tributos y otros ingresos; compras y suministros, tesorería, contaduría, presupuesto, catastro, informática y recursos humanos; IV- Areas de la Secretaría de Desarrollo Social, vinculadas a la distribución y provisión de alimentos a comedores, y centros dependientes del Municipio, como Jardines Maternales, CCI, CDI, atención de servicios fúnebres, servicios sociales, VIH, veterinaria; V- Areas de la Secretaría de Salud, encargadas del primer nivel de atención, asegurando el servicio médico y prestación de enfermería adecuada en los centros de salud y el DEM, gestión de riesgos; VI- Area de Desarrollo Económico, servicio de guardavidas, que cumplirán tareas de prevención y concientización en el lugar de sus funciones, a los fines de evitar aglomeramientos de personas, y de acuerdo a los criterios y determinaciones de la Secretaría; VII- Areas de comunicación; VIII- UDAAPA, servicios de fumigación, inspección ambiental, disposición final de residuos, y procedimientos o medidas ambientales específicas, dispuestas de acuerdo a las instrucciones brindadas por las áreas competentes;IX- Areas de la Secretaría de Coordinación de Gestión, destinada a la continuidad del circuito administrativo, asuntos jurídicos, Juzgado de Faltas, tránsito, mayordomía y áreas de inspección; X- Subsecretaría Privada.

También señala que durante el período comprendido entre los días 18/03/2020 y el 31/03/2020 inclusive, se dispone suspender los plazos y trámite de los expedientes administrativos externos e internos, a excepción de aquellos relacionados con las actividades y servicios considerados esenciales.

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