Federación con las nuevas disposiciones, venta de combustible hasta las 22 hs y restaurantes hasta las 23 hs.


La Municipalidad de Federación, a través del Decreto N° 466/021, informa que en primer lugar se derogue el Decreto Municipal N° 328/21 de fecha 09 de abril de 2021 y adherir al Decreto N| 808/2021 del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, sin perjuicio de la vigencia del DNU N° 235-2021.

Segun lo indicado a 7Paginas, el mismo dispone la restricción de la actividad comercial en la franja horaria de 20 a 06 hs, a excepción de los rubros alcanzados en actividad esencial, supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, higiene personal y limpieza, farmacias, veterinarias, provisión de garrafas, personal afectado a servicios funerarios, expendio de combustible, quienes podrán funcionar en el horario comprendido entre las 06 y las 22 hs, en el marco de lo dispuesto por Decreto Provincial y DNU.

Las medidas tendrán vigencia desde el día viernes 24 de abril, hasta el 03 de mayo de 2021 inclusive o hasta el plazo que las mismas sean prorrogadas por Decreto Provincial.

En los locales gastronómicos, las medidas contemplan el 50% máximo de ocupación en las superficies cerradas y permitiendo el ingreso de personas hasta las 23 hs y la actividad propia hasta las 24hs.

En caso de incumplimiento a cualquier medida sanitaria dispuesta en el Decreto, o en los Decretos Nacionales y Provinciales, se podrá, a través del poder ejecutivo Municipal, disponer de multas y hasta la clausura de los establecimientos privados, pudiendo solicitar la colaboración de la Policía de Entre Ríos para el control y cumplimento.

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